Cuando la violencia de género irrumpe en un hogar, sus efectos se extienden a todos los miembros de la familia, especialmente a los más vulnerables: los menores. La pregunta sobre si un niño o adolescente puede testificar en un proceso judicial por violencia machista genera numerosas dudas entre víctimas, acusados y familiares. Como abogado penalista especializado en estos procedimientos, he visto de primera mano cómo esta cuestión puede determinar el rumbo de un caso y, lo que es más importante, el bienestar emocional de los menores involucrados.
La participación de menores en procesos judiciales de violencia de género: marco legal
La respuesta corta es sí, los menores pueden declarar en juicios por violencia de género, pero esta afirmación requiere importantes matices y consideraciones que debemos analizar en profundidad. El ordenamiento jurídico español contempla la posibilidad de que los niños y adolescentes presten testimonio en procedimientos judiciales, incluidos aquellos relacionados con violencia machista, siempre bajo determinadas condiciones diseñadas para proteger su integridad psicológica.
La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, ha supuesto un avance significativo en este ámbito, estableciendo garantías específicas para la participación de menores en procesos judiciales. Esta normativa reconoce a los niños como víctimas directas de la violencia de género y refuerza su derecho a ser escuchados.
Según mi experiencia en este tipo de casos, la declaración de un menor puede resultar determinante, especialmente cuando ha sido testigo directo de episodios violentos. Sin embargo, siempre aconsejo a las familias que valoren cuidadosamente si esta participación es realmente necesaria y beneficiosa para el proceso, considerando ante todo el interés superior del menor.
«Artículo 26 de la Ley Orgánica 8/2021: Las administraciones públicas garantizarán que las declaraciones o testimonios de los niños, niñas y adolescentes víctimas en los procedimientos penales se realicen en condiciones especialmente adaptadas a su situación y desarrollo evolutivo, preservando su intimidad, dignidad y seguridad.»
¿A qué edad puede un menor testificar en un juicio de violencia de género?
Una de las consultas más frecuentes que recibo en mi despacho se refiere a la edad mínima a partir de la cual un niño puede declarar en estos procedimientos. La legislación española no establece una edad concreta, sino que adopta un enfoque más flexible basado en la madurez y capacidad de discernimiento del menor.
No obstante, podemos distinguir varios tramos de edad que determinan cómo se valorará el testimonio:
- Menores de 14 años: No prestan juramento y su declaración se valora conforme a las reglas de la sana crítica, teniendo en cuenta su desarrollo cognitivo y emocional.
- Entre 14 y 18 años: Pueden prestar juramento, aunque con las adaptaciones necesarias para su comprensión.
¿Quieres saber por qué esto es tan importante? La edad no solo condiciona los aspectos formales de la declaración, sino también las medidas de protección que se implementarán durante el proceso. Cuanto menor sea la edad del testigo, mayores serán las salvaguardas establecidas para evitar su victimización secundaria.
A mi juicio, y basándome en años de ejercicio profesional, lo verdaderamente relevante no es tanto la edad cronológica como la capacidad del menor para percibir los hechos y transmitirlos de manera coherente. He asistido a casos donde el testimonio de un niño de 7 años ha resultado más preciso y valioso que el de adolescentes de mayor edad, dependiendo de factores como su desarrollo cognitivo, el impacto emocional de los hechos y el tiempo transcurrido.
Evaluación previa de la capacidad testimonial
Antes de que un menor declare en un juicio por violencia de género, es habitual que se realice una evaluación psicológica previa para determinar:
- Su capacidad para distinguir entre verdad y mentira
- Su nivel de desarrollo cognitivo y lingüístico
- La posible existencia de influencias externas en su relato
- El impacto emocional que podría causarle participar en el proceso
Esta evaluación, generalmente realizada por profesionales de la psicología forense, resulta fundamental para garantizar que el testimonio del menor sea fiable y que su participación no le cause un perjuicio mayor que el beneficio que pueda aportar al esclarecimiento de los hechos.
Protocolos especiales para la declaración de menores en casos de violencia machista
La legislación española ha evolucionado significativamente para establecer procedimientos adaptados a las necesidades específicas de los menores que deben testificar en procesos judiciales. Estos protocolos buscan minimizar el impacto negativo que puede tener para un niño enfrentarse al sistema judicial, especialmente en casos tan sensibles como la violencia de género.
Aquí viene lo que nadie te cuenta… La realidad práctica de estos protocolos varía considerablemente según el juzgado, los recursos disponibles y la sensibilidad de los profesionales involucrados. Mientras algunos órganos judiciales cuentan con instalaciones perfectamente adaptadas y personal especializado, otros apenas pueden implementar las medidas básicas de protección.
Entre las medidas de protección más relevantes que se aplican cuando un menor debe declarar en un juicio por violencia de género, destacan:
La prueba preconstituida: clave para evitar la revictimización
Una de las herramientas más valiosas para proteger a los menores es la prueba preconstituida, que permite que el niño declare una sola vez, en una fase temprana del procedimiento, evitando así repeticiones innecesarias del relato traumático. Esta declaración se graba en vídeo y puede reproducirse posteriormente en el juicio oral.
«Artículo 449 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Cuando, en los casos legalmente previstos, la autoridad judicial acuerde la práctica de la declaración del testigo como prueba preconstituida, la misma deberá desarrollarse de conformidad con los requisitos establecidos en este artículo.»
Cuando un cliente acude al despacho tras ser imputado por un delito de violencia de género en el que un menor podría testificar, siempre le explico la importancia de contar con un abogado desde las primeras diligencias. La prueba preconstituida se practica generalmente en fase de instrucción y, si no se garantizan todos los derechos procesales en ese momento, podría resultar muy difícil impugnarla posteriormente.
Salas adaptadas y declaración por videoconferencia
Los juzgados especializados disponen de salas amigables diseñadas específicamente para que los menores se sientan cómodos y seguros durante su declaración. Estas salas suelen estar decoradas con colores agradables, juguetes y materiales que ayudan a reducir la ansiedad.
Además, se utiliza frecuentemente la videoconferencia para evitar que el menor tenga contacto visual directo con el presunto agresor, permitiendo que declare desde otra sala mientras las partes siguen su testimonio a través de pantallas.
Veamos por qué este detalle marca la diferencia… El entorno físico donde declara un menor puede determinar completamente la calidad y fiabilidad de su testimonio. Un ambiente hostil o intimidante puede bloquear al niño o distorsionar su relato, mientras que un espacio adaptado favorece una comunicación más fluida y precisa.
La intervención de profesionales especializados en la declaración de menores
Uno de los aspectos más relevantes cuando un menor debe testificar en un caso de violencia de género es la participación de profesionales con formación específica en psicología infantil y técnicas de entrevista forense. Estos expertos actúan como intermediarios entre el sistema judicial y el niño, facilitando la comunicación y minimizando el impacto emocional.
Los principales profesionales que intervienen en este proceso son:
- Psicólogos forenses: Evalúan la credibilidad del testimonio y asesoran sobre las condiciones más adecuadas para la declaración.
- Equipos psicosociales: Realizan informes sobre la situación familiar y el estado emocional del menor.
- Facilitadores judiciales: Especialistas que adaptan las preguntas al nivel de comprensión del niño.
En mi opinión como abogado penalista, la calidad de estos profesionales resulta determinante para el éxito del proceso. Un psicólogo experimentado sabrá detectar inconsistencias en el relato sin presionar al menor, mientras que uno sin la formación adecuada podría inducir respuestas o pasar por alto detalles relevantes.
Técnicas de entrevista forense adaptadas a menores
Las entrevistas a menores en contextos judiciales siguen protocolos específicos diseñados para maximizar la precisión del relato minimizando el daño psicológico. Entre las técnicas más utilizadas destacan:
- El protocolo NICHD (National Institute of Child Health and Human Development), que estructura la entrevista en fases progresivas
- La entrevista cognitiva, que facilita el recuerdo mediante técnicas de recuperación de memoria
- El uso de materiales de apoyo como dibujos, muñecos anatómicos o cuentos para facilitar la expresión
Estas metodologías buscan obtener un relato espontáneo y detallado, evitando preguntas sugestivas o que induzcan a error. La forma en que se formulan las preguntas resulta crucial, priorizando las abiertas («¿Qué ocurrió?») sobre las cerradas («¿Te pegó papá?»).
El valor probatorio del testimonio de un menor en juicios de violencia de género
Una cuestión fundamental que debemos abordar es el peso que tiene la declaración de un niño o adolescente en el conjunto de pruebas de un procedimiento por violencia machista. ¿Se valora igual que el testimonio de un adulto? ¿Qué factores determinan su credibilidad?
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que el testimonio de un menor puede constituir prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, siempre que cumpla con los criterios generales de credibilidad:
- Ausencia de incredibilidad subjetiva: No existen motivos para pensar que el menor miente o distorsiona la realidad
- Verosimilitud: El relato es coherente y se ve corroborado por datos objetivos
- Persistencia en la incriminación: El testimonio se mantiene estable en lo esencial
«Sentencia del Tribunal Supremo 940/2013, de 13 de diciembre: El testimonio de la víctima, aunque sea menor de edad, puede ser hábil para desvirtuar la presunción constitucional de inocencia, atendiendo a que el marco de clandestinidad en que se producen determinados delitos, significadamente contra la libertad sexual, impide en ocasiones disponer de otras pruebas.»
Sin embargo, los tribunales aplican criterios específicos adicionales cuando evalúan el testimonio de un menor, considerando factores como:
- Su desarrollo cognitivo y madurez
- La posible influencia de adultos en su relato
- La coherencia interna y externa de la declaración
- La riqueza de detalles y presencia de elementos idiosincráticos
Como defensor en numerosos procedimientos penales, creo que es fundamental que tanto acusación como defensa comprendan estos criterios para poder valorar adecuadamente la fuerza probatoria que tendrá el testimonio de un menor en cada caso concreto.
Análisis de credibilidad del testimonio infantil
Para evaluar la fiabilidad de la declaración de un menor, los peritos suelen utilizar métodos estandarizados de análisis de credibilidad, entre los que destaca el SVA (Statement Validity Assessment) y su componente principal, el CBCA (Criteria-Based Content Analysis).
Este método analiza la presencia de 19 criterios en el relato del menor que se asocian con declaraciones veraces, como:
- Estructura lógica del relato
- Producción no estructurada (narración no lineal)
- Cantidad de detalles
- Contextualización espacial y temporal
- Descripción de interacciones
- Reproducción de conversaciones
- Complicaciones inesperadas
- Detalles inusuales o superfluos
La presencia de estos elementos aumenta la probabilidad de que el testimonio sea veraz, aunque ninguno de ellos es determinante por sí solo.
Conflictos de lealtad y manipulación en el testimonio de menores
Uno de los aspectos más delicados cuando un menor debe declarar en un proceso de violencia de género es la posibilidad de que se encuentre sometido a conflictos de lealtad entre sus progenitores o que haya sido objeto de manipulación para influir en su testimonio.
Los niños que han presenciado violencia en el hogar a menudo desarrollan vínculos ambivalentes con el progenitor agresor, combinando sentimientos de miedo, afecto, rechazo y protección. Esta ambivalencia puede manifestarse en su declaración de formas complejas y aparentemente contradictorias.
Lo que suelo recomendar a mis clientes en estos casos es que nunca intenten aleccionar al menor sobre lo que debe declarar, ya que los profesionales están entrenados para detectar relatos inducidos y esto solo perjudicaría su posición procesal. Lo más adecuado es facilitar que el niño pueda expresarse libremente, sin presiones ni expectativas.
Síndrome de alienación parental: una controversia en los tribunales
El llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP) ha sido frecuentemente invocado en procedimientos de violencia de género cuando un menor muestra rechazo hacia uno de sus progenitores. Sin embargo, es importante señalar que este supuesto síndrome no está reconocido por la comunidad científica internacional ni incluido en los manuales diagnósticos de referencia (DSM-5 o CIE-11).
La Ley Orgánica 8/2021 establece expresamente en su artículo 11.3 que:
«Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración.»
Esto no significa que no existan casos de manipulación o instrumentalización de menores en contextos de alta conflictividad familiar, sino que deben analizarse desde perspectivas científicamente validadas, evaluando cada situación de forma individualizada.
Impacto psicológico de la declaración en el menor y medidas para minimizarlo
Participar como testigo en un proceso judicial puede resultar una experiencia estresante y potencialmente traumática para un niño o adolescente, especialmente cuando debe declarar sobre episodios de violencia que han afectado a su núcleo familiar.
Los principales efectos negativos que pueden derivarse de esta experiencia incluyen:
- Reexperimentación del trauma al tener que relatar los hechos
- Sentimientos de culpa por las consecuencias de su testimonio
- Ansiedad anticipatoria ante la declaración
- Miedo a las represalias del progenitor denunciado
- Conflictos de lealtad entre ambos progenitores
Para minimizar estos efectos, además de las medidas procesales ya mencionadas, es fundamental proporcionar al menor apoyo psicológico antes, durante y después de su participación en el proceso judicial.
Acompañamiento especializado durante todo el proceso
La legislación prevé que los menores puedan estar acompañados por una persona de su confianza durante su declaración, siempre que esto no comprometa el desarrollo del proceso ni la calidad de su testimonio.
Además, existen servicios especializados de atención a víctimas que ofrecen acompañamiento profesional adaptado a las necesidades de los menores, explicándoles el proceso en términos comprensibles y preparándolos emocionalmente para cada fase.
Según mi experiencia en este tipo de casos, este acompañamiento resulta crucial no solo para proteger el bienestar emocional del menor, sino también para garantizar que pueda prestar un testimonio de calidad, reduciendo los niveles de estrés que podrían afectar a su capacidad para recordar y relatar los hechos con precisión.
Preguntas frecuentes sobre la declaración de menores en juicios de violencia de género
¿Puede un menor negarse a declarar contra su progenitor en un caso de violencia de género?
Sí, los menores, al igual que los adultos, pueden acogerse a la dispensa de la obligación de declarar contra parientes que establece el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Sin embargo, esta dispensa debe explicarse al menor en términos comprensibles según su edad y madurez. Los jueces valoran cuidadosamente si el menor comprende realmente el significado y las consecuencias de esta dispensa antes de aceptar su decisión de no declarar.
¿Es obligatorio que un menor declare en persona o puede hacerlo a través de otros medios?
La legislación actual prioriza la protección del interés superior del menor sobre la inmediación procesal. Esto significa que se favorecen fórmulas como la prueba preconstituida (declaración grabada en fase de instrucción) o la declaración por videoconferencia para evitar que el menor tenga que comparecer personalmente en la sala de vistas. En casos excepcionales donde estas opciones no sean viables, se adoptarán todas las medidas necesarias para adaptar la sala y el procedimiento a las necesidades del menor.
¿Qué ocurre si el testimonio de un menor es la única prueba en un caso de violencia de género?
El testimonio de un menor, por sí solo, puede constituir prueba suficiente para fundamentar una condena si cumple con los requisitos de credibilidad establecidos por la jurisprudencia. No obstante, los tribunales suelen ser especialmente cautelosos en estos casos, buscando elementos de corroboración periférica que refuercen la declaración. La valoración se realizará caso por caso, considerando factores como la edad del menor, la consistencia de su relato y la existencia de posibles influencias externas.
Conclusiones: equilibrando la protección del menor y el derecho a la defensa
La participación de menores como testigos en procesos de violencia de género plantea un delicado equilibrio entre dos principios fundamentales: la protección del interés superior del menor y la garantía del derecho de defensa del acusado.
A lo largo de este artículo hemos analizado cómo la legislación española ha evolucionado para establecer mecanismos que permitan obtener el testimonio de los menores minimizando su impacto negativo, desde la prueba preconstituida hasta la intervención de profesionales especializados.
La clave reside en adaptar cada procedimiento a las circunstancias específicas del menor implicado, valorando cuidadosamente factores como su edad, madurez, relación con las partes y posible afectación emocional. No existe una fórmula única válida para todos los casos.
En AbogadoPenal.Madrid, bajo mi dirección como especialista en derecho penal, ofrecemos asesoramiento integral tanto a víctimas como a acusados en procedimientos de violencia de género donde menores puedan verse implicados como testigos. Nuestro enfoque combina el rigor jurídico con la sensibilidad necesaria ante situaciones tan delicadas, buscando siempre soluciones que minimicen el impacto emocional en los menores mientras garantizan todos los derechos procesales de las partes.
Acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso, desde la fase de instrucción hasta el juicio oral y posibles recursos, asesorándoles sobre las mejores estrategias para afrontar la declaración de menores, ya sea desde la perspectiva de la acusación o de la defensa.
Si te encuentras en esta situación, no dudes en contactarnos para recibir un asesoramiento personalizado que tenga en cuenta las circunstancias específicas de tu caso.
Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Derecho Penal. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.