Hoy quiero compartir contigo uno de los casos más complejos y satisfactorios de mi carrera: cómo conseguimos el sobreseimiento definitivo de una causa por presunto abuso sexual a una menor gracias a un informe médico forense que resultó determinante para demostrar la inocencia de nuestro cliente.
El impacto devastador de una falsa acusación de abuso sexual infantil
Cuando un cliente llega al despacho tras ser investigado por un presunto delito de abuso sexual a un menor, lo primero que percibo es el terror en su mirada. Y no es para menos. Estos delitos no solo conllevan penas de prisión elevadas, sino que generan un rechazo social inmediato e irreversible, incluso antes de cualquier sentencia.
En el caso que nos ocupa, mi cliente, un profesor de educación primaria de 42 años, fue denunciado por los padres de una alumna de 9 años. La acusación sostenía que había realizado tocamientos a la menor durante clases particulares en el domicilio familiar. La noticia se propagó como la pólvora en su entorno laboral y vecinal, provocando su suspensión inmediata de empleo y una campaña de acoso en redes sociales que incluía amenazas directas.
¿Quieres saber por qué este tipo de casos son tan delicados? Porque en los delitos contra la libertad sexual de menores, la palabra de la víctima suele tener un peso probatorio extraordinario, especialmente cuando hablamos de niños de corta edad.
La estrategia de defensa: más allá de la presunción de inocencia
Desde mi experiencia como abogado penalista especializado en delitos sexuales, puedo afirmar que la defensa en estos casos requiere un enfoque multidisciplinar que va mucho más allá de invocar la presunción de inocencia. Necesitábamos construir una estrategia proactiva basada en evidencias científicas que pudieran contradecir objetivamente la versión de la acusación.
El primer paso fue analizar minuciosamente la denuncia y el relato de la menor, recogido mediante prueba preconstituida para evitar su revictimización. Detectamos varias inconsistencias narrativas que, si bien no eran concluyentes por sí mismas dada la edad de la niña, sí planteaban dudas razonables sobre la veracidad o la posible influencia externa en su testimonio.
La importancia crucial del informe médico-forense
El punto de inflexión llegó con el informe médico-forense. La exploración física realizada a la menor no mostraba ningún signo compatible con abuso sexual, ni reciente ni antiguo. Este dato, aparentemente neutro (pues muchos abusos no dejan rastros físicos), adquirió relevancia al contrastarlo con el relato específico de la denuncia, que describía conductas que, de haberse producido en la forma y frecuencia alegadas, habrían dejado lesiones identificables.
Aquí viene lo que nadie te cuenta: el informe forense no solo debe leerse en sus conclusiones, sino que debe analizarse en profundidad para identificar elementos que, puestos en contexto con otros indicios, pueden resultar exculpatorios.
En nuestro caso, solicitamos una ampliación pericial en la que planteamos preguntas específicas al médico forense sobre la compatibilidad entre las lesiones esperables según el relato y la ausencia total de hallazgos físicos. La respuesta fue contundente: existía una «alta improbabilidad» de que los hechos hubieran ocurrido tal como se describían sin dejar ningún tipo de marca o lesión.
El marco legal: fundamentos jurídicos para el sobreseimiento
Para comprender mejor el proceso, es fundamental conocer el marco legal que permite el sobreseimiento en estos casos. La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece en su artículo 637 los supuestos de sobreseimiento libre:
«Procederá el sobreseimiento libre: 1.º Cuando no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que hubiere dado motivo a la formación de la causa. 2.º Cuando el hecho no sea constitutivo de delito. 3.º Cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados como autores, cómplices o encubridores.»
Asimismo, el artículo 641 contempla el sobreseimiento provisional:
«Procederá el sobreseimiento provisional: 1.º Cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa. 2.º Cuando resulte del sumario haberse cometido un delito y no haya motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores, cómplices o encubridores.»
Nuestra estrategia se centró en demostrar que no existían indicios racionales de la perpetración del delito, apoyándonos fundamentalmente en la contradicción entre el relato de la acusación y las evidencias médico-forenses.
La valoración probatoria en delitos contra la libertad sexual de menores
El Tribunal Supremo ha establecido a través de numerosas sentencias los requisitos para otorgar valor probatorio al testimonio de la víctima, especialmente en delitos cometidos en la intimidad. Según jurisprudencia consolidada, este testimonio debe cumplir con:
- Ausencia de incredibilidad subjetiva derivada de relaciones previas que pudieran conducir a la deducción de un móvil espurio
- Verosimilitud del testimonio, que debe estar rodeado de corroboraciones periféricas
- Persistencia en la incriminación, que debe ser prolongada en el tiempo, sin ambigüedades ni contradicciones
En nuestro caso, el informe médico-forense actuaba como un elemento objetivo que afectaba directamente al requisito de verosimilitud, al contradecir aspectos esenciales del relato incriminatorio.
La batalla procesal: del informe pericial al sobreseimiento
Una vez obtenida la ampliación del informe forense, presentamos un escrito solicitando el sobreseimiento libre de la causa, argumentando meticulosamente la incompatibilidad entre la acusación y las evidencias médicas. Sin embargo, el camino no fue sencillo.
La acusación particular, ejercida por los padres de la menor, se opuso frontalmente alegando que muchos abusos sexuales no dejan rastros físicos y que el testimonio de la niña debía prevalecer. El Ministerio Fiscal, inicialmente, mantuvo una posición ambigua, reconociendo el valor del informe forense pero considerando que debía continuarse con la instrucción para practicar otras diligencias.
Veamos por qué este detalle marca la diferencia: nuestra estrategia no se limitó a presentar el informe, sino que solicitamos una comparecencia del médico forense ante el juez para que explicara en detalle las implicaciones de sus hallazgos. Esta comparecencia resultó decisiva, pues el especialista pudo aclarar con precisión técnica por qué los hechos descritos en la denuncia resultaban médicamente incompatibles con la ausencia total de lesiones.
Según mi experiencia en este tipo de casos, la presencia del perito en sala y su explicación directa al juez tiene un impacto muy superior al de cualquier informe escrito, por detallado que sea. La posibilidad de formular preguntas y obtener respuestas inmediatas permite despejar dudas que, de otro modo, podrían persistir.
El papel de los informes psicológicos complementarios
Paralelamente, solicitamos una evaluación psicológica independiente de la menor, que arrojó datos relevantes sobre posibles influencias externas en su relato. El informe detectó indicadores de sugestibilidad elevada y patrones narrativos impropios de su edad, que sugerían una posible contaminación del testimonio.
Este elemento, aunque secundario respecto al informe médico-forense, contribuyó a reforzar nuestra tesis de que el relato incriminatorio no reunía las condiciones de fiabilidad necesarias para sustentar una acusación de tal gravedad.
La resolución judicial: fundamentos del sobreseimiento definitivo
Tras valorar el conjunto de las pruebas practicadas, con especial atención al informe médico-forense y su posterior ratificación, el Juzgado de Instrucción dictó un auto de sobreseimiento libre al amparo del artículo 637.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por no existir indicios racionales de haberse perpetrado el hecho denunciado.
La resolución judicial, especialmente motivada dada la naturaleza del delito investigado, recogía expresamente que:
«Las evidencias médico-forenses contradicen de manera objetiva y científica elementos esenciales del relato incriminatorio, generando una duda no ya razonable, sino sustancial, sobre la realidad de los hechos denunciados. Esta contradicción, unida a las inconsistencias narrativas detectadas y a los indicadores de posible sugestibilidad señalados en el informe psicológico, impide continuar con un procedimiento penal que carece del sustento probatorio mínimo exigible para una imputación de esta gravedad.»
La acusación particular recurrió el auto, pero tanto la Audiencia Provincial como, posteriormente, el Tribunal Supremo confirmaron el sobreseimiento, consolidando así una resolución que devolvía la presunción de inocencia a nuestro cliente.
Lecciones aprendidas: claves para la defensa en casos de falsas acusaciones
Este caso ejemplifica perfectamente varias lecciones fundamentales para la defensa en acusaciones de abuso sexual a menores:
- Análisis exhaustivo del relato incriminatorio: Identificar inconsistencias, contradicciones o elementos impropios de la edad del menor.
- Valoración técnica de las pruebas médicas: No conformarse con las conclusiones generales, sino profundizar en los detalles técnicos y su compatibilidad con los hechos denunciados.
- Enfoque multidisciplinar: Combinar evidencias médicas, psicológicas y circunstanciales para construir una defensa sólida.
- Proactividad procesal: No limitarse a rebatir la acusación, sino proponer diligencias específicas que puedan aportar elementos exculpatorios.
Como defensor en numerosos procedimientos de delitos sexuales, creo que la clave del éxito en estos casos reside en la capacidad para transformar datos técnicos complejos en argumentos jurídicos comprensibles y convincentes para el tribunal. No basta con tener la razón; hay que saber explicarla y fundamentarla.
El impacto psicológico y social de una falsa acusación
A pesar del sobreseimiento, las consecuencias para nuestro cliente fueron devastadoras. Perdió su trabajo, sufrió un deterioro grave de su salud mental y, aunque legalmente quedó exonerado, el estigma social persistió en su entorno.
Este aspecto nos recuerda la importancia de un abordaje integral que incluya no solo la defensa legal, sino también el apoyo psicológico y la estrategia de recuperación reputacional una vez concluido el procedimiento judicial.
Aspectos técnicos del informe médico-forense exculpatorio
Para entender mejor el valor probatorio del informe médico en este tipo de casos, conviene detenerse en algunos aspectos técnicos relevantes:
- Los protocolos de exploración médico-forense en casos de abuso sexual infantil están altamente estandarizados y permiten detectar signos específicos incluso cuando han transcurrido semanas desde los hechos.
- Existen marcadores físicos que, dependiendo del tipo de abuso alegado, deberían estar presentes con alta probabilidad si los hechos hubieran ocurrido como se describen.
- La ausencia total de hallazgos debe interpretarse en el contexto específico de cada caso, considerando factores como la naturaleza de los actos denunciados, su frecuencia y cronología.
En nuestro caso, el informe no solo constató la ausencia de lesiones, sino que estableció una correlación estadística entre el tipo de conductas descritas y la probabilidad de encontrar determinados signos físicos, concluyendo que dicha probabilidad era superior al 90% en circunstancias similares a las denunciadas.
Preguntas frecuentes sobre el sobreseimiento en casos de abuso sexual infantil
¿Puede un informe médico por sí solo garantizar el sobreseimiento de una acusación de abuso sexual a menor?
No necesariamente. Aunque un informe médico-forense que contradiga elementos esenciales de la acusación tiene un peso probatorio significativo, los tribunales valoran el conjunto de las pruebas. Muchos abusos sexuales no dejan rastros físicos detectables, por lo que la ausencia de hallazgos médicos no siempre es determinante. Lo crucial es que el informe sea analizado en el contexto específico de cada caso, contrastándolo con el relato concreto de la acusación.
¿Qué ocurre si, pese al sobreseimiento, persiste el estigma social de la acusación?
Desafortunadamente, el daño reputacional suele persistir incluso tras una resolución judicial favorable. En estos casos, recomendamos acciones complementarias como el ejercicio de acciones civiles por daños morales contra los denunciantes si se prueba la falsedad deliberada de la acusación, estrategias de comunicación para difundir el resultado del proceso, y apoyo psicológico profesional para gestionar el impacto emocional. En casos extremos, puede ser aconsejable el cambio de residencia o entorno laboral.
¿Es posible reabrir un caso sobreseído si aparecen nuevas pruebas?
Depende del tipo de sobreseimiento. El sobreseimiento provisional puede reabrirse si aparecen nuevas pruebas significativas. Sin embargo, el sobreseimiento libre, como el que obtuvimos en este caso, tiene efectos de cosa juzgada material y equivale a una sentencia absolutoria, por lo que impide la reapertura del procedimiento por los mismos hechos, salvo circunstancias extraordinarias como la aparición de pruebas que hubieran sido deliberadamente ocultadas o falsificadas.
Conclusión: la importancia de una defensa técnica especializada
El caso que he compartido ilustra la trascendencia de contar con una defensa técnica especializada ante acusaciones de abuso sexual infantil. La combinación de conocimientos jurídicos, médicos y psicológicos resultó determinante para lograr el sobreseimiento definitivo de una causa que podría haber destruido por completo la vida de una persona inocente.
En mi opinión como abogado penalista especializado en delitos sexuales, estos procedimientos requieren un enfoque particularmente meticuloso y multidisciplinar, donde cada detalle puede marcar la diferencia entre una condena injusta y la absolución. No se trata solo de conocer la ley, sino de saber interpretarla y aplicarla en contextos probatorios complejos donde intervienen factores médicos, psicológicos y sociales.
En AbogadoPenal.Madrid ofrecemos representación legal especializada en casos de acusaciones de delitos sexuales, con un enfoque integral que abarca desde la primera declaración hasta posibles recursos ante tribunales superiores. Nuestro equipo cuenta con la experiencia y los conocimientos técnicos necesarios para construir estrategias de defensa sólidas basadas en evidencias científicas y argumentos jurídicos rigurosos.
Si te enfrentas a una situación similar o conoces a alguien que esté atravesando este difícil proceso, recuerda que una defensa adecuada desde el primer momento puede ser determinante. La presunción de inocencia es un derecho fundamental que debe protegerse con todas las herramientas legales disponibles, especialmente en delitos que, como los de naturaleza sexual, generan un rechazo social inmediato incluso antes de cualquier sentencia.
Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Derecho Penal. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.