La relación entre abogado y cliente está basada en la confianza y en el deber de lealtad por parte del abogado hacia los intereses de su cliente. Sin embargo, puede ocurrir que un abogado actúe de manera desleal, vulnerando los derechos del cliente o perjudicando sus intereses. En estos casos, es importante conocer los mecanismos legales disponibles para denunciar a un abogado por deslealtad profesional.
Este tipo de conducta está tipificada en el Código Penal, específicamente en el artículo 467.1 y 467.2, que regulan las penas para los abogados que cometen doble asesoramiento o malas prácticas.
Deslealtad profesional por doble asesoramiento
El doble asesoramiento, según el artículo 467.1 del Código Penal, es un delito que se comete cuando un abogado o procurador, después de haber tomado la defensa o representación de una persona, defiende o representa a otra persona con intereses contrarios en el mismo asunto sin el consentimiento de su cliente inicial.
Esta conducta es considerada una grave infracción de la ética profesional, ya que el abogado está obligado a actuar en defensa exclusiva de los intereses de su cliente y no puede representar a partes con intereses opuestos en el mismo caso.
Las consecuencias legales para el abogado que incurre en este tipo de deslealtad profesional incluyen:
- Pena de multa de 6 a 12 meses.
- Inhabilitación especial para ejercer la profesión de abogado o procurador durante 2 a 4 años.
Si crees que tu abogado ha actuado en tu contra representando a otra persona con intereses opuestos sin tu consentimiento, puedes iniciar una denuncia formal. Para ello, es recomendable seguir estos pasos:
- Reunir pruebas: Es fundamental recopilar toda la documentación que demuestre el doble asesoramiento. Esto puede incluir correos electrónicos, contratos, y cualquier otro tipo de comunicación que evidencie la representación de intereses contrarios por parte del abogado.
- Presentar una queja formal: Puedes presentar una denuncia ante el Colegio de Abogados correspondiente, que investigará la conducta del abogado y, en su caso, podrá sancionarlo por incumplir sus obligaciones éticas.
- Denuncia penal: Además de la queja ante el Colegio de Abogados, puedes interponer una denuncia penal ante los tribunales, ya que este tipo de deslealtad está tipificada como delito en el Código Penal.
Deslealtad profesional por malas prácticas
El artículo 467.2 del Código Penal también castiga a los abogados o procuradores que, a través de acciones u omisiones, perjudican de manera manifiesta los intereses de la persona a la que defienden o representan. Esta deslealtad puede ocurrir cuando el abogado actúa de manera negligente, incumple con sus obligaciones profesionales o comete errores graves que terminan afectando el resultado del caso en perjuicio de su cliente.
Las sanciones para este tipo de deslealtad incluyen:
- Pena de multa de 12 a 24 meses.
- Inhabilitación especial para ejercer la abogacía o cargos públicos de 1 a 4 años.
Si consideras que tu abogado ha cometido malas prácticas, puedes denunciarlo siguiendo estos pasos:
- Reunir evidencias del perjuicio causado:
- Deberás documentar de manera clara cómo la actuación de tu abogado ha afectado tus intereses. Esto puede incluir errores en la presentación de documentos, falta de asistencia a juicios o la omisión de información importante en el proceso legal.
- Presentar una queja ante el Colegio de Abogados:
- El Colegio de Abogados tiene la competencia para abrir un expediente disciplinario contra el abogado si se prueba que ha incurrido en malas prácticas que han perjudicado al cliente.
- Procedimiento penal:
- Como en el caso del doble asesoramiento, las malas prácticas también pueden ser objeto de denuncia penal, ya que están contempladas como delito en el Código Penal. Es recomendable contar con la asistencia de otro abogado para preparar y presentar la denuncia.
En ambos casos de deslealtad profesional, contar con el apoyo de otro abogado penalista especializado en denuncias contra profesionales del derecho puede ser crucial para garantizar que tu caso sea correctamente tramitado y que se haga justicia.
Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Derecho Penal. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.