Cuando me enfrento a consultas sobre si se puede solicitar una medida cautelar contra la víctima cuando existe una denuncia falsa por delito sexual, percibo inmediatamente la angustia y desesperación en los ojos de quien me consulta. La acusación de un delito sexual, especialmente cuando se considera falsa, puede destrozar vidas, reputaciones y relaciones familiares en cuestión de días. Como abogado especializado en delitos contra la libertad sexual, he visto cómo estas situaciones pueden convertirse en auténticas pesadillas jurídicas para los acusados injustamente.
La realidad de las denuncias falsas por delitos sexuales y las medidas de protección
Las denuncias por delitos sexuales tienen un tratamiento especial en nuestro ordenamiento jurídico. Cuando se presenta una denuncia por agresión o abuso sexual, el sistema judicial activa inmediatamente una serie de protocolos de protección hacia la presunta víctima. Esto incluye posibles órdenes de alejamiento, prohibición de comunicación e incluso medidas más severas como la prisión provisional para el acusado.
Sin embargo, ¿qué ocurre cuando existen indicios razonables de que la denuncia podría ser falsa? ¿Es posible solicitar medidas cautelares contra quien denuncia falsamente? Esta pregunta me la plantean frecuentemente en mi despacho, y la respuesta requiere analizar varios aspectos legales fundamentales.
En primer lugar, debemos entender que nuestro sistema judicial parte de un principio básico: la presunción de veracidad de la víctima en casos de delitos sexuales. Esto no significa que se dé por hecho la culpabilidad del acusado, sino que se otorga credibilidad inicial al testimonio de quien denuncia para activar los mecanismos de protección.
Fundamentos legales para solicitar medidas cautelares frente a denuncias falsas de delitos sexuales
Cuando existe la sospecha de estar ante una denuncia falsa por delito sexual, el ordenamiento jurídico español ofrece varias vías de defensa. El Código Penal tipifica expresamente la acusación y denuncia falsa en su artículo 456, que establece penas de prisión de seis meses a dos años y multa cuando se imputan falsamente delitos graves como los de naturaleza sexual.
Para poder solicitar medidas cautelares contra quien ha presentado una denuncia presuntamente falsa, es necesario seguir un procedimiento específico:
- Presentar una denuncia o querella por acusación falsa (art. 456 CP) o por delito de calumnias (art. 205 CP).
- Aportar indicios sólidos que sustenten la falsedad de la acusación.
- Solicitar expresamente las medidas cautelares al juzgado, justificando su necesidad y proporcionalidad.
Desde mi experiencia como abogado penalista especializado en delitos sexuales, considero fundamental actuar con extrema cautela en estos casos. Presentar una denuncia por acusación falsa sin suficientes indicios puede agravar la situación del acusado original y ser interpretado como una estrategia de presión hacia la víctima.
Requisitos para que prospere una solicitud de medidas cautelares contra el denunciante
Para que un juez considere la posibilidad de imponer medidas cautelares contra quien ha presentado una denuncia por delito sexual, deben cumplirse varios requisitos esenciales:
- Fumus boni iuris (apariencia de buen derecho): Deben existir indicios claros y objetivos de la falsedad de la denuncia, no meras sospechas.
- Periculum in mora (peligro por la demora): Debe justificarse que, de no adoptarse las medidas, podrían producirse daños irreparables para el acusado.
- Proporcionalidad: Las medidas solicitadas deben ser adecuadas y no excesivas en relación con el fin perseguido.
- Caución: En algunos casos, puede ser necesario prestar una garantía económica.
Estos requisitos son evaluados rigurosamente por los tribunales, que mantienen una postura especialmente cautelosa cuando se trata de imponer restricciones a quien inicialmente se ha presentado como víctima de un delito sexual.
¿Es posible obtener protección legal cuando se es víctima de una denuncia falsa por delito sexual?
La respuesta es afirmativa, aunque con importantes matices. El ordenamiento jurídico español contempla mecanismos de protección para quienes son acusados falsamente, pero estos operan de manera diferente a las medidas inmediatas que se activan para proteger a las víctimas de delitos sexuales.
Cuando existen elementos objetivos que apuntan a la falsedad de una denuncia por delito sexual, es posible solicitar:
- Medidas cautelares civiles: Orientadas principalmente a prevenir daños a la reputación y el honor.
- Medidas cautelares penales: En el marco de un procedimiento por denuncia falsa o calumnias.
- Medidas de protección específicas: En casos donde exista riesgo para la integridad del falsamente acusado.
Veamos un caso real (con nombres ficticios) que atendí en mi despacho: Carlos fue denunciado por su expareja Marta por un supuesto delito de agresión sexual. Inmediatamente se dictó una orden de alejamiento contra él y fue suspendido temporalmente de su trabajo como profesor. Sin embargo, durante la instrucción aparecieron mensajes y testigos que demostraban que Marta había amenazado previamente con «hundirle la vida» si no le daba una compensación económica tras la ruptura. Además, se comprobó que el día de los supuestos hechos, Carlos estaba en otra ciudad, lo que podía demostrarse mediante tickets de compra, cámaras de seguridad y testigos.
En este caso, pudimos solicitar medidas cautelares contra Marta en el marco de una querella por denuncia falsa, consiguiendo que el juez impusiera una prohibición de comunicación que evitó que siguiera difundiendo falsedades sobre Carlos en su entorno laboral y social.
Tipos de medidas cautelares que pueden solicitarse frente al denunciante falso
Cuando se demuestra que existe una base sólida para considerar que estamos ante una denuncia falsa por delito sexual, pueden solicitarse diversas medidas cautelares:
- Prohibición de aproximación al falsamente acusado y a su domicilio, lugar de trabajo u otros lugares frecuentados.
- Prohibición de comunicación por cualquier medio.
- Prohibición de difundir información sobre el caso o realizar manifestaciones públicas sobre el acusado.
- Medidas cautelares patrimoniales, como el embargo preventivo para asegurar posibles responsabilidades civiles.
- En casos extremos, aunque muy excepcionales, detención o prisión provisional del denunciante falso.
Procedimiento para solicitar protección legal cuando existe una denuncia falsa por delito sexual
El camino procesal para obtener protección frente a una denuncia falsa por delito sexual requiere una estrategia jurídica cuidadosamente planificada. Como abogado especializado en estos casos, siempre recomiendo seguir estos pasos:
- Recopilación exhaustiva de pruebas que demuestren la falsedad de la acusación: coartadas, contradicciones en la declaración del denunciante, testigos, mensajes, etc.
- Presentación de querella por denuncia falsa (art. 456 CP) y/o calumnias (art. 205 CP).
- Solicitud expresa de medidas cautelares en el mismo escrito de querella, justificando detalladamente cada uno de los requisitos legales.
- Petición de comparecencia para la adopción de medidas cautelares (art. 544 ter LECrim).
- En casos urgentes, solicitud de medidas cautelares inaudita parte (sin audiencia previa de la otra parte).
Es importante destacar que, en la práctica judicial española, los tribunales son especialmente cautelosos al valorar estas solicitudes, ya que existe una preocupación legítima por no desincentivar la denuncia de auténticos delitos sexuales.
La importancia de la prueba en casos de denuncias falsas por delitos sexuales
El elemento probatorio es absolutamente crucial cuando se pretende demostrar la falsedad de una denuncia por delito sexual y, consecuentemente, solicitar medidas cautelares contra el denunciante. Las pruebas más relevantes suelen ser:
- Pruebas documentales: Mensajes, correos electrónicos, publicaciones en redes sociales que contradigan la versión de la denuncia o demuestren motivaciones espurias.
- Pruebas testificales: Declaraciones de personas que puedan corroborar la falsedad de los hechos denunciados o proporcionar una coartada.
- Pruebas periciales: Informes médicos, psicológicos o forenses que contradigan la versión de la denuncia.
- Pruebas tecnológicas: Geolocalización, registros de acceso a edificios, cámaras de seguridad, etc.
- Contradicciones e inverosimilitudes en la declaración del denunciante.
¿Estás implicado en un procedimiento por una denuncia falsa de delito sexual? Esto es lo que debes saber
Si te encuentras en la difícil situación de enfrentar una acusación falsa por delito sexual, es fundamental que comprendas varios aspectos clave:
- No actúes por impulso. Cualquier contacto con la persona denunciante podría interpretarse como una forma de presión o intimidación.
- Documenta todo. Conserva cualquier mensaje, correo o documento que pueda servir para demostrar la falsedad de la acusación.
- Busca testigos que puedan corroborar tu versión o proporcionar una coartada.
- Mantén un diario detallado de todos los acontecimientos relacionados con el caso.
- Consulta inmediatamente con un abogado especializado en delitos sexuales antes de tomar cualquier decisión.
Recuerda que, aunque te sientas injustamente tratado, el sistema judicial necesita tiempo para funcionar correctamente. Las decisiones precipitadas pueden complicar tu situación.
El impacto psicológico y social de las denuncias falsas por delitos sexuales
No podemos ignorar el devastador impacto que una denuncia falsa por delito sexual puede tener en la vida de una persona. Los efectos suelen manifestarse en múltiples ámbitos:
- Ámbito personal: Ansiedad, depresión, estrés postraumático, ideas suicidas.
- Ámbito familiar: Ruptura de relaciones, alejamiento de hijos, desconfianza.
- Ámbito social: Estigmatización, pérdida de amistades, aislamiento.
- Ámbito laboral: Pérdida del empleo, dificultades para encontrar trabajo, daño reputacional.
- Ámbito económico: Gastos legales, posible pérdida de ingresos, indemnizaciones.
Por ello, la posibilidad de solicitar medidas cautelares contra quien ha presentado una denuncia falsa no solo tiene una dimensión jurídica, sino también una importante función de protección psicosocial para el falsamente acusado.
El delito de denuncia falsa en el contexto de los delitos sexuales
El Código Penal español tipifica específicamente el delito de acusación y denuncia falsa en su artículo 456. Este precepto establece penas que varían según la gravedad del delito falsamente imputado:
- Si se imputa un delito grave (como suelen ser los delitos sexuales): prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses.
- Si se imputa un delito menos grave: multa de 12 a 24 meses.
- Si se imputa una falta: multa de 3 a 6 meses.
Para que se considere cometido este delito, deben cumplirse varios requisitos:
- Que se imputen hechos que, de ser ciertos, constituirían un delito o falta.
- Que la imputación se haga ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación.
- Que la imputación sea falsa, es decir, que los hechos no se hayan producido o que no hayan sido cometidos por la persona a quien se imputan.
- Que exista conocimiento de la falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
Es importante destacar que, según establece el propio artículo 456.2 CP, no podrá procederse contra el denunciante sino tras sentencia firme o auto firme de sobreseimiento o archivo del juez o tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Esto significa que, en la práctica, primero debe resolverse el procedimiento por el supuesto delito sexual antes de poder proceder por denuncia falsa.
Diferencia entre denuncia falsa y falta de pruebas suficientes
Un aspecto crucial que debe entenderse es la diferencia entre una denuncia falsa y una denuncia que simplemente no ha podido probarse suficientemente. Nuestro sistema judicial distingue claramente entre:
- Denuncia falsa: Aquella en la que se imputan hechos que se sabe que no son ciertos, con intención de perjudicar al denunciado.
- Denuncia no probada: Aquella en la que los hechos denunciados podrían haber ocurrido, pero no se ha conseguido reunir pruebas suficientes para acreditarlos más allá de toda duda razonable.
Esta distinción es fundamental, ya que el mero hecho de que una denuncia por delito sexual sea archivada o termine en absolución no significa automáticamente que sea falsa. Para poder solicitar medidas cautelares contra el denunciante, es necesario aportar indicios claros de la falsedad deliberada, no simplemente de la falta de pruebas.
Estrategias legales para protegerse de una denuncia falsa por delito sexual
Cuando un cliente acude a mi despacho enfrentando una acusación que considera falsa por un delito sexual, desarrollamos una estrategia legal integral que incluye varias líneas de actuación:
- Defensa activa en el procedimiento principal: Recopilando pruebas, presentando testigos y construyendo una defensa sólida frente a la acusación de delito sexual.
- Documentación de indicios de falsedad: Reuniendo evidencias que apunten no solo a la inocencia del acusado, sino específicamente a la falsedad deliberada de la denuncia.
- Solicitud de diligencias de investigación que puedan revelar la falsedad de la denuncia: análisis de comunicaciones, investigación de posibles motivaciones espurias, etc.
- Preparación de querella por denuncia falsa: Para presentarla en el momento procesal oportuno.
- Solicitud de medidas cautelares cuando existan indicios suficientes de falsedad y riesgo para el acusado.
En algunos casos, también es recomendable iniciar acciones civiles paralelas para proteger el honor y la reputación del falsamente acusado, especialmente cuando la falsa denuncia ha tenido repercusión pública o ha afectado gravemente a su entorno personal o profesional.
Casos en los que es más probable obtener medidas cautelares contra el denunciante
Aunque cada caso es único, la experiencia demuestra que existen situaciones en las que los tribunales son más proclives a considerar la imposición de medidas cautelares contra quien ha presentado una denuncia por delito sexual:
- Cuando existen pruebas documentales inequívocas de la falsedad (por ejemplo, mensajes donde se amenaza con presentar una denuncia falsa).
- Cuando se demuestra una coartada irrefutable para el momento de los supuestos hechos.
- Cuando hay antecedentes de denuncias similares por parte del mismo denunciante que fueron archivadas o resultaron en absolución.
- Cuando se evidencia una motivación clara para la denuncia falsa (venganza, beneficio económico, ventaja en procesos de custodia, etc.).
- Cuando el denunciante continúa realizando acciones de acoso o difamación contra el acusado durante el procedimiento.
Medidas cautelares específicas que pueden solicitarse en casos de denuncias falsas por delitos sexuales
Las medidas cautelares que pueden solicitarse contra quien ha presentado una denuncia falsa por delito sexual varían según las circunstancias específicas del caso. Las más habituales son:
- Orden de alejamiento: Prohibición de aproximarse al falsamente acusado a una determinada distancia.
- Prohibición de comunicación: Impedimento para contactar con el falsamente acusado por cualquier medio.
- Prohibición de difusión: Restricción para hacer manifestaciones públicas sobre el caso o difundir información que pueda perjudicar al acusado.
- Retirada de custodia o régimen de visitas: En casos donde la denuncia falsa se enmarca en un conflicto familiar.
- Embargo preventivo: Para asegurar posibles responsabilidades civiles derivadas de la denuncia falsa.
En casos extremadamente graves, aunque es excepcional, podría solicitarse incluso la detención o prisión provisional del denunciante falso, especialmente si existe riesgo de reiteración delictiva o de destrucción de pruebas.
El papel de la prueba pericial psicológica en casos de denuncias falsas
Un elemento que ha cobrado especial relevancia en los últimos años es la prueba pericial psicológica, tanto para evaluar la credibilidad del testimonio de la supuesta víctima como para determinar posibles motivaciones para una denuncia falsa.
Los informes periciales psicológicos pueden ser determinantes para:
- Analizar la credibilidad del relato de la supuesta víctima.
- Detectar indicadores de manipulación o fabulación.
- Evaluar posibles trastornos de personalidad que pudieran explicar una denuncia falsa.
- Determinar si existen motivaciones secundarias (venganza, beneficio económico, etc.).
- Valorar el impacto psicológico real en la supuesta víctima, que podría no corresponderse con lo esperable en casos de delitos sexuales genuinos.
Estos informes, realizados por profesionales cualificados e imparciales, pueden constituir una prueba de gran valor para fundamentar la solicitud de medidas cautelares contra quien ha presentado una denuncia falsa.
Consecuencias jurídicas para quien presenta una denuncia falsa por delito sexual
Las personas que presentan denuncias falsas por delitos sexuales pueden enfrentarse a diversas consecuencias legales:
- Responsabilidad penal: Por delito de acusación y denuncia falsa (art. 456 CP) o calumnias (art. 205 CP).
- Responsabilidad civil: Obligación de indemnizar por los daños morales, psicológicos y materiales causados.
- Costas procesales: Posible condena al pago de las costas del proceso.
- Medidas cautelares: Como las ya mencionadas anteriormente.
- Consecuencias en otros procedimientos: Especialmente en casos de disputas por custodia o régimen de visitas.
Es importante destacar que, en la práctica judicial española, las condenas por denuncias falsas en el ámbito de los delitos sexuales son relativamente poco frecuentes. Esto se debe, en parte, a la dificultad de probar la falsedad deliberada más allá de toda duda razonable y, en parte, a una cierta reticencia del sistema a penalizar a quienes se presentan como víctimas, por el temor a desincentivar denuncias legítimas.
Jurisprudencia relevante sobre denuncias falsas y medidas cautelares
La jurisprudencia española ha ido estableciendo criterios para valorar cuándo estamos ante una denuncia falsa y cuándo procede adoptar medidas cautelares contra el denunciante. Algunos de los criterios más relevantes son:
- La falsedad debe ser objetiva y manifiesta, no bastando meras inconsistencias o contradicciones menores.
- Debe existir un elemento subjetivo: conocimiento de la falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
- Las medidas cautelares deben ser proporcionales al riesgo existente y a la gravedad de la conducta.
- Debe respetarse el principio de intervención mínima del derecho penal.
- Es necesario valorar el contexto global en que se produce la denuncia, especialmente en casos de conflictos familiares o de pareja.
El equilibrio entre la protección de las víctimas y el derecho a la defensa frente a denuncias falsas
Uno de los mayores desafíos de nuestro sistema judicial es encontrar el equilibrio adecuado entre dos objetivos igualmente legítimos: proteger eficazmente a las verdaderas víctimas de delitos sexuales y garantizar el derecho a la defensa de quienes son acusados falsamente.
Este equilibrio se busca a través de diversos mecanismos:
- Presunción de inocencia como derecho fundamental del acusado.
- Valoración cuidadosa de la credibilidad del testimonio de la víctima.
- Exigencia de corroboración periférica del testimonio cuando sea posible.
- Adopción proporcionada de medidas cautelares en ambas direcciones.
- Protección de la intimidad tanto de la presunta víctima como del acusado durante el procedimiento.
En mi opinión como abogado penalista experto en delitos sexuales, este equilibrio es esencial para mantener la legitimidad y eficacia del sistema de justicia penal. Un sistema que no protege adecuadamente a las víctimas pierde credibilidad, pero uno que no garantiza los derechos de los acusados pierde legitimidad.
Reformas legales recientes y su impacto en casos de denuncias falsas
Las recientes reformas en materia de delitos sexuales, especialmente la conocida como «ley del solo sí es sí» (Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual), han modificado sustancialmente el tratamiento jurídico de estos delitos. Estas reformas tienen implicaciones importantes para los casos de denuncias falsas:
- Se ha reforzado la protección de las víctimas, lo que puede hacer más compleja la defensa frente a denuncias falsas.
- Se han ampliado las conductas tipificadas como delitos sexuales, lo que aumenta el ámbito potencial de las denuncias falsas.
- Se ha modificado el enfoque probatorio, con mayor énfasis en el consentimiento expreso.
- Se han incrementado las medidas de protección para las víctimas desde las primeras fases del procedimiento.
Estas reformas, aunque necesarias para mejorar la protección de las víctimas reales, plantean nuevos desafíos para quienes deben defenderse de acusaciones falsas y para los abogados que los representan.
Recomendaciones prácticas para quien enfrenta una denuncia falsa por delito sexual
Si te encuentras en la difícil situación de enfrentar una denuncia que consideras falsa por un delito sexual, estas son mis recomendaciones como abogado especializado:
- Mantén la calma y actúa con prudencia. Las reacciones impulsivas pueden empeorar tu situación.
- Busca asesoramiento legal especializado inmediatamente. No todos los abogados tienen experiencia en este tipo específico de casos.
- Recopila y preserva todas las pruebas posibles: mensajes, correos, testigos, registros de ubicación, etc.
- No contactes con la persona denunciante bajo ninguna circunstancia, ni directa ni indirectamente.
- Prepárate para un proceso potencialmente largo. Estos casos suelen requerir tiempo para resolverse adecuadamente.
- Considera buscar apoyo psicológico. El impacto emocional de estas situaciones puede ser devastador.
- Documenta cualquier perjuicio que la falsa denuncia te esté causando (laboral, familiar, social, etc.).
- Evalúa cuidadosamente con tu abogado el momento adecuado para solicitar medidas cautelares o presentar una querella por denuncia falsa.
Recuerda que cada caso es único y requiere una estrategia personalizada. Lo que funcionó en un caso similar puede no ser adecuado para tu situación específica.
La importancia de la elección del abogado en casos de denuncias falsas por delitos sexuales
La elección del abogado adecuado es absolutamente crucial cuando te enfrentas a una denuncia falsa por delito sexual. Estos casos requieren conocimientos específicos y experiencia en varios ámbitos:
- Dominio del derecho penal sexual, incluyendo las reformas más recientes.
- Experiencia en la investigación de este tipo específico de casos.
- Conocimiento de los protocolos policiales y judiciales en materia de delitos sexuales.
- Capacidad para trabajar con peritos (psicólogos, médicos forenses, etc.).
- Habilidad para la preparación y práctica de la prueba en juicio.
- Sensibilidad para manejar la dimensión emocional de estos casos.
Un abogado con experiencia en este campo específico no solo conocerá mejor las estrategias más efectivas, sino que también podrá anticipar los movimientos de la acusación y preparar una defensa más sólida.
Cómo solicitar medidas cautelares cuando se es víctima de una denuncia falsa por delito sexual
El procedimiento para solicitar medidas cautelares contra quien ha presentado una denuncia falsa por delito sexual implica varios pasos técnicos:
- Presentación de querella por denuncia falsa (art. 456 CP) y/o calumnias (art. 205 CP), detallando los hechos y aportando los indicios de falsedad disponibles.
- Solicitud expresa de medidas cautelares en el mismo escrito de querella o en escrito separado.
- Fundamentación jurídica de la necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas solicitadas.
- Aportación de principio de prueba que sustente tanto la falsedad de la denuncia como la necesidad de las medidas.
- Petición de celebración de comparecencia para la adopción de medidas cautelares (art. 544 ter LECrim).
- En la comparecencia, exposición detallada de los argumentos y pruebas que justifican las medidas solicitadas.
Es importante tener en cuenta que, en muchos casos, los tribunales pueden ser reticentes a adoptar medidas cautelares contra quien inicialmente se ha presentado como víctima, por lo que la fundamentación debe ser especialmente sólida y convincente.
Plazos y consideraciones procesales importantes
En el ámbito procesal, existen varias consideraciones temporales que deben tenerse en cuenta:
- La querella por denuncia falsa no puede tramitarse plenamente hasta que haya concluido el procedimiento por el delito sexual inicialmente denunciado (art. 456.2 CP).
- Sin embargo, es posible presentar la querella y solicitar diligencias preliminares antes de que concluya dicho procedimiento.
- Las medidas cautelares pueden solicitarse en cualquier momento del procedimiento, aunque su adopción será más probable cuando existan indicios claros de la falsedad.
- Las medidas cautelares tienen carácter temporal y deben revisarse periódicamente.
- Existe la posibilidad de recurrir las decisiones sobre medidas cautelares, tanto si son denegatorias como si son estimatorias.
Estos plazos y consideraciones procesales hacen que la estrategia temporal sea un elemento crucial en la defensa frente a denuncias falsas por delitos sexuales.
Conclusión: Equilibrio entre protección y defensa en casos de denuncias por delitos sexuales
La cuestión de si se puede solicitar una medida cautelar contra la víctima cuando existe una denuncia falsa por delito sexual tiene una respuesta afirmativa, pero matizada. Nuestro ordenamiento jurídico prevé mecanismos para proteger a quienes son acusados falsamente, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares contra el denunciante cuando existen indicios claros de falsedad.
Sin embargo, estos mecanismos operan con cautelas especiales, precisamente para no desincentivar la denuncia de delitos sexuales reales, que siguen siendo, en muchos casos, infradenunciados. El sistema busca un equilibrio entre la protección de las verdaderas víctimas y la defensa de los falsamente acusados.
Como abogado especializado en delitos sexuales, he podido comprobar que cada caso requiere un análisis minucioso y una estrategia personalizada. No existen fórmulas mágicas ni soluciones universales. Lo que funciona en un caso puede ser contraproducente en otro.
Lo que sí puedo afirmar con rotundidad es que, tanto si eres víctima de un delito sexual como si te enfrentas a una acusación falsa, contar con asesoramiento legal especializado desde el primer momento es absolutamente crucial para proteger tus derechos y aumentar tus posibilidades de obtener justicia.
Cómo AbogadoPenal.Madrid te acompaña en casos de denuncias falsas por delitos sexuales
En AbogadoPenal.Madrid, bajo mi dirección como abogado especializado en delitos sexuales, ofrecemos un acompañamiento integral a quienes se enfrentan a denuncias falsas por delitos contra la libertad sexual.
Nuestro enfoque se basa en varios pilares fundamentales:
- Análisis exhaustivo del caso desde la primera consulta, evaluando la solidez de la acusación y las posibles vías de defensa.
- Estrategia personalizada adaptada a las circunstancias específicas de cada cliente y cada caso.
- Acompañamiento durante todo el proceso, desde la primera declaración hasta la sentencia o recurso.
- Recopilación activa de pruebas que puedan demostrar la falsedad de la acusación.
- Colaboración con peritos especializados (psicólogos, médicos forenses, informáticos, etc.) cuando sea necesario.
- Solicitud de medidas cautelares cuando existan indicios suficientes de falsedad y riesgo para nuestro cliente.
- Preparación minuciosa para el juicio oral, con especial atención a la práctica de la prueba.
- Apoyo emocional y orientación durante todo el procedimiento, conscientes del impacto que estas situaciones tienen en la vida de nuestros clientes.
Nuestra experiencia en este ámbito específico nos permite ofrecer una defensa rigurosa y efectiva, maximizando las posibilidades de un resultado favorable y minimizando el impacto personal, familiar y profesional de la falsa acusación.
Preguntas frecuentes sobre medidas cautelares en casos de denuncias falsas por delitos sexuales
¿Es posible solicitar una medida cautelar contra quien me ha denunciado falsamente por un delito sexual?
Sí, es posible solicitar medidas cautelares contra quien ha presentado una denuncia falsa por delito sexual, pero para ello es necesario presentar una querella por denuncia falsa o calumnias y aportar indicios sólidos de la falsedad de la acusación. Los tribunales evalúan estas solicitudes con especial cautela, exigiendo pruebas convincentes de la falsedad deliberada, no simplemente de la falta de pruebas de la
Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Derecho Penal. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.