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Cuando un juez o tribunal se enfrenta a la tarea de valorar qué criterios usa un tribunal para valorar la credibilidad del testimonio en una acusación por agresión sexual, se adentra en uno de los territorios más complejos del derecho penal. He visto el dolor en los ojos de víctimas que sienten que no les creen, y también la desesperación de personas falsamente acusadas. Ambas situaciones representan un fracaso de nuestro sistema judicial que, como abogado especializado, me comprometo a combatir. En este artículo, te explicaré detalladamente los criterios que utilizan los tribunales para valorar estos testimonios, tanto si buscas justicia como víctima o si necesitas defender tu inocencia.

Los criterios fundamentales para valorar la credibilidad del testimonio en casos de agresión sexual

Los tribunales españoles han desarrollado a lo largo de décadas una metodología específica para evaluar la credibilidad de los testimonios en delitos contra la libertad sexual. Esta metodología se ha ido perfeccionando a través de numerosas sentencias del Tribunal Supremo, especialmente relevantes en un tipo de delito donde frecuentemente nos encontramos ante la palabra de la víctima contra la del acusado.

En mi experiencia como abogado penalista especializado en delitos sexuales, he observado que los jueces aplican principalmente tres criterios fundamentales, conocidos como parámetros de credibilidad, establecidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo:

  • Ausencia de incredibilidad subjetiva: análisis de posibles motivos espurios
  • Verosimilitud del testimonio: coherencia interna y externa
  • Persistencia en la incriminación: mantenimiento del relato a lo largo del tiempo

Estos criterios no son simples formalidades, sino verdaderas garantías procesales que protegen tanto a las víctimas como a los acusados. Veamos cada uno en detalle.

Ausencia de incredibilidad subjetiva

Este primer criterio examina si existen razones personales que pudieran motivar una denuncia falsa. El tribunal analiza la relación previa entre denunciante y denunciado buscando posibles motivaciones espurias como venganza, resentimiento, enemistad, interés económico u otros móviles que pudieran comprometer la objetividad del testimonio.

Por ejemplo, en un caso reciente que defendí, el tribunal valoró especialmente la existencia de un conflicto previo por la custodia de los hijos comunes entre mi cliente y su ex pareja. Aunque esto no invalidó automáticamente la denuncia, sí llevó al tribunal a examinar con mayor cautela el resto de pruebas disponibles.

La STS 119/2019, de 6 de marzo, establece claramente que «la existencia de relaciones previas conflictivas entre denunciante y denunciado no presupone automáticamente la falsedad de la declaración, pero obliga a un análisis más riguroso del conjunto probatorio».

Verosimilitud del testimonio

El segundo parámetro evalúa si el relato de los hechos resulta lógico, coherente y creíble. Los tribunales valoran:

  • La coherencia interna del relato (que no contenga contradicciones significativas)
  • La coherencia externa (que sea compatible con otros elementos probatorios)
  • La riqueza de detalles periféricos no esenciales

¿Quieres saber por qué este último punto es tan importante? Los relatos fabricados suelen centrarse en los elementos centrales del delito, mientras que las experiencias realmente vividas incluyen detalles aparentemente irrelevantes (olores, sensaciones, comentarios exactos) que difícilmente podrían ser inventados.

La jurisprudencia, como la STS 282/2018, de 13 de junio, señala que «la declaración ha de ser coherente, es decir, no contradictoria ni consigo misma ni con la lógica de lo acontecido».

Persistencia en la incriminación

Este tercer criterio examina si el testimonio se ha mantenido sustancialmente invariable a lo largo del procedimiento. Los tribunales valoran:

  • La constancia material en las diversas declaraciones (instrucción, juicio oral)
  • La concreción en el relato sin ambigüedades o generalidades
  • La ausencia de contradicciones en los aspectos esenciales

Es importante aclarar que pequeñas variaciones en detalles secundarios no restan credibilidad, sino que pueden incluso reforzarla. Como establece la STS 785/2017, de 30 de noviembre: «La persistencia no exige una reproducción mimética o literal de las declaraciones, sino mantener la identidad sustancial de los hechos narrados».

La evolución jurisprudencial en la valoración del testimonio de la víctima de agresión sexual

Los criterios que usa un tribunal para valorar la credibilidad del testimonio en una acusación por agresión sexual han experimentado una notable evolución en las últimas décadas. El Tribunal Supremo ha matizado progresivamente su aplicación para adaptarlos a la realidad de estos delitos y al conocimiento científico sobre la psicología del testimonio.

Aquí viene lo que nadie te cuenta: estos criterios no son requisitos acumulativos ni condiciones sine qua non. La jurisprudencia más reciente (como la STS 282/2018) ha establecido que son parámetros orientativos que deben aplicarse con flexibilidad, atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso.

La evolución jurisprudencial ha llevado a considerar aspectos como:

  • El impacto del trauma en la capacidad de narración
  • Los efectos de la victimización secundaria en el proceso judicial
  • La comprensión de las reacciones aparentemente ilógicas de las víctimas

Desde mi experiencia en casos de delitos sexuales, suelo recomendar que tanto acusación como defensa comprendan esta evolución jurisprudencial, pues permite contextualizar adecuadamente cómo valoran los tribunales actuales estos testimonios.

El papel de las pruebas periciales en la valoración de la credibilidad del testimonio

Cuando un tribunal evalúa qué criterios usa para valorar la credibilidad del testimonio en una acusación por agresión sexual, las pruebas periciales juegan un papel fundamental. Estas pruebas pueden ser determinantes tanto para corroborar como para cuestionar la versión de la denunciante.

Informes psicológicos sobre credibilidad del testimonio

Los tribunales suelen solicitar informes periciales psicológicos que evalúan la credibilidad del testimonio mediante técnicas como:

  • El Sistema de Evaluación Global (SEG)
  • El Análisis de Validez de las Declaraciones (SVA)
  • El Análisis del Contenido Basado en Criterios (CBCA)

Estos métodos analizan científicamente el contenido de las declaraciones buscando indicadores de credibilidad como la estructura lógica, la producción no estructurada, la cantidad de detalles o las complicaciones inesperadas durante el incidente.

Es crucial entender que estos informes no determinan si los hechos ocurrieron o no, sino que evalúan si el relato presenta características típicas de declaraciones veraces. Como establece la STS 688/2020, de 14 de diciembre: «Los informes sobre credibilidad del testimonio constituyen un elemento más de prueba, sometido a la libre valoración judicial».

Informes médico-forenses

Los informes médico-forenses pueden aportar evidencia física relevante, aunque su ausencia no invalida automáticamente la denuncia. Los tribunales valoran:

  • La presencia o ausencia de lesiones y su compatibilidad con el relato
  • La existencia de restos biológicos (ADN, fluidos)
  • El estado psicológico de la víctima (estrés postraumático u otras secuelas)

Veamos por qué este detalle marca la diferencia: muchas agresiones sexuales no dejan lesiones físicas evidentes, especialmente cuando media intimidación más que violencia física. Los tribunales son cada vez más conscientes de esta realidad, como refleja la STS 344/2019, de 4 de julio: «La ausencia de lesiones físicas no desacredita per se la declaración de la víctima, especialmente cuando la agresión se ha producido mediante intimidación».

¿Estás implicado en un procedimiento por agresión sexual? Esto es lo que debes saber sobre la valoración del testimonio

Si te encuentras involucrado en un procedimiento judicial por agresión sexual, ya sea como denunciante o como acusado, es fundamental que comprendas cómo los tribunales valoran la credibilidad de los testimonios en estos casos.

Para las víctimas de agresión sexual

Si has sido víctima, debes saber que:

  • Tu testimonio puede constituir prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, incluso sin otras pruebas corroborativas, siempre que cumpla con los criterios de credibilidad
  • Es normal que existan lagunas o imprecisiones en tu relato debido al trauma, y los tribunales cada vez son más conscientes de ello
  • Tienes derecho a declarar sin confrontación visual con el acusado (art. 707 LECrim)
  • Es recomendable documentar cualquier comunicación posterior con el agresor que pueda corroborar tu versión

Como abogado especializado en delitos sexuales, considero que las víctimas deben ser informadas de que el proceso judicial puede ser largo y emocionalmente exigente, pero que existen mecanismos para proteger sus derechos y dignidad durante todo el procedimiento.

Para los acusados de agresión sexual

Si has sido acusado, es importante que sepas:

  • La presunción de inocencia te ampara durante todo el procedimiento (art. 24.2 CE)
  • Tienes derecho a cuestionar la credibilidad del testimonio de la denunciante mediante contradicciones, incoherencias o motivos espurios
  • Es crucial aportar pruebas que puedan corroborar tu versión (mensajes, testigos, ubicaciones)
  • La defensa debe centrarse en aspectos objetivos, evitando estrategias basadas en estereotipos o prejuicios que suelen volverse contra el acusado

Cuando una persona llega al despacho tras haber sido denunciada por agresión sexual, lo primero que explicamos es la importancia de construir una defensa técnica basada en hechos objetivos y no en ataques personales a la denunciante, estrategia que suele resultar contraproducente.

Factores que influyen en la valoración judicial de la credibilidad en casos de agresión sexual

Además de los criterios jurisprudenciales clásicos, existen otros factores que los tribunales consideran al valorar qué criterios usa un tribunal para valorar la credibilidad del testimonio en una acusación por agresión sexual:

La inmediatez de la denuncia

Aunque no es determinante, los tribunales suelen valorar positivamente que la denuncia se interponga con prontitud tras los hechos. Sin embargo, la jurisprudencia reciente reconoce que existen múltiples razones legítimas para el retraso en la denuncia:

  • El miedo al agresor o a no ser creída
  • La vergüenza o estigma social
  • El shock traumático que dificulta la reacción inmediata
  • La dependencia económica o emocional del agresor

La STS 119/2019 establece claramente que «el retraso en denunciar no resta credibilidad cuando existe una explicación razonable para ello, especialmente en delitos que afectan a la esfera más íntima de la persona».

El comportamiento posterior de la víctima

Los tribunales han evolucionado significativamente en la valoración del comportamiento posterior de la víctima. Conductas que tradicionalmente se consideraban «incompatibles» con haber sufrido una agresión sexual (como mantener contacto con el agresor) ya no restan automáticamente credibilidad.

La jurisprudencia actual reconoce que las víctimas pueden:

  • Mantener contacto con el agresor por diversos motivos (dependencia, miedo, normalización)
  • No mostrar signos externos de afectación evidentes
  • Continuar con su vida cotidiana como mecanismo de afrontamiento

La STS 247/2018, de 24 de mayo, señala que «no existe un patrón único de comportamiento que deba exigirse a las víctimas de agresiones sexuales, por lo que conductas aparentemente contradictorias pueden explicarse por las circunstancias personales y el impacto psicológico del delito».

La corroboración periférica del testimonio en casos de agresión sexual

Aunque el testimonio de la víctima puede constituir prueba de cargo suficiente, los tribunales valoran especialmente la existencia de elementos que corroboren periféricamente su relato. Estos elementos no tienen que confirmar directamente la agresión, sino aspectos circunstanciales que refuercen la credibilidad general.

Los principales elementos de corroboración periférica incluyen:

  • Testimonios de terceros que hayan observado:
    • El estado emocional de la víctima tras los hechos
    • Comentarios o confidencias realizadas por la víctima
    • Cambios conductuales significativos
  • Pruebas documentales como:
    • Mensajes o comunicaciones entre víctima y agresor
    • Registros de geolocalización que confirmen coincidencia espacio-temporal
    • Grabaciones de cámaras de seguridad
  • Informes médicos o psicológicos que documenten:
    • Lesiones físicas compatibles con el relato
    • Sintomatología psicológica congruente con experiencia traumática
    • Tratamientos recibidos tras los hechos

La jurisprudencia del Tribunal Supremo, como la STS 282/2018, establece que «la corroboración periférica no tiene que referirse al núcleo de la agresión, sino a circunstancias que refuercen la credibilidad general del testimonio».

El impacto del trauma en la valoración del testimonio de víctimas de agresión sexual

Uno de los avances más significativos en la valoración judicial de qué criterios usa un tribunal para valorar la credibilidad del testimonio en una acusación por agresión sexual ha sido la incorporación del conocimiento científico sobre el impacto del trauma en la memoria y el relato de las víctimas.

Los tribunales cada vez son más conscientes de que el trauma puede afectar a:

  • La codificación fragmentada de la memoria traumática
  • La dificultad para establecer secuencias temporales precisas
  • La hipermnesia de ciertos detalles y la amnesia de otros
  • La disociación como mecanismo de defensa psicológica

La STS 119/2019 reconoce que «las inconsistencias en aspectos periféricos del relato, lejos de restar credibilidad, pueden ser consecuencia del impacto traumático y de los mecanismos normales de funcionamiento de la memoria humana ante eventos estresantes».

En mi opinión como abogado penalista experto en delitos sexuales, lo más importante al inicio es explicar tanto a víctimas como a acusados que los tribunales están incorporando progresivamente esta comprensión del trauma en su valoración, lo que supone un avance significativo en términos de justicia.

La valoración de las contradicciones en el testimonio de agresión sexual

Un aspecto crucial en la evaluación que realizan los tribunales sobre qué criterios usan para valorar la credibilidad del testimonio en una acusación por agresión sexual es el análisis de las posibles contradicciones en el relato de la víctima.

Los tribunales distinguen entre:

  • Contradicciones nucleares: afectan a elementos esenciales del delito (si hubo o no consentimiento, la identidad del agresor, etc.)
  • Contradicciones periféricas: se refieren a detalles secundarios (color de la ropa, hora exacta, orden de ciertos acontecimientos)

La jurisprudencia actual, como la STS 282/2018, establece que «las contradicciones en aspectos periféricos no restan necesariamente credibilidad al testimonio, especialmente cuando existe una explicación razonable para ellas o cuando afectan a detalles no esenciales».

Esta distinción es fundamental, pues permite a los tribunales valorar adecuadamente testimonios que, pese a presentar algunas imprecisiones o variaciones menores, mantienen la coherencia en los aspectos fundamentales del relato.

La interpretación de las contradicciones

Los tribunales no solo identifican las contradicciones, sino que analizan su posible origen:

  • Contradicciones debidas al paso del tiempo entre los hechos y las declaraciones
  • Contradicciones derivadas del impacto traumático en la memoria
  • Contradicciones causadas por la presión del entorno judicial
  • Contradicciones que sugieren falta de veracidad en el relato básico

Solo estas últimas suelen tener un impacto significativo en la valoración negativa de la credibilidad del testimonio.

La perspectiva de género en la valoración judicial del testimonio en casos de agresión sexual

La incorporación de la perspectiva de género en la valoración de qué criterios usa un tribunal para valorar la credibilidad del testimonio en una acusación por agresión sexual ha supuesto un cambio paradigmático en la jurisprudencia española.

El Tribunal Supremo, en sentencias como la STS 247/2018 o la STS 119/2019, ha establecido que aplicar la perspectiva de género implica:

  • Evitar estereotipos y prejuicios sobre el comportamiento «esperado» de las víctimas
  • Comprender las dinámicas de poder y control en las relaciones de género
  • Reconocer el impacto diferencial de la violencia sexual en las mujeres
  • Valorar el contexto de intimidación ambiental que puede no ser evidente en una primera aproximación

Esto no implica, en ningún caso, una merma de las garantías procesales del acusado ni una inversión de la carga de la prueba, sino una valoración más informada y libre de sesgos de la prueba disponible.

La LO 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, ha reforzado este enfoque al establecer en su artículo 45 que «la valoración de la prueba en los procedimientos tramitados por violencia sexual se realizará con perspectiva de género».

Conclusiones sobre los criterios judiciales de valoración del testimonio en agresiones sexuales

A lo largo de este artículo hemos analizado en profundidad qué criterios usa un tribunal para valorar la credibilidad del testimonio en una acusación por agresión sexual. Desde los parámetros clásicos jurisprudenciales hasta la incorporación de conocimientos científicos sobre el trauma y la perspectiva de género, los tribunales han evolucionado significativamente en su aproximación a estos delitos.

Es fundamental comprender que:

  • Los criterios de ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia siguen siendo relevantes, pero se aplican con mayor flexibilidad
  • El testimonio de la víctima puede constituir prueba de cargo suficiente cuando cumple con los parámetros de credibilidad
  • Las contradicciones periféricas no restan necesariamente credibilidad cuando existe una explicación razonable para ellas
  • La corroboración periférica refuerza significativamente la credibilidad del testimonio
  • La comprensión del impacto del trauma y la aplicación de la perspectiva de género han enriquecido la valoración judicial

En AbogadoPenal.Madrid, bajo mi dirección, ofrecemos asesoramiento especializado tanto a víctimas como a personas acusadas de delitos contra la libertad sexual. Nuestro enfoque se basa en un profundo conocimiento de los criterios judiciales de valoración del testimonio y en una defensa técnica rigurosa de los derechos de nuestros clientes.

Acompañamos a nuestros clientes desde la primera declaración, preparando minuciosamente cada fase del procedimiento, analizando las pruebas disponibles y desarrollando la estrategia más adecuada para cada caso concreto. Nuestro objetivo es garantizar que, ya sea desde la acusación o la defensa, se realice una valoración justa y conforme a derecho de todos los elementos probatorios.

Preguntas frecuentes sobre la valoración del testimonio en casos de agresión sexual

¿Puede una condena basarse únicamente en el testimonio de la víctima de agresión sexual?

Sí, el Tribunal Supremo ha establecido reiteradamente que el testimonio de la víctima puede constituir prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia, incluso sin otras pruebas corroborativas, siempre que cumpla con los criterios de credibilidad (ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia). No obstante, la existencia de elementos de corroboración periférica refuerza significativamente la solidez de la condena.

¿Qué criterios usa un tribunal para valorar la credibilidad cuando la víctima tardó meses en denunciar la agresión sexual?

Los tribunales actuales comprenden que existen múltiples razones legítimas para el retraso en la denuncia, como el miedo, la vergüenza, el shock traumático o la dependencia del agresor. El retraso en denunciar no resta automáticamente credibilidad cuando existe una explicación razonable para ello. Los tribunales valorarán especialmente la coherencia del relato, la existencia de posibles testigos de referencia a quienes la víctima hubiera revelado los hechos antes de la denuncia formal, y cualquier otra corroboración periférica disponible.

Como acusado de agresión sexual, ¿qué elementos pueden cuestionar la credibilidad del testimonio en mi contra?

Desde la perspectiva de la defensa, los elementos que pueden cuestionar la credibilidad del testimonio incluyen: contradicciones significativas en aspectos nucleares del relato, la existencia de motivos espurios demostrables (venganza, interés económico), la incompatibilidad del relato con pruebas objetivas (como grabaciones o geolocalización), o testimonios de terceros que contradigan aspectos esenciales de la acusación. Es fundamental que la estrategia de defensa se centre en aspectos objetivos y evite recurrir a estereotipos o prejuicios sobre el comportamiento «esperado» de las víctimas, pues este enfoque suele resultar contraproducente ante los tribunales actuales.