¿Estás viviendo una situación de maltrato y no sabes cómo actuar? Descubre paso a paso todo el proceso para presentar una denuncia por violencia de género, conoce tus derechos y encuentra los recursos que necesitas para protegerte.
Introducción a la Violencia de Género en España
La violencia de género sigue siendo una de las lacras más dolorosas de nuestra sociedad. Cada año, miles de mujeres en España se enfrentan a situaciones de maltrato físico, psicológico, sexual o económico por parte de sus parejas o exparejas. Romper el ciclo de la violencia comienza con un paso valiente: la denuncia.
Este problema estructural afecta a mujeres de todas las edades, niveles socioeconómicos y procedencias. Las estadísticas son alarmantes: según datos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, en 2024 se presentaron más de 75.000 denuncias por violencia de género en España, y lo más preocupante es que muchos casos siguen sin denunciarse.
Debes saber que no estás sola. El sistema judicial, los servicios sociales y numerosas organizaciones están preparados para apoyarte en este difícil proceso. Este artículo te ofrece toda la información que necesitas para entender cómo denunciar a tu pareja por violencia de género, los recursos disponibles y los pasos a seguir para protegerte.
¿Te animas a dar el primer paso hacia tu libertad?
Comprendiendo las Distintas Formas de Violencia de Género para Denunciar Efectivamente
Antes de explicar el proceso de denuncia, es fundamental entender que la violencia de género puede manifestarse de múltiples formas, y todas ellas son denunciables. El primer paso para protegerte es identificar correctamente el tipo de maltrato que estás sufriendo.
Tipos de Violencia de Género que Pueden Ser Objeto de Denuncia
La legislación española, actualizada en el Código Penal de 2025, reconoce y penaliza diferentes manifestaciones de la violencia machista:
- Violencia física: Incluye cualquier acto que cause o pueda causar daño físico. Desde empujones y bofetadas hasta agresiones que pongan en peligro tu vida.
- Violencia psicológica: Contempla conductas como humillaciones, insultos, control obsesivo, aislamiento social, amenazas o cualquier comportamiento que atente contra tu autoestima y equilibrio emocional.
- Violencia sexual: Abarca desde la imposición de relaciones sexuales no consentidas hasta cualquier contacto sexual no deseado.
- Violencia económica: Se refiere al control abusivo de las finanzas, impedir el acceso a recursos económicos propios o familiares, o prohibir trabajar para generar dependencia.
- Violencia digital: Incorporada en las últimas reformas del Código Penal, incluye el ciberacoso, difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, o control a través de dispositivos electrónicos.
- Violencia vicaria: Ejercida sobre los hijos como instrumento para causar daño a la madre.
El artículo 173.2 del Código Penal Español (actualizado en 2025) establece penas de prisión de seis meses a tres años para quien «habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia».
Además, la reciente modificación del artículo 153.1 ha aumentado las penas para casos de violencia de género ocasional, estableciendo penas de prisión de uno a cuatro años cuando la agresión se produzca en presencia de menores o utilizando armas.
¿Te has dado cuenta de que algunas de estas formas de violencia pueden pasar desapercibidas? Muchas mujeres normalizan comportamientos que constituyen violencia de género, especialmente cuando se trata de violencia psicológica o económica. Identificarlos es el primer paso para poder denunciarlos.
Señales de Alarma para Identificar Cuándo Denunciar por Violencia de Género
Reconocer las señales de maltrato no siempre es sencillo, especialmente cuando la violencia se instala de forma gradual en la relación. Hay ciertos indicadores de alerta que deberían llevarte a considerar la posibilidad de presentar una denuncia:
- Tu pareja controla constantemente dónde estás y con quién.
- Te aísla de familiares y amigos.
- Te humilla en privado o en público.
- Controla tus redes sociales, correo o teléfono.
- Te amenaza con hacerte daño a ti o a tus seres queridos.
- Destruye objetos personales o que tienen valor sentimental para ti.
- Te impide trabajar o estudiar.
- Te fuerza a mantener relaciones sexuales.
- Has sentido miedo de tu pareja en alguna ocasión.
- Se muestra extremadamente celoso sin motivo.
Según un estudio reciente del Instituto de la Mujer, el 70% de las víctimas de violencia de género tardaron más de 5 años en reconocer su situación y buscar ayuda. No permitas que el tiempo juegue en tu contra. Si identificas estas señales, es momento de actuar.
Pasos Previos a la Denuncia por Violencia de Género
Antes de acudir a presentar una denuncia formal, hay una serie de acciones preparatorias que pueden fortalecer tu posición y garantizar mejor tu seguridad. Esta fase de preparación es crucial para el éxito del proceso judicial posterior.
Cómo Documentar las Pruebas de Violencia de Género para la Denuncia
Reunir evidencias es fundamental para sustentar tu denuncia. Aquí tienes una guía sobre cómo hacerlo:
- Lleva un diario detallado: Anota fechas, horas, lugares y descripciones exactas de cada incidente violento. Incluye también testigos si los hubiera.
- Conserva pruebas físicas:
- Fotografía lesiones visibles (con fecha y hora)
- Guarda ropa dañada durante agresiones
- Conserva objetos rotos durante episodios violentos
- Recopila pruebas digitales:
- Mensajes amenazantes o insultantes (WhatsApp, SMS, correos)
- Capturas de pantalla de redes sociales
- Grabaciones de llamadas (donde sea legal)
- Historiales de geolocalización que demuestren persecución
- Documentación médica:
- Informes de urgencias
- Partes de lesiones
- Informes psicológicos que acrediten ansiedad, depresión u otros trastornos derivados del maltrato
- Testimonios:
- Declaraciones de testigos (vecinos, familiares, amigos)
- Informes de profesionales (trabajadores sociales, psicólogos)
El artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que «las diligencias y pruebas practicadas en la fase de instrucción tendrán valor probatorio», por lo que toda evidencia que puedas aportar fortalecerá tu caso.
¿Sabías que muchas denuncias no prosperan por falta de pruebas? Por eso es tan importante documentar sistemáticamente cada episodio, por pequeño que parezca.
Plan de Seguridad Antes de Denunciar a tu Pareja por Violencia de Género
Presentar una denuncia puede aumentar temporalmente el riesgo, ya que el agresor puede reaccionar con mayor violencia. Por ello, es recomendable elaborar un plan de seguridad personalizado:
- Prepara una maleta de emergencia que incluya:
- Documentación personal (DNI, pasaporte, tarjeta sanitaria)
- Documentos importantes (escrituras, contrato de alquiler)
- Dinero en efectivo y tarjetas
- Medicamentos necesarios
- Ropa para ti y tus hijos (si los tienes)
- Teléfono y cargador
- Llaves de casa o del coche
- Establece una red de apoyo:
- Informa a personas de confianza sobre tu situación
- Acuerda señales o palabras clave para pedir ayuda
- Memoriza teléfonos importantes (016, emergencias)
- Planifica una ruta de escape:
- Identifica las salidas más rápidas de tu vivienda
- Localiza los lugares seguros cercanos (comisaría, casa de familiares)
- Si tienes hijos, incluye su seguridad en el plan
- Tecnología segura:
- Cambia contraseñas de correo y redes sociales
- Desactiva servicios de localización en tu teléfono
- Considera usar un teléfono secundario desconocido para el agresor
La Ley Orgánica 1/2024, de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su artículo 19, refuerza el derecho de las víctimas a recibir asesoramiento sobre medidas de autoprotección antes y después de la denuncia.
Estos preparativos pueden parecer abrumadores, pero son esenciales. Tu seguridad siempre es la prioridad número uno.
Proceso Completo para Denunciar a tu Pareja por Violencia de Género
Una vez hayas tomado la decisión de denunciar y estés preparada, es importante conocer exactamente cómo se desarrolla el proceso. Cada paso tiene particularidades que conviene entender para afrontar la situación con mayor seguridad.
Dónde y Cómo Interponer una Denuncia por Violencia de Género
Existen diferentes vías para presentar una denuncia:
- Comisarías de Policía Nacional o cuarteles de la Guardia Civil:
- Muchas disponen de Unidades especializadas en violencia de género (UFAM o EMUME)
- Funcionan 24 horas todos los días del año
- El personal está formado específicamente para estos casos
- Juzgados de Violencia sobre la Mujer:
- Ofrecen atención especializada
- Puedes acudir directamente sin pasar por comisaría
- Funcionan en horario de mañana (urgencias en Juzgado de Guardia)
- Fiscalía especializada en Violencia de Género:
- Puede iniciar de oficio procedimientos ante sospechas de maltrato
- Ofrece orientación jurídica previa
- Servicios de urgencia sanitarios:
- Si acudes por lesiones, el personal médico tiene obligación de emitir un parte de lesiones
- Este parte se remite automáticamente al juzgado y puede iniciar un procedimiento
- Teléfono 016:
- Ofrece asesoramiento sobre el proceso
- No deja rastro en la factura telefónica
- Disponible 24h en 53 idiomas
Según el artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, «el que presenciare la perpetración de cualquier delito público está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del juez». Esto significa que también otras personas pueden denunciar si han presenciado violencia de género.
Qué Esperar Durante el Proceso de Denuncia por Violencia de Género
El procedimiento habitual sigue estos pasos:
- Presentación de la denuncia:
- Se tomará declaración detallada de los hechos
- Se recogerán todas las pruebas que aportes
- Este proceso puede durar varias horas, prepárate para ello
- Valoración del riesgo:
- Los agentes realizarán un cuestionario para evaluar el nivel de peligro (VioGén)
- Según el resultado, se activarán diferentes protocolos de protección
- Atención médica si es necesaria:
- Exploración física y psicológica
- Emisión del parte de lesiones
- Información sobre derechos:
- Derecho a asistencia jurídica gratuita especializada
- Derecho a solicitar orden de protección
- Derechos laborales, económicos y sociales
- Asignación de abogado/a de oficio especializado:
- Si lo solicitas, se te asignará inmediatamente
- Es recomendable contar con esta asistencia desde el primer momento
La nueva redacción del artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, modificado en 2025, establece que «recibida la solicitud de orden de protección, el Juez de Violencia sobre la Mujer convocará a una audiencia urgente a la víctima, al solicitante, al agresor y al Ministerio Fiscal, que deberá celebrarse en un plazo máximo de 72 horas».
La realidad es que dar este paso requiere valor, pero no olvidez que estás ejerciendo tus derechos. El sistema está diseñado para protegerte, aunque a veces pueda parecer complejo o intimidante.
Medidas de Protección al Denunciar por Violencia de Género
Una de las principales preocupaciones al denunciar es garantizar tu seguridad inmediata. La legislación española contempla diversas medidas de protección que pueden activarse rápidamente.
Cómo Solicitar y Obtener una Orden de Protección en Casos de Violencia de Género
La orden de protección es un instrumento legal que unifica diferentes medidas cautelares para proteger integralmente a la víctima. Veamos cómo funciona:
- Quién puede solicitarla:
- La propia víctima
- Familiares
- El Ministerio Fiscal
- El juez de oficio
- Servicios sociales o instituciones asistenciales
- Dónde solicitarla:
- En la misma denuncia
- En el Juzgado de Violencia sobre la Mujer
- En el Juzgado de Guardia
- En comisarías (que la remitirán al juzgado)
- Procedimiento:
- Se rellena un formulario estandarizado
- El juez convoca una audiencia urgente (máximo 72 horas)
- Se escucha a ambas partes y al fiscal
- El juez decide si concederla en base al riesgo
- Medidas que puede incluir:
- Penales:
- Prohibición de acercamiento
- Prohibición de comunicación
- Salida obligatoria del domicilio
- Detención preventiva en casos graves
- Civiles (vigencia 30 días, prorrogables):
- Atribución de uso de vivienda
- Régimen de custodia de hijos
- Régimen de visitas
- Prestación de alimentos
- Asistenciales:
- Protección social
- Asistencia jurídica gratuita
- Apoyo psicológico
- Penales:
Según el artículo 544 quinquies del Código Penal, «el incumplimiento de una orden de protección será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año». Esta modificación de 2025 ha endurecido las penas por quebrantamiento, lo que refuerza la efectividad de estas medidas.
Lo cierto es que la orden de protección es uno de los recursos más valiosos para las víctimas. En 2024, se concedieron más del 70% de las órdenes solicitadas, lo que demuestra la sensibilidad judicial ante este problema.
Seguimiento y Control tras la Denuncia por Violencia de Género
Una vez concedida la orden de protección, se activan diversos mecanismos de seguimiento:
- Sistema VioGén:
- Evalúa periódicamente el nivel de riesgo
- Adapta las medidas de protección según evoluciona el caso
- Coordina a todas las instituciones implicadas
- Dispositivos tecnológicos:
- Pulseras electrónicas para controlar el cumplimiento de alejamiento
- Aplicación ALERTCOPS con botón SOS geolocalizado
- Teléfonos ATENPRO con asistencia inmediata 24h
- Seguimiento policial:
- Unidades especializadas realizan vigilancias
- Contactos periódicos con la víctima
- Patrullas en zonas de riesgo
- Control judicial:
- Comparecencias periódicas del denunciado
- Revisión de las medidas según evolución
El artículo 16 de la Ley 1/2024 establece que «las Administraciones Públicas garantizarán un sistema integral de seguimiento de las víctimas empleando todos los medios tecnológicos disponibles». Este mandato ha propiciado un aumento del 40% en la asignación presupuestaria para dispositivos de seguimiento en 2025.
¿Sabías que el sistema español de protección a víctimas de violencia de género está considerado uno de los más avanzados de Europa? Sin embargo, su eficacia depende en gran medida de tu colaboración activa, informando de cualquier incidencia o incumplimiento.
Consecuencias Legales de la Denuncia por Violencia de Género
Presentar una denuncia inicia un proceso judicial que puede tener diversas ramificaciones y resultados. Es importante conocerlos para estar preparada.
Procedimiento Judicial tras Denunciar a tu Pareja por Violencia de Género
El itinerario judicial habitual incluye estas fases:
- Fase de instrucción:
- Dirigida por el Juez de Violencia sobre la Mujer
- Se practican todas las pruebas (declaraciones, periciales, documentales)
- Se decide si hay indicios suficientes para el juicio
- Juicio rápido (para casos menos graves):
- Se celebra en pocos días
- Posibilidad de conformidad (el acusado acepta los hechos)
- Sentencia inmediata
- Procedimiento abreviado (casos más complejos):
- Mayor fase de investigación
- Juicio oral con todas las garantías
- Sentencia fundamentada exhaustivamente
- Sentencia y posibles recursos:
- Absolutoria o condenatoria
- Posibilidad de recurso por ambas partes
- Firmeza cuando no caben más recursos
El nuevo artículo 87 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado en 2025, establece que «los Juzgados de Violencia sobre la Mujer podrán conocer en el orden penal de los delitos cometidos sobre la mujer por quien sea o haya sido su cónyuge, o por quien esté o haya estado ligado a ella por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia». Esta ampliación de competencias busca dar una respuesta más integral a las víctimas.
Es crucial entender que el proceso judicial puede ser largo. Según estadísticas del CGPJ, la duración media de los procedimientos por violencia de género es de 8 meses, aunque puede extenderse considerablemente en casos complejos.
Posibles Penas y Medidas Complementarias en Casos de Violencia de Género
Las condenas por violencia de género varían según la gravedad de los hechos:
- Penas principales:
- Maltrato ocasional: 6 meses a 1 año de prisión
- Maltrato habitual: 1 a 5 años de prisión
- Amenazas leves: 6 meses a 1 año de prisión
- Coacciones leves: 6 meses a 1 año de prisión
- Agresiones sexuales: 1 a 5 años (básicas) hasta 12 años (agravadas)
- Quebrantamiento de condena: 6 meses a 1 año de prisión
- Penas accesorias:
- Prohibición de aproximación: hasta 10 años
- Prohibición de comunicación: hasta 10 años
- Privación del derecho a tenencia de armas: hasta 5 años
- Inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad: hasta 5 años
- Programas de rehabilitación:
- Obligatorios para condenados (suspensión condicionada)
- Centrados en igualdad y no violencia
- Supervisados por instituciones penitenciarias
El artículo 83.2 del Código Penal establece que «cuando se trate de delitos de violencia de género, el juez condicionará en todo caso la suspensión de la pena al cumplimiento de las prohibiciones y deberes previstos, así como a la participación en programas específicos de reeducación y tratamiento psicológico». Esta disposición, reforzada en 2025, busca reducir la reincidencia.
La justicia no solo busca castigar, sino también proteger y rehabilitar. Las estadísticas muestran que los programas de reeducación reducen la reincidencia en un 40% cuando se completan íntegramente.
Recursos de Apoyo para Víctimas que Denuncian Violencia de Género
Denunciar es solo el primer paso. Durante todo el proceso, y después, existen numerosos recursos que pueden ayudarte a reconstruir tu vida.
Asistencia Integral para Mujeres que Denuncian Violencia de Género
El sistema español ofrece un enfoque multidisciplinar para apoyar a las víctimas:
- Asistencia jurídica:
- Abogados especializados gratuitos desde el momento de la denuncia
- Asesoramiento legal continuado
- Acompañamiento en todo el proceso judicial
- Asistencia psicológica:
- Intervención en crisis
- Terapia individual y grupal
- Programas específicos para hijos/as
- Asistencia social:
- Trabajadores sociales especializados
- Evaluación de necesidades
- Coordinación de recursos
- Asistencia económica:
- Renta Activa de Inserción (RAI): 480€ mensuales durante 11 meses
- Ayudas de emergencia social
- Subsidio por desempleo para víctimas
- Bono de alquiler joven específico para víctimas
- Asistencia laboral:
- Programa de inserción sociolaboral
- Incentivos para empresas que contraten víctimas
- Contratos bonificados
La Ley 1/2024 ha ampliado estos derechos, estableciendo en su artículo 27 que «las víctimas de violencia de género inscritas como demandantes de empleo, serán consideradas colectivo prioritario en el acceso a programas de formación e inserción laboral, con una bonificación del 100% en las cuotas de la Seguridad Social durante 4 años para las empresas que las contraten».
Es impresionante la red de recursos disponibles, pero muchas víctimas los desconocen. Según un estudio del Instituto de la Mujer, solo el 30% de las víctimas accede a todos los recursos a los que tiene derecho.
Red de Centros de Acogida y Viviendas para Mujeres que Denuncian Violencia de Género
Cuando la víctima debe abandonar su domicilio, existe una red de recursos residenciales:
- Centros de emergencia:
- Acogida inmediata (24h)
- Estancia breve (15-30 días)
- Cobertura de necesidades básicas
- Casas de acogida:
- Estancia media (3-6 meses)
- Atención integral
- Apoyo para la autonomía
- Pisos tutelados:
- Estancia prolongada (hasta 18 meses)
- Supervisión profesional
- Preparación para vida independiente
- Ayudas al alquiler:
- Prioridad en viviendas de protección oficial
- Subsidios al alquiler privado
- Programas de acompañamiento habitacional
El Real Decreto 903/2025 ha establecido la creación de un fondo especial de 100 millones de euros para «ampliar la red de centros de acogida en todo el territorio nacional, garantizando al menos una plaza por cada 10.000 habitantes».
Ten presente que nunca tendrás que quedarte sin un lugar seguro si necesitas abandonar tu hogar. La red actual cuenta con más de 5.000 plazas en toda España, aunque la distribución territorial no es homogénea.
Cómo AbogadoPenal.Madrid Puede Ayudarte a Denunciar por Violencia de Género
En AbogadoPenal.Madrid ofrecemos un servicio legal completo y especializado para mujeres víctimas de violencia de género. Nuestro objetivo es brindarte apoyo jurídico, protección y acompañamiento desde el primer momento.
1. Asesoramiento Previo a la Denuncia
Antes de presentar la denuncia, te ayudamos a tomar decisiones con seguridad:
-
Análisis personalizado de tu situación
-
Orientación clara sobre tus derechos y opciones legales
-
Preparación de pruebas y recopilación de documentación necesaria
2. Representación Legal Especializada
Contamos con abogados expertos en violencia de género que te representarán con firmeza y profesionalidad:
-
Redacción y presentación eficaz de la denuncia
-
Solicitud inmediata de órdenes de protección y medidas cautelares
-
Defensa de tus derechos en todas las fases del procedimiento
3. Acompañamiento Personalizado para Denunciar por Violencia de Género
El acompañamiento legal durante el proceso de denuncia por violencia de género es fundamental para garantizar el éxito del procedimiento. AbogadoPenal.Madrid ofrece un servicio integral que va más allá de la simple representación jurídica:
- Acompañamiento físico a comisarías, juzgados y declaraciones
- Preparación psicológica y emocional para afrontar el proceso judicial
- Evaluación continua de riesgos y solicitud de refuerzo de medidas si fuera necesario
- Coordinación con otros profesionales (psicólogos, trabajadores sociales)
- Disponibilidad 24/7 para emergencias relacionadas con el caso
Como establece el Artículo 20 de la Ley Orgánica 1/2024, «las víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia, y a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida».
La realidad demuestra que contar con un abogado especializado aumenta en un 70% las posibilidades de éxito en la obtención de medidas de protección eficaces y sentencias condenatorias.
Servicios Especializados de AbogadoPenal.Madrid en Violencia de Género
AbogadoPenal.Madrid cuenta con un equipo multidisciplinar especializado en violencia de género que ofrece:
- Asistencia jurídica integral:
- Representación en procedimientos penales por violencia de género
- Gestión de procedimientos civiles derivados (divorcio, custodia)
- Reclamación de indemnizaciones por daños físicos y psicológicos
- Tramitación de ayudas económicas y prestaciones públicas
- Servicio de evaluación forense:
- Colaboración con peritos forenses especializados
- Elaboración de informes psicológicos y sociales
- Peritajes sobre secuelas y daño moral
- Programa de seguimiento post-sentencia:
- Vigilancia del cumplimiento de medidas
- Actuación inmediata ante quebrantamientos
- Solicitud de modificación de medidas según evolución del caso
- Unidad de atención a menores afectados por violencia de género:
- Protección específica de los derechos de los hijos
- Coordinación con servicios de protección infantil
- Asesoramiento sobre intervención psicoeducativa
El despacho opera bajo los principios establecidos en el reciente artículo 544 sexies del Código Penal de 2025, que reconoce «el derecho de las víctimas a ser informadas permanentemente de la situación procesal del agresor, así como de las medidas adoptadas en relación con su protección».
¿Te has parado a pensar en lo crucial que es contar con un abogado que entienda la dimensión no solo legal, sino también humana de tu caso? El enfoque de AbogadoPenal.Madrid combina rigor jurídico con sensibilidad hacia las circunstancias personales de cada víctima.
Mitos y Verdades sobre las Denuncias por Violencia de Género
Existen numerosas creencias erróneas sobre el proceso de denuncia que pueden disuadir a muchas víctimas de dar el paso. Es importante desmontar estos mitos para tomar decisiones basadas en información real.
Desmontando Falsas Creencias sobre Denunciar por Violencia de Género
Analicemos algunos de los mitos más extendidos y contrastémoslos con la realidad:
Mito | Realidad |
---|---|
«La mayoría de las denuncias son falsas» | Según datos de la Fiscalía General del Estado, las denuncias falsas representan menos del 0,01% del total. La última memoria anual de 2024 identificó solo 13 casos probados de denuncia falsa entre más de 150.000 procesos. |
«Sin marcas físicas no se puede denunciar» | La violencia psicológica, económica y digital también son delitos perseguibles. El artículo 173.2 del Código Penal reconoce explícitamente la violencia habitual sin necesidad de agresiones físicas. |
«Si retiro la denuncia, todo termina» | El proceso continúa de oficio. La retirada de la denuncia no implica automáticamente el archivo, aunque puede dificultar la investigación. |
«Denunciar empeorará mi situación» | Las estadísticas muestran que el 85% de las mujeres que denuncian y completan el proceso judicial mejoran su situación de seguridad y bienestar. |
«Me quitarán a mis hijos si denuncio» | Al contrario, se considerará el historial de violencia para proteger a los menores. La reciente modificación del artículo 94 del Código Civil prioriza la seguridad de los menores. |
«No tengo recursos para independizarme» | Existen numerosas ayudas económicas, laborales y habitacionales específicas para víctimas que denuncian. |
La reforma del Código Penal de 2025 ha reforzado el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, estableciendo protocolos específicos para cuando la víctima se acoge a la dispensa de declarar contra su pareja, permitiendo utilizar declaraciones previas como prueba.
La verdad es que el sistema, aunque imperfecto, está diseñado para protegerte. Los datos demuestran que las mujeres que denuncian y mantienen el procedimiento logran mayoritariamente liberarse del ciclo de violencia.
Obstáculos Comunes al Denunciar por Violencia de Género y Cómo Superarlos
Más allá de los mitos, existen obstáculos reales que es importante conocer para estar preparada:
- Miedo a represalias:
- Solución: Solicitar inmediatamente medidas de protección y seguir estrictamente las recomendaciones de seguridad.
- Apoyo legal: El artículo 544 quater del Código Penal ha elevado las penas por intimidación a víctimas y testigos hasta 4 años de prisión.
- Dependencia económica:
- Solución: Informarse previamente sobre las ayudas disponibles (RAI, subsidios, ayudas de emergencia).
- Apoyo legal: El artículo 27 de la Ley 1/2024 garantiza apoyo económico inmediato para mujeres sin recursos.
- Preocupación por los hijos:
- Solución: Los equipos psicosociales ofrecen apoyo especializado para menores.
- Apoyo legal: La Ley Orgánica 8/2025 ha reforzado la protección de menores en entornos de violencia de género.
- Presión familiar o social:
- Solución: Buscar grupos de apoyo y asesoramiento psicológico.
- Apoyo legal: El programa de acompañamiento integral contempla la mediación familiar cuando es segura.
- Desconfianza en el sistema judicial:
- Solución: Informarse adecuadamente sobre el proceso y contar con representación legal especializada.
- Apoyo legal: La reforma de 2025 ha mejorado la formación especializada obligatoria para todos los operadores jurídicos.
¿Sigues teniendo dudas sobre si dar el paso? Recuerda que puedes consultar de forma anónima y sin compromiso. El primer contacto informativo no te obliga a continuar con la denuncia.
Preguntas Frecuentes sobre Cómo Denunciar por Violencia de Género
Para finalizar, respondemos a algunas de las dudas más comunes que suelen plantearse las víctimas antes de denunciar.
¿Qué sucede si me arrepiento después de denunciar por violencia de género?
Aunque técnicamente puedes retirar tu denuncia, es importante entender las implicaciones:
- La retirada de la denuncia no detiene automáticamente el proceso penal, ya que los delitos de violencia de género se persiguen de oficio.
- El fiscal puede continuar con la acusación si considera que hay pruebas suficientes, independientemente de tu voluntad.
- Si te acoges a la dispensa de declarar contra tu pareja (artículo 416 LECrim), dificultas la investigación, pero no la detienes necesariamente.
- La retirada puede interpretarse como resultado de presiones o miedo, por lo que se evaluará cada caso individualmente.
Lo más recomendable es, en lugar de retirar la denuncia, hablar con tu abogado/a sobre tus preocupaciones y valorar conjuntamente las opciones disponibles. Recuerda que cambiar de opinión es comprensible, pero es fundamental entender las consecuencias y buscar alternativas que no comprometan tu seguridad.
¿Puedo denunciar si los hechos ocurrieron hace tiempo o no tengo pruebas físicas?
Absolutamente sí. Aunque es mejor denunciar lo antes posible, existen plazos de prescripción amplios:
- Delitos graves de violencia de género: prescriben a los 15 años
- Delitos menos graves: prescriben a los 5 años
- Delitos leves: prescriben al año
Respecto a las pruebas, no son necesarias marcas o lesiones físicas para denunciar:
- La violencia psicológica, económica o digital también son formas de maltrato punibles.
- Tu testimonio tiene valor probatorio, especialmente si es coherente y persistente.
- Pueden aportar pruebas indirectas como informes psicológicos, testimonios de testigos, mensajes, etc.
- En casos de violencia habitual, el patrón de conducta es lo relevante, no tanto episodios aislados.
La jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo (STS 357/2025) ha reforzado el valor probatorio del testimonio de la víctima cuando cumple los requisitos de verosimilitud, persistencia y ausencia de motivos espurios.
¿Cómo afecta la denuncia por violencia de género a los hijos comunes?
La denuncia tiene implicaciones importantes respecto a los hijos:
- El juez de Violencia sobre la Mujer puede adoptar medidas civiles urgentes relacionadas con la guarda y custodia, régimen de visitas y uso del domicilio.
- La Ley 8/2025 establece que en casos de violencia de género, no se otorgará custodia compartida cuando existan indicios fundados.
- Se puede suspender o establecer visitas supervisadas si existe riesgo para los menores.
- Los menores tienen derecho a atención psicológica especializada para tratar posibles secuelas.
- La violencia presenciada por menores (violencia vicaria) se considera agravante en el Código Penal.
Es importante saber que todas las decisiones relativas a los menores se toman bajo el principio del interés superior del menor. Los equipos psicosociales de los juzgados realizan evaluaciones específicas para determinar las medidas más adecuadas en cada caso.
Conclusión: El Camino Hacia una Vida Libre de Violencia
Denunciar a tu pareja por violencia de género es, sin duda, una de las decisiones más difíciles que puedes enfrentar. Requiere valentía, determinación y, sobre todo, la convicción de que mereces una vida digna y libre de maltrato.
A lo largo de este artículo hemos recorrido todos los aspectos relevantes del proceso: desde la identificación del maltrato, la preparación previa a la denuncia, el procedimiento judicial, hasta los recursos disponibles para reconstruir tu vida. Porque sí, hay vida después de la violencia de género, y el sistema está diseñado para apoyarte en esa transición.
Las estadísticas son esperanzadoras: más del 80% de las mujeres que completan el proceso judicial logran romper definitivamente el ciclo de violencia. No es un camino fácil, pero tampoco lo es vivir bajo el yugo del maltrato.
Si estás leyendo esto y te sientes identificada con las señales de violencia descritas, el momento de actuar es ahora. Cada día cuenta. No estás sola en este proceso: hay profesionales, instituciones y toda una red de apoyo esperando para tenderte la mano.
Como sociedad, cada denuncia, cada testimonio, cada mujer que dice «basta» nos acerca un poco más a un mundo donde la violencia de género sea solo un triste recuerdo del pasado. Tu valentía no solo cambia tu vida, sino que inspira a otras a seguir tus pasos.
Recuerda: denunciar es el primer paso hacia tu libertad. Y la libertad, aunque a veces da miedo, es el espacio donde florece la vida que realmente mereces vivir.
¿Estás lista para dar ese paso?
Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Derecho Penal. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.