Como abogado penalista especializado en violencia de género, he escuchado innumerables veces la misma pregunta: ¿Por qué sigo esperando que cambie aunque ya me ha hecho daño? Es una realidad que atraviesa a muchas personas atrapadas en relaciones tóxicas. Comprendo perfectamente ese sentimiento de ambivalencia, esa esperanza persistente a pesar del dolor. No estás sola, no estás loco. Esta dinámica responde a patrones psicológicos profundos que merecen ser comprendidos para poder romperlos.
La trampa emocional: ¿Por qué seguimos esperando el cambio imposible?
Durante mis años representando tanto a víctimas como a acusados en casos de violencia familiar, he identificado que el ciclo de «esperar que cambie» se alimenta de mecanismos psicológicos complejos. El ciclo de la violencia descrito por Lenore Walker explica perfectamente por qué resulta tan difícil abandonar estas relaciones.
Este ciclo consta de tres fases que se repiten:
- Acumulación de tensión
- Explosión violenta
- Luna de miel o arrepentimiento
Es precisamente esa última fase la que refuerza la esperanza. Cuando la persona agresora muestra arrepentimiento, promete cambiar y temporalmente se comporta de manera cariñosa, la víctima recibe exactamente lo que anhela: la confirmación de que «en el fondo es buena persona» y que «esta vez sí cambiará».
En mi experiencia como abogado penalista especializado en violencia de género, he observado que este patrón puede mantenerse durante años, incluso décadas, deteriorando progresivamente la salud mental y física de quien sufre el maltrato.
El vínculo traumático: la dependencia emocional
Uno de los factores más poderosos que explica por qué seguimos esperando que cambie alguien que nos ha dañado es el vínculo traumático. Este fenómeno, similar al Síndrome de Estocolmo, genera una dependencia emocional intensa hacia la persona que alterna momentos de afecto con episodios de violencia.
La legislación española reconoce implícitamente esta realidad en el artículo 173.2 del Código Penal, que tipifica el maltrato habitual considerando no solo la violencia física sino también la psicológica, estableciendo penas de prisión de seis meses a tres años.
¿Quieres saber por qué este vínculo es tan poderoso? La intermitencia del maltrato genera una adicción psicológica: los momentos de reconciliación producen una liberación de dopamina similar a la que experimentan las personas con adicciones a sustancias.
Las razones ocultas tras la pregunta «¿Por qué sigo esperando que cambie aunque ya me ha hecho daño?»
Existen múltiples factores que explican esta aparente contradicción. Veamos los principales:
- Inversión emocional: Cuanto más tiempo y recursos emocionales hemos invertido en una relación, más difícil resulta abandonarla.
- Miedo a la soledad: El temor a quedarse solo/a puede ser más intenso que el miedo al maltrato conocido.
- Dependencia económica: En muchos casos, la persona maltratada carece de recursos propios para independizarse.
- Hijos en común: La preocupación por mantener la familia unida «por el bien de los niños» es un poderoso factor de permanencia.
- Normalización de la violencia: Cuando se ha crecido en entornos violentos, puede resultar difícil identificar que ciertas conductas son inaceptables.
Desde mi posición como defensor en procedimientos penales por violencia doméstica, considero fundamental que tanto víctimas como acusados comprendan estos mecanismos psicológicos para poder romper el ciclo, ya sea buscando ayuda para salir de la relación o para modificar conductas dañinas.
El impacto de la socialización de género
No podemos ignorar cómo la socialización diferenciada entre hombres y mujeres influye en estas dinámicas. Las mujeres suelen ser educadas para ser cuidadoras, comprensivas y para priorizar el bienestar ajeno sobre el propio. Esto puede traducirse en una mayor tolerancia hacia comportamientos abusivos y en asumir la responsabilidad de «arreglar» la relación.
Por otro lado, muchos hombres han interiorizado modelos de masculinidad que dificultan la expresión emocional saludable y favorecen el control como forma de relación. Esto no justifica la violencia, pero ayuda a entender algunos de sus orígenes.
El marco legal: protección jurídica frente a quien nos daña
El ordenamiento jurídico español ofrece diversas herramientas para proteger a las víctimas de violencia en el ámbito familiar o de pareja. Entre ellas destacan:
- La orden de protección (artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), que puede incluir medidas penales como la prohibición de aproximación y comunicación, y civiles como la atribución del uso de la vivienda familiar.
- La tipificación específica de los delitos de maltrato (artículo 153 CP para el maltrato ocasional y 173.2 CP para el habitual).
- La consideración de circunstancia agravante cuando el delito se comete contra quien es o ha sido cónyuge o persona con relación análoga (artículo 23 CP).
Aquí viene lo que nadie te cuenta: muchas víctimas no denuncian precisamente porque siguen esperando que la persona agresora cambie. Según estadísticas oficiales, solo se denuncia aproximadamente el 20% de los casos de violencia de género.
Señales de que el cambio es improbable
Como profesional que ha tratado con numerosos casos, puedo identificar algunas señales que indican que la esperanza de cambio puede ser infundada:
- Negación sistemática de la responsabilidad
- Culpabilización de la víctima
- Promesas de cambio sin acciones concretas
- Rechazo a buscar ayuda profesional
- Aislamiento progresivo de la víctima
- Escalada en la intensidad o frecuencia de los episodios violentos
Esto puede cambiar el rumbo de tu caso: reconocer estas señales puede ser el primer paso para tomar decisiones que protejan tu bienestar físico y emocional.
¿Has sido víctima de violencia y sigues esperando que cambie? Qué pasos puedes dar con respaldo legal
Si te identificas con la pregunta ¿por qué sigo esperando que cambie aunque ya me ha hecho daño?, es importante que sepas que existen recursos para ayudarte:
- Busca apoyo psicológico especializado: Profesionales formados en violencia de género pueden ayudarte a comprender y romper el ciclo.
- Contacta con servicios de atención a víctimas: El teléfono 016 ofrece información y asesoramiento jurídico gratuito las 24 horas.
- Elabora un plan de seguridad: Incluso si no has decidido romper la relación, es fundamental tener previstas medidas de protección.
- Conserva pruebas: Mensajes, correos, fotografías de lesiones o testimonios pueden ser cruciales si decides denunciar.
- Consulta con un abogado especializado: Conocer tus derechos no te obliga a ejercerlos inmediatamente, pero te empodera.
En mi experiencia en este tipo de casos familiares relacionados con situaciones donde la víctima sigue esperando que el agresor cambie, suelo recomendar que se busque primero un espacio seguro, físico y emocional, desde el cual tomar decisiones informadas.
El proceso de desvinculación emocional: más allá de la pregunta «¿por qué sigo esperando?»
Romper el vínculo con una persona que nos ha dañado no es un evento puntual sino un proceso que suele pasar por varias etapas:
- Negación: «No es tan grave», «Todas las parejas tienen problemas»
- Conciencia ambivalente: «Sé que me hace daño, pero le quiero»
- Preparación: Búsqueda de información y recursos
- Acción: Toma de decisiones concretas (denuncia, separación)
- Mantenimiento: Resistencia ante intentos de reconciliación
- Reconstrucción: Recuperación de la autonomía y autoestima
La legislación contempla esta realidad progresiva. Por ejemplo, las medidas cautelares como la orden de protección (artículo 544 ter LECrim) pueden solicitarse incluso si la víctima no está preparada para una separación definitiva o un proceso penal completo.
El impacto en los hijos: una razón más para actuar
Cuando hay menores involucrados, la situación se complica. Muchas personas justifican su permanencia en relaciones dañinas «por el bien de los niños». Sin embargo, la evidencia científica demuestra que crecer en entornos violentos causa daños psicológicos graves en los menores, incluso cuando la violencia no se dirige directamente contra ellos.
El artículo 94 del Código Civil establece que el Juez podrá limitar o suspender el derecho de visita del progenitor violento cuando exista riesgo para los menores. Asimismo, la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia frente a la violencia refuerza esta protección.
¿Te acusan de maltrato y quieres cambiar realmente? Claves legales que debes conocer
Si eres la persona que ha ejercido violencia y genuinamente deseas cambiar, debes saber que:
- La participación voluntaria en programas de reeducación puede ser valorada positivamente por los tribunales.
- El artículo 83.1.6ª del Código Penal contempla la posibilidad de suspender la ejecución de penas privativas de libertad condicionada a la participación en programas formativos.
- El reconocimiento sincero de los hechos y la reparación del daño son circunstancias atenuantes (artículo 21 CP).
Como abogado que ha defendido a personas acusadas de violencia de género, puedo afirmar que el cambio real requiere un compromiso profundo con el proceso terapéutico y la aceptación total de la responsabilidad, sin justificaciones.
Aspectos neurobiológicos: por qué es tan difícil dejar de esperar que cambie
La ciencia ha demostrado que las relaciones abusivas generan alteraciones neurobiológicas similares a las adicciones. El trauma bonding o vínculo traumático se caracteriza por:
- Liberación intermitente de dopamina durante los ciclos de reconciliación
- Elevados niveles de cortisol (hormona del estrés) que afectan la capacidad de tomar decisiones
- Alteraciones en la amígdala cerebral que intensifican el miedo al abandono
Esto explica por qué muchas víctimas describen su situación como «saber que debo irme pero no poder hacerlo». No es falta de voluntad, sino un condicionamiento neurológico real que requiere intervención especializada.
La manipulación emocional como estrategia de control
Quienes ejercen maltrato suelen emplear técnicas de manipulación sofisticadas que contribuyen a que la víctima siga esperando un cambio:
- Gaslighting: Hacer que la víctima dude de su percepción de la realidad
- Luz de gas intermitente: Alternar momentos de crueldad con gestos de extrema amabilidad
- Triangulación: Introducir terceras personas para generar inseguridad
- Chantaje emocional: Amenazas de suicidio o autolesión si la víctima intenta alejarse
Estas conductas pueden constituir delito de coacciones (artículo 172 CP) o amenazas (artículos 169-171 CP), especialmente cuando se producen en el contexto de una relación de pareja.
Recursos sociales y jurídicos para quienes se preguntan «¿por qué sigo esperando que cambie aunque ya me ha hecho daño?»
El sistema español ofrece diversos recursos para apoyar a quienes desean romper con relaciones violentas:
- Centros de la Mujer: Ofrecen asesoramiento jurídico, psicológico y social gratuito
- Casas de acogida: Para situaciones de riesgo que requieren alojamiento temporal
- Renta Activa de Inserción: Ayuda económica para víctimas con orden de protección
- Asistencia jurídica gratuita: Sin necesidad de acreditar insuficiencia de recursos
- Programas de inserción laboral: Facilitan la independencia económica
Veamos por qué este detalle marca la diferencia: muchas víctimas permanecen en relaciones abusivas por dependencia económica o falta de alternativas habitacionales. Conocer estos recursos puede ser determinante para tomar la decisión de romper el ciclo.
La recuperación después del maltrato: cuando dejas de esperar que cambie
Una vez que se logra romper el ciclo de «esperar que cambie», comienza el proceso de recuperación. Este suele incluir:
- Elaboración del duelo por la pérdida de la relación y de las expectativas depositadas en ella
- Reconstrucción de la identidad más allá del rol de víctima
- Recuperación de relaciones sociales que pudieron haberse deteriorado durante la relación abusiva
- Desarrollo de límites saludables para futuras relaciones
Los juzgados de Violencia sobre la Mujer pueden derivar a las víctimas a programas especializados de recuperación psicológica, cubiertos por la Seguridad Social, como parte de las medidas de protección integral contempladas en la LO 1/2004.
¿Estás implicado en un procedimiento por violencia de género? Esto es lo que debes saber
Si te encuentras en un procedimiento judicial relacionado con violencia en el ámbito familiar, ya sea como denunciante o como denunciado, es fundamental que comprendas:
- La especialización de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que conocen tanto de asuntos penales como de determinadas cuestiones civiles relacionadas (custodia, pensiones, etc.)
- La importancia de contar con asistencia letrada especializada desde el primer momento
- Los plazos procesales, que en estos procedimientos suelen ser más breves que en otros ámbitos
- Las consecuencias de incumplir medidas cautelares, que pueden constituir un delito de quebrantamiento (artículo 468 CP)
Cuando una persona llega al despacho tras ser denunciada por su pareja por violencia de género, lo primero que explicamos es la importancia de mantener una actitud colaborativa con la justicia y de buscar ayuda psicológica especializada, independientemente del resultado del procedimiento.
Cómo AbogadoPenal.Madrid puede ayudarte
En AbogadoPenal.Madrid, bajo mi dirección como abogado especializado en violencia de género, ofrecemos asistencia integral tanto a personas acusadas como a víctimas que se preguntan por qué siguen esperando que cambie alguien que les ha hecho daño. Nuestros servicios incluyen:
- Evaluación inicial del caso: Analizamos la situación desde una perspectiva jurídica y humana
- Presentación o contestación a denuncia: Redactamos los escritos necesarios con rigor técnico
- Acompañamiento en comisaría y juzgados: Estamos presentes en cada fase del procedimiento
- Solicitud de medidas cautelares (o defensa ante ellas): Según las necesidades específicas del caso
- Preparación para juicio: Incluye preparación psicológica y estratégica
- Recursos contra sentencias desfavorables: Cuando existen bases jurídicas para ello
Además, trabajamos en coordinación con profesionales de la psicología especializados en trauma y violencia, para ofrecer un abordaje integral que no se limite a lo jurídico.
Preguntas frecuentes sobre por qué seguimos esperando que cambie quien nos ha dañado
¿Qué hago si me acusan de violencia de género pero quiero demostrar que he cambiado?
Si has sido denunciado y genuinamente deseas cambiar patrones de conducta dañinos, es fundamental que: 1) Respetes escrupulosamente las medidas cautelares que se hayan podido imponer, 2) Busques ayuda psicológica especializada en control de impulsos y masculinidades positivas, 3) Acredites ante el juzgado tu participación en estos programas. El cambio real requiere tiempo y compromiso, y los tribunales valoran positivamente los esfuerzos sinceros de rehabilitación.
¿Por qué sigo esperando que cambie aunque ya me ha hecho daño repetidamente?
Este patrón responde a mecanismos psicológicos como el vínculo traumático, la dependencia emocional y el ciclo de la violencia. No es un signo de debilidad sino una respuesta condicionada que requiere intervención especializada. Recomiendo buscar apoyo psicológico específico para violencia de género y asesoramiento jurídico para conocer las opciones disponibles, incluso si aún no has decidido denunciar o separarte.
¿Qué ocurre legalmente si decido dar una oportunidad más a quien me ha maltratado?
Desde el punto de vista legal, si existe una orden de protección o una sentencia que incluya prohibición de aproximación o comunicación, el contacto voluntario por parte de la víctima no exime al condenado de su obligación de cumplir la medida. El quebrantamiento sigue siendo delito aunque la víctima consienta. Si no existen medidas judiciales, la decisión de continuar la relación es personal, pero recomiendo establecer un plan de seguridad y mantener contacto con profesionales que puedan apoyarte si la situación vuelve a deteriorarse.
Conclusión: Más allá de la espera del cambio imposible
Comprender por qué seguimos esperando que cambie alguien que nos ha hecho daño es el primer paso para romper este ciclo. Como he explicado a lo largo de este artículo, no se trata de una decisión irracional sino de un complejo entramado de factores psicológicos, sociales y neurobiológicos.
La buena noticia es que, con el apoyo adecuado, es posible liberarse de esta dinámica. El sistema jurídico español ofrece herramientas de protección, y existen recursos psicosociales especializados para acompañar este proceso.
En AbogadoPenal.Madrid entendemos la complejidad de estas situaciones y ofrecemos un enfoque que integra el rigor jurídico con la sensibilidad humana que estos casos requieren. No estás solo/a en este camino. Dar el primer paso para buscar ayuda profesional puede marcar la diferencia entre seguir atrapado/a en el ciclo de espera o comenzar a construir una vida libre de violencia.
Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Derecho Penal. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.