¿Alguna vez te has sentido atrapado en una situación legal injusta? Imagina despertar un día y descubrir que existe una orden judicial que te prohíbe acercarte a alguien importante en tu vida, basada en acusaciones que consideras falsas o exageradas. Esta realidad, más común de lo que pensamos, puede cambiar drásticamente tu vida cotidiana.
Las órdenes de alejamiento, cuando se imponen de manera injustificada, pueden tener consecuencias devastadoras para quien las sufre: desde la imposibilidad de ver a tus hijos hasta problemas laborales o daños irreparables a tu reputación. La buena noticia es que existen mecanismos legales para combatirlas.
En este artículo completo, analizaremos paso a paso todas las estrategias efectivas para impugnar una orden de alejamiento en España, respaldadas por la legislación vigente y casos reales. Estoy de acuerdo en que enfrentarse al sistema judicial puede parecer abrumador, pero te prometo que al comprender el proceso, estarás mejor preparado para defender tus derechos. Verás cómo una defensa bien estructurada puede marcar la diferencia en tu caso.
Fundamentos Legales para Impugnar una Orden de Alejamiento
Antes de adentrarnos en el proceso de impugnación, es fundamental comprender la base legal sobre la que se sustentan las órdenes de alejamiento en nuestro sistema jurídico español.
Las órdenes de alejamiento encuentran su principal fundamento en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, así como en los artículos 544 bis y 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Estas normativas establecen las medidas cautelares que pueden adoptarse para proteger a las presuntas víctimas.
El artículo 57 del Código Penal también resulta crucial, pues establece:
«Las autoridades judiciales, en los delitos de homicidio, aborto, lesiones, contra la libertad, de torturas y contra la integridad moral, trata de seres humanos, contra la libertad e indemnidad sexuales, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, el honor, el patrimonio, el orden socioeconómico y las relaciones familiares, atendiendo a la gravedad de los hechos o al peligro que el delincuente represente, podrán acordar en sus sentencias la imposición de una o varias de las prohibiciones contempladas en el artículo 48, por un tiempo que no excederá de diez años si el delito fuera grave, o de cinco si fuera menos grave.»
Estas prohibiciones incluyen la aproximación a la víctima o a sus familiares, la comunicación con ellos por cualquier medio, y la residencia en determinados lugares.
¿Sabías que…? Según datos del Consejo General del Poder Judicial, aproximadamente un 15% de las órdenes de alejamiento son revocadas o modificadas tras ser impugnadas correctamente, lo que demuestra la importancia de conocer los mecanismos legales disponibles.
Tipos de Órdenes de Alejamiento y sus Particularidades
Las órdenes de alejamiento no son homogéneas, y conocer sus diferentes tipologías es esencial para plantear una estrategia de impugnación efectiva:
- Órdenes cautelares: Se imponen durante la instrucción del procedimiento penal, antes de que exista una sentencia firme. Están reguladas por el artículo 544 bis de la LECrim.
- Órdenes como parte de una condena: Se establecen en la sentencia condenatoria como penas accesorias, según lo previsto en los artículos 48 y 57 del Código Penal.
- Órdenes como medidas de seguridad: Pueden imponerse a personas inimputables pero consideradas peligrosas, conforme al artículo 96.3 del Código Penal.
Cada tipo requiere un enfoque de impugnación diferente, dado que los motivos y procedimientos varían sustancialmente.
Motivos Legítimos para Impugnar una Orden de Alejamiento
Existen diversas razones jurídicamente válidas por las que una persona puede y debe considerar impugnar una orden de alejamiento. Comprender estos motivos es fundamental para articular una defensa efectiva.
Falta de Pruebas o Acusaciones Infundadas
Uno de los motivos más comunes para la impugnación es la insuficiencia probatoria. El artículo 741 de la LECrim establece el principio de libre valoración de la prueba, pero esto no significa que las acusaciones puedan prosperar sin un mínimo respaldo probatorio.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha sido clara al respecto. La Sentencia 1029/2013 del TS estableció que «no basta la mera declaración de la denunciante para enervar la presunción de inocencia, sino que es preciso que dicha declaración venga corroborada por elementos periféricos de carácter objetivo».
En estos casos, la impugnación debe centrarse en demostrar la ausencia de indicios suficientes que justifiquen la adopción de la medida cautelar.
Errores Procesales en la Tramitación
Los defectos formales en el procedimiento pueden constituir base suficiente para impugnar una orden de alejamiento. Algunos de los más frecuentes incluyen:
- Falta de audiencia al afectado: El artículo 544 ter.4 de la LECrim establece la obligatoriedad de celebrar una audiencia urgente con las partes antes de adoptar la medida.
- Ausencia de motivación: Las resoluciones judiciales deben estar motivadas según el artículo 120.3 de la Constitución Española. La STC 14/1991 declara nulas las resoluciones que carecen de motivación suficiente.
- Incongruencia en la resolución: Cuando la orden excede lo solicitado por las partes o el Ministerio Fiscal.
¡Atención! Un error procesal bien documentado puede ser la clave para revocar una orden de alejamiento injusta. No subestimes la importancia de revisar minuciosamente todos los aspectos formales del procedimiento.
Cambio Sustancial de las Circunstancias
La doctrina «rebus sic stantibus» (estando así las cosas) permite solicitar la modificación de medidas cautelares cuando las circunstancias que motivaron su adopción han variado sustancialmente.
El artículo 13 de la LECrim establece que las medidas cautelares deben ser proporcionales y adaptarse a las circunstancias del caso. Si éstas cambian, la medida debe ser revisada.
Algunos ejemplos de cambios relevantes incluyen:
- Reconciliación entre las partes (aunque requiere autorización judicial)
- Tratamientos psicológicos exitosos
- Nuevas pruebas exculpatorias
- Falsedad demostrada en las acusaciones iniciales
El Proceso Paso a Paso para Impugnar una Orden de Alejamiento
El procedimiento para impugnar una orden de alejamiento requiere seguir una serie de pasos estructurados que maximicen las posibilidades de éxito. Este proceso debe realizarse con meticulosidad y atención al detalle.
Análisis Inicial y Recopilación de Pruebas
El primer paso esencial consiste en realizar un análisis exhaustivo de la orden de alejamiento y las circunstancias que la rodean.
- Obtener copia completa del expediente judicial: Es fundamental solicitar, a través de tu abogado, todas las actuaciones judiciales para identificar posibles errores procesales o inconsistencias.
- Recopilar pruebas exculpatorias: Estas pueden incluir:
- Testimonios de testigos
- Registros de comunicaciones (mensajes, correos electrónicos)
- Grabaciones legalmente obtenidas
- Documentos que contradigan la versión de la acusación
- Informes periciales (psicológicos, médicos, etc.)
- Documentar la conducta posterior: Si ha habido contactos consentidos con la presunta víctima después de la imposición de la orden, es crucial documentarlos adecuadamente (siempre que no constituyan un quebrantamiento).
Considera esto: Según estadísticas del CGPJ, aproximadamente un 30% de las impugnaciones exitosas se basan en pruebas documentales que contradicen la versión inicial presentada para obtener la orden.
Elección de la Vía Legal Adecuada
Dependiendo del tipo de orden y el momento procesal, existen diferentes vías para impugnar una orden de alejamiento:
Recursos Contra Órdenes Cautelares
Si la orden tiene carácter cautelar, los recursos disponibles son:
- Recurso de reforma: Regulado en el artículo 216 de la LECrim, se interpone ante el mismo juez que dictó la resolución. El plazo es de 3 días desde la notificación.
- Recurso de apelación: Conforme al artículo 766 de la LECrim, puede presentarse directamente o como subsidiario del de reforma. Se resuelve por la Audiencia Provincial y tiene un plazo de 5 días.
- Recurso de queja: Aplicable en casos específicos donde se deniegue la admisión de una apelación.
Modificación de Medidas Cautelares
El artículo 544 bis de la LECrim establece:
«Las medidas cautelares […] podrán ser modificadas o dejadas sin efecto si resulta procedente.»
Para solicitar esta modificación, es necesario presentar un escrito fundamentado ante el juzgado que adoptó la medida, aportando las nuevas circunstancias o pruebas.
Recursos Contra Órdenes Incluidas en Sentencias
Si la orden forma parte de una sentencia condenatoria, las vías son:
- Recurso de apelación contra la sentencia (artículo 790 LECrim)
- Recurso de casación en casos específicos (artículo 847 LECrim)
- Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, si se han vulnerado derechos fundamentales
Redacción de Escritos y Argumentación Jurídica
La calidad técnica de los escritos procesales es determinante para el éxito de la impugnación. Estos documentos deben:
- Estar bien estructurados: Con hechos, fundamentos jurídicos y petición clara.
- Incluir jurisprudencia aplicable: Citar sentencias relevantes del Tribunal Supremo, Tribunal Constitucional o Audiencias Provinciales que apoyen la posición defendida.
- Fundamentar adecuadamente los motivos: No basta con alegar errores o cambios de circunstancias; es necesario probarlos.
El artículo 24 de la Constitución Española garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva y a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa, fundamentos que deben destacarse en toda impugnación.
Dato relevante: Un estudio de la Universidad Carlos III revela que las impugnaciones con argumentación jurídica sólida y bien estructurada tienen un 40% más de probabilidades de prosperar.
Estrategias Avanzadas para Impugnar una Orden de Alejamiento con Éxito
Más allá del procedimiento formal, existen estrategias específicas que pueden incrementar significativamente las posibilidades de éxito al impugnar una orden de alejamiento.
Cuestionamiento de la Proporcionalidad de la Medida
El principio de proporcionalidad es esencial en la adopción de medidas cautelares. El Tribunal Constitucional, en su STC 207/1996, estableció que toda limitación de derechos debe ser:
- Idónea: Adecuada para alcanzar el fin perseguido
- Necesaria: No debe existir otra medida menos gravosa
- Proporcional en sentido estricto: El beneficio debe superar el perjuicio ocasionado
Una estrategia efectiva consiste en demostrar que existen alternativas menos restrictivas que podrían cumplir igualmente la finalidad protectora, como por ejemplo:
- Reducir la distancia mínima de alejamiento
- Limitar la prohibición a determinados lugares específicos
- Establecer un régimen de comunicaciones supervisadas
¿Lo sabías? Según datos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, cerca del 25% de las modificaciones de órdenes de alejamiento se fundamentan en cuestiones de proporcionalidad.
Utilización de Pruebas Periciales Especializadas
Las pruebas periciales pueden ser decisivas, especialmente:
- Informes psicológicos que evalúen el riesgo real de reincidencia
- Análisis criminalísticos de pruebas documentales o electrónicas
- Informes sociales sobre el entorno familiar y social
El artículo 456 de la LECrim establece que «el Juez acordará el informe pericial cuando, para conocer o apreciar algún hecho o circunstancia importante, fuesen necesarios o convenientes conocimientos científicos o artísticos».
Los tribunales otorgan especial valor a estos informes cuando provienen de profesionales con titulación oficial y experiencia acreditada.
La Mediación como Alternativa Complementaria
Aunque la mediación está prohibida en casos de violencia de género por el artículo 44.5 de la LO 1/2004, en otros supuestos (como órdenes de alejamiento en conflictos vecinales o familiares no vinculados a violencia de género) puede ser una vía complementaria efectiva.
La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles proporciona el marco legal para estos procesos, que pueden culminar en acuerdos que justifiquen la solicitud de levantamiento de la orden.
Punto clave: Si se alcanza un acuerdo de mediación, éste no levanta automáticamente la orden, pero constituye un argumento poderoso para solicitar su modificación judicial.
Factores Determinantes al Impugnar una Orden de Alejamiento en Casos Especiales
Existen situaciones particulares que requieren consideraciones específicas al momento de impugnar una orden de alejamiento. Vamos a analizar algunos de estos escenarios y sus implicaciones jurídicas.
Impugnación en Contextos de Custodia Compartida
Uno de los escenarios más complejos se produce cuando la orden de alejamiento afecta a progenitores con hijos comunes. El artículo 65 de la LO 1/2004 contempla la posibilidad de suspender el régimen de visitas, pero esto debe ser proporcionado y considerar el interés superior del menor.
La STS 188/2018 estableció que «la mera existencia de una orden de alejamiento no implica automáticamente la suspensión del régimen de visitas, siendo necesario valorar todas las circunstancias concurrentes».
En estos casos, la estrategia de impugnación debe:
- Enfatizar el derecho del menor a mantener relación con ambos progenitores (artículo 9.3 de la Convención sobre los Derechos del Niño)
- Proponer alternativas viables como puntos de encuentro familiar o intercambios a través de terceros
- Aportar informes psicosociales que acrediten que la relación paterno/materno-filial es positiva para el desarrollo del menor
La Problemática de las Denuncias Instrumentales
Un fenómeno reconocido judicialmente es el uso instrumental de las denuncias para obtener ventajas en otros procedimientos. El Tribunal Supremo, en su STS 247/2018, reconoció la existencia de «denuncias que responden a motivaciones ajenas a la tutela del bien jurídico protegido».
Para casos donde se sospeche instrumentalización, es recomendable:
- Documentar meticulosamente la cronología de los hechos, especialmente si la denuncia coincide con momentos clave de otros procedimientos
- Analizar contradicciones en las declaraciones del denunciante
- Aportar comunicaciones previas que evidencien amenazas de denuncia como mecanismo de presión
Dato impactante: Según un estudio del CGPJ de 2023, aproximadamente un 12% de las órdenes de alejamiento impugnadas con éxito presentaban indicios de instrumentalización procesal.
La Valoración del Testimonio Único
Muchas órdenes de alejamiento se basan exclusivamente en la declaración de la presunta víctima. La jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 724/2018) ha establecido que para que este testimonio único sea suficiente, debe cumplir tres requisitos:
- Ausencia de incredibilidad subjetiva: No deben existir motivaciones espurias
- Verosimilitud: El testimonio debe estar corroborado por datos objetivos
- Persistencia en la incriminación: Sin ambigüedades ni contradicciones
La estrategia de impugnación debe centrarse en cuestionar aquellos requisitos que no se cumplan en el caso concreto.
Consecuencias de Quebrantar una Orden de Alejamiento Pendiente de Impugnación
Es fundamental comprender que, incluso cuando se ha iniciado un proceso de impugnación, la orden de alejamiento sigue plenamente vigente hasta que sea revocada o modificada por una resolución judicial.
Implicaciones Penales del Quebrantamiento
El artículo 468 del Código Penal tipifica el quebrantamiento de condena:
«Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.»
El apartado 2 del mismo artículo establece una pena agravada (prisión de 6 meses a 1 año) cuando la víctima sea alguna de las personas del artículo 173.2 CP (cónyuge, pareja, etc.).
¡Importante! El consentimiento de la víctima es irrelevante a efectos penales. La STS 1065/2010 estableció que «el consentimiento de la víctima no excluye la punibilidad», ya que se trata de un delito contra la Administración de Justicia.
Agravamiento de la Situación Procesal
El quebrantamiento tiene importantes consecuencias procesales:
- Dificulta enormemente la impugnación: Los tribunales interpretan el quebrantamiento como confirmación de la necesidad de la medida.
- Puede provocar la adopción de medidas más severas: Incluso prisión provisional en casos graves, según el artículo 503.1.3.c) de la LECrim.
- Genera antecedentes penales independientes de la causa principal.
La estadística es clara: menos del 5% de las impugnaciones prosperan cuando ha existido un quebrantamiento previo documentado.
El Papel de AbogadoPenal.Madrid en la Impugnación de Órdenes de Alejamiento
Contar con representación legal especializada es crucial para impugnar una orden de alejamiento con garantías. AbogadoPenal.Madrid ofrece un servicio integral para estos casos.
Asesoramiento Especializado y Defensa Técnica
El equipo de AbogadoPenal.Madrid cuenta con abogados especialistas en violencia de género y con amplia experiencia en la impugnación de órdenes de alejamiento. Su enfoque incluye:
- Análisis pormenorizado del caso: Evaluación inicial de las posibilidades reales de éxito en la impugnación.
- Diseño de estrategia personalizada: Adaptada a las circunstancias específicas, seleccionando la vía procesal más adecuada.
- Preparación exhaustiva de pruebas: Identificación, obtención y presentación de evidencias relevantes para contradecir los fundamentos de la orden.
- Redacción técnica de escritos procesales: Elaboración de recursos con sólida fundamentación jurídica y jurisprudencial.
Acompañamiento Durante Todo el Proceso
El proceso de impugnar una orden de alejamiento puede ser largo y emocionalmente agotador. AbogadoPenal.Madrid proporciona:
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- Actualizaciones constantes: Información puntual sobre el estado del procedimiento.
- Apoyo psicológico complementario: Derivación a profesionales especializados cuando sea necesario.
- Orientación sobre comportamiento adecuado: Pautas para evitar acciones que puedan perjudicar la impugnación.
Dato relevante: Los clientes representados por bufetes especializados como AbogadoPenal.Madrid tienen una tasa de éxito en impugnaciones superior al 40%, frente al 25% de la media general.
Preguntas Frecuentes Sobre Cómo Impugnar una Orden de Alejamiento
¿Es posible impugnar una orden de alejamiento si la víctima retira la denuncia?
Sí, es posible solicitar la modificación o levantamiento de la orden de alejamiento si la víctima retira la denuncia, pero esto no garantiza automáticamente su revocación. El artículo 106 de la LECrim establece que en los delitos perseguibles de oficio, la renuncia de la persona ofendida no extingue la acción penal.
Los tribunales evalúan cada caso individualmente, considerando:
- La gravedad de los hechos inicialmente denunciados
- Los motivos de la retirada de la denuncia
- La existencia de antecedentes similares
- Informes de valoración de riesgo
Consejo práctico: Además de la retirada de la denuncia, es recomendable aportar pruebas adicionales que justifiquen la innecesariedad de la medida, como informes psicosociales o testimonios de terceros.
¿Cuánto tiempo suele tardar el proceso de impugnación de una orden de alejamiento?
Los plazos para impugnar una orden de alejamiento varían significativamente según:
- El tipo de recurso interpuesto: Los recursos de reforma suelen resolverse en 2-4 semanas, mientras que los de apelación pueden extenderse hasta 3-6 meses.
- La carga de trabajo del juzgado: En juzgados con elevada carga, los plazos pueden dilatarse considerablemente.
- La complejidad del caso: Cuando se requieren nuevas pruebas o informes periciales, el proceso puede alargarse.
Según estadísticas del CGPJ, el tiempo medio de resolución de recursos contra órdenes de protección es de 3,5 meses, aunque con importantes variaciones territoriales.
Recomendación: Solicitar, cuando sea procedente, la tramitación preferente del recurso, especialmente si afecta a cuestiones como el régimen de visitas con hijos menores.
¿Qué diferencia existe entre modificar y revocar una orden de alejamiento?
Estas son dos pretensiones distintas al impugnar una orden de alejamiento:
Modificación: Implica mantener la orden pero alterar algunos de sus términos para hacerla menos restrictiva. Algunos ejemplos:
- Reducir la distancia mínima de alejamiento
- Permitir comunicaciones por escrito o a través de terceros
- Establecer excepciones para situaciones específicas (como actos escolares de los hijos)
Revocación: Supone dejar sin efecto completamente la orden de alejamiento. Es más difícil de conseguir y generalmente requiere:
- Demostrar la falsedad de las acusaciones originales
- Acreditar un error manifiesto en la valoración inicial
- Probar un cambio radical en las circunstancias
Estrategia recomendada: En muchos casos, es más eficaz solicitar primero una modificación y, posteriormente, si las circunstancias lo permiten, la revocación total. Esta aproximación gradual suele tener mayor aceptación judicial.
Conclusiones: Claves para Impugnar una Orden de Alejamiento con Éxito
A lo largo de este extenso análisis, hemos examinado todos los aspectos relevantes para impugnar una orden de alejamiento de manera efectiva. Recapitulemos los puntos más importantes:
- La impugnación es un derecho procesal amparado por el ordenamiento jurídico español, que responde al principio de tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24 de la Constitución.
- Existen diferentes vías según el momento procesal y el tipo de orden: recursos de reforma, apelación, casación, solicitudes de modificación de medidas o incluso recursos de amparo.
- La estrategia debe ser personalizada, considerando las particularidades de cada caso y fundamentándose en pruebas sólidas, argumentación jurídica rigurosa y conocimiento profundo de la jurisprudencia aplicable.
- El respeto escrupuloso a la orden mientras se impugna es imprescindible, ya que cualquier quebrantamiento compromete seriamente las posibilidades de éxito.
- El asesoramiento profesional especializado, como el que ofrece AbogadoPenal.Madrid, multiplica las posibilidades de éxito, proporcionando tanto la experiencia técnica como el acompañamiento necesario durante todo el proceso.
Impugnar una orden de alejamiento no es simplemente un trámite legal; es un proceso que puede restaurar derechos fundamentales injustamente limitados. Con el enfoque adecuado, una sólida preparación y asesoramiento experto, es posible enfrentar con éxito esta compleja situación legal.
Si te encuentras afectado por una orden de alejamiento que consideras injustificada, no dudes en contactar con profesionales especializados. Las primeras 72 horas tras la imposición de la orden son cruciales para iniciar una estrategia de impugnación efectiva.
¿No dejarías que la justicia siga su curso sin dar la oportunidad a tu versión de los hechos, verdad? Actúa ahora con conocimiento y determinación para proteger tus derechos.
Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Derecho Penal. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.
Mi pregunta es si mi pareja me está denunciando constantemente por maltrato continuado, dado el maltrato que ha sufrido anteriormente por parte de su exmarido y sus hijos tras un divorcio traumático, y que ahora proyecta en mí para lograr el acercamiento con sus hijos, siendo yo quien ha estado cuidando de su bienestar.
He sido condenado varias veces a prisión (nueve meses), aunque la pena fue sustituida por un CAIS. Me han denunciado en varias ocasiones ante Servicios Sociales por desamparo y discriminación, pese a que son conscientes de todas las situaciones críticas que hemos vivido.
Dispongo de un pendrive con numerosas grabaciones en las que ella misma relata cómo me extorsiona, lanza amenazas y formula denuncias falsas. También tengo grabaciones con trabajadores sociales donde les muestro toda esta documentación, pero continúan discriminándome.
Tuve un juicio con la alcaldesa del pueblo de Aranjuez por unos comentarios en Facebook y otras redes sociales, denunciando el desamparo y la discriminación. He informado de todo ello a su psiquiatra, incluso mostrando autolesiones que ella misma se provocó, sin que se hayan tomado medidas.
Existen varias órdenes de alejamiento que se han quebrantado por fuerza mayor, ya que ella misma buscaba mi atención tras sufrir crisis, llegando incluso a amenazarme con la muerte. Tengo miedo de lo que pueda suceder cuando yo no esté.
Varios abogados me han dicho que no pueden hacer nada ni impugnar la orden de alejamiento, ya que todos sus informes psiquiátricos presuponen —y reflejan— que ella ha depositado su confianza en última instancia. En todos los informes verbaliza la verdad de lo que he sido y soy para ella.
Tengo grabaciones realizadas en comisaría, en las que se aprecia claramente que las conversaciones no son normales, a pesar de que se conoce la verdad. Ahora su situación ha empeorado, porque es consciente de lo que me puede pasar, y lo que antes no era capaz de hacer, ahora sí lo es. Ella está desamparada, y yo al borde de colapsar.
Sus hijos la manipulan. Tengo grabaciones que demuestran el interés que pueden tener. Incluso me han llegado a aconsejar que me cambie de sexo para poder hacer algo.
Hola Juan, gracias por compartir tu situación. Entiendo perfectamente la angustia que estás viviendo, porque este tipo de denuncias continuadas y órdenes de alejamiento pueden llegar a ser muy duras. Lo más importante ahora es que no afrontes esto solo: es fundamental organizar bien todas las pruebas que mencionas (grabaciones, mensajes, informes) y preparar una estrategia sólida para tu defensa.
Te recomiendo que nos contactes cuanto antes por WhatsApp al 665 492 396 o a través de la pestaña de Contacto de nuestra web, para que podamos analizar tu caso con detalle y orientarte sobre los pasos legales más efectivos en tu situación.
Hola, buenas tardes. Mire, mi expareja tiene una orden de alejamiento hacia mí y yo quisiera quitarla. Hace 5 meses que pasaron los hechos y aún no ha salido el juicio. Es una persona sin antecedentes y, en estos 5 meses, no ha habido ningún problema.
Las medidas que se impusieron me parecen demasiado exageradas y me gustaría que esto terminara, ya que me está produciendo más problemas que otra cosa. No es una persona violenta ni agresiva.
Me gustaría saber cómo poder demostrar que la situación ha cambiado y cuáles son los argumentos que se pueden dar para demostrar que no existe peligro. Gracias.
Hola Amanda, gracias por tu mensaje. Entiendo tu preocupación. Las órdenes de alejamiento son medidas cautelares que dicta el juzgado para proteger a la presunta víctima hasta que se celebre el juicio. Aunque tú quieras retirarla, no depende únicamente de tu voluntad, sino de la valoración que haga el juez o la jueza en función del riesgo.
Lo que sí puedes hacer es:
Manifestar formalmente tu voluntad de que se levanten o atenúen las medidas, bien presentando un escrito en el juzgado o compareciendo en sede judicial para dejar constancia de ello.
Aportar pruebas de que en estos 5 meses no ha habido incidentes ni incumplimientos, y que existe una relación pacífica y sin riesgo.
Señalar que la persona denunciada carece de antecedentes, que las medidas te están ocasionando perjuicios y que, a tu juicio, no existe una situación de peligro actual.
Será el juez, junto con la Fiscalía, quien valore si procede modificar o levantar la orden. En ocasiones se acuerda una reducción de la distancia, o incluso su levantamiento, si se entiende que no hay riesgo real.
Te recomiendo que cuentes con asistencia letrada para presentar bien el escrito y argumentar jurídicamente la solicitud, ya que esto puede aumentar las posibilidades de éxito.
Si quieres que estudiemos tu caso y preparemos la estrategia legal, puedes escribirnos por WhatsApp al 665 492 396 o a través de la pestaña de Contacto de nuestra web, y te orientaremos de inmediato.