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¿Alguna vez te has preguntado qué derechos tienes realmente cuando un agente te detiene para realizar un control de alcoholemia o drogas? La respuesta podría sorprenderte. Sigue leyendo y descubre toda la información que necesitas saber para protegerte legalmente en estas situaciones.

Entendiendo el Control de Drogas y Alcohol en Carretera desde una Perspectiva Legal

Estamos de acuerdo: los controles de drogas y alcohol en carretera generan muchas dudas entre los conductores. Te prometemos que en este artículo encontrarás toda la información necesaria para comprender tus derechos y obligaciones. Veamos una vista previa de lo que aprenderás: el marco legal actual, cómo actuar durante un control, las consecuencias de negarse a realizarlo y cómo un abogado especialista puede ayudarte.

Los controles de drogas y alcohol en carretera son procedimientos establecidos para garantizar la seguridad vial, pero también están sujetos a normativas que protegen los derechos fundamentales del conductor. El conocimiento de estos derechos no solo es útil, sino esencial para todo conductor que transite por las vías españolas.

La legislación española establece claramente los procedimientos que deben seguir los agentes de la autoridad al realizar estos controles, así como los derechos que asisten a los conductores durante los mismos. El Código Penal español y la Ley de Seguridad Vial regulan minuciosamente estas situaciones para equilibrar la seguridad pública con las garantías individuales.

Marco Legal del Control de Drogas y Alcohol en Carretera

La normativa que regula los controles de drogas y alcohol en carretera se encuentra principalmente en el Real Decreto Legislativo 6/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, así como en el Código Penal español.

El artículo 14 del RDL 6/2015 establece que:

«No puede circular por las vías objeto de esta Ley el conductor de cualquier vehículo con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se determine. En ningún caso el conductor menor de edad podrá circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.

Tampoco puede hacerlo el conductor de cualquier vehículo con presencia de drogas en el organismo, de las que se excluyen aquellas sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica, siempre que se esté en condiciones de utilizar el vehículo conforme a la obligación de diligencia, precaución y no distracción establecida en el artículo 10.»

Por su parte, el artículo 379.2 del Código Penal tipifica como delito:

«Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.»

Estos marcos legales definen tanto las infracciones administrativas como los delitos penales relacionados con la conducción bajo los efectos de alcohol o drogas.

Diferencia entre Sanción Administrativa y Delito Penal en Control de Drogas y Alcohol

Es fundamental comprender la diferencia entre una sanción administrativa y un delito penal en el contexto de los controles de drogas y alcohol en carretera:

Tasa de alcohol Tipo de infracción Consecuencias
Entre 0,25 y 0,50 mg/l en aire (conductores generales) Administrativa Multa de 500€ y 4-6 puntos
Entre 0,15 y 0,30 mg/l en aire (conductores noveles y profesionales) Administrativa Multa de 500€ y 4-6 puntos
Superior a 0,60 mg/l en aire Penal Prisión 3-6 meses, multa o trabajos comunitarios, privación del derecho a conducir 1-4 años
Cualquier tasa + síntomas evidentes Penal Prisión 3-6 meses, multa o trabajos comunitarios, privación del derecho a conducir 1-4 años

En el caso de las drogas, cualquier presencia en el organismo constituye una infracción administrativa, mientras que la conducción bajo la influencia de drogas con afectación de las capacidades psicofísicas se considera delito penal.

Procedimiento Legal durante un Control de Drogas y Alcohol en Carretera

Los controles de drogas y alcohol en carretera deben seguir un procedimiento específico establecido por ley. Conocer este procedimiento es esencial para saber si tus derechos están siendo respetados.

Protocolo de Actuación Policial en Control de Drogas y Alcohol

El protocolo que deben seguir los agentes incluye:

  1. Identificarse adecuadamente como agentes de la autoridad.
  2. Informar al conductor sobre la naturaleza y finalidad del control.
  3. Realizar la prueba de alcoholemia con etilómetros homologados y verificados.
  4. Efectuar dos mediciones con un intervalo mínimo de 10 minutos entre ambas.
  5. Informar al conductor de su derecho a contrastar los resultados mediante análisis de sangre.
  6. En caso de pruebas de drogas, utilizar dispositivos autorizados para la detección en saliva.
  7. Ante resultado positivo en drogas, realizar una segunda prueba confirmatoria en laboratorio.

Cualquier irregularidad en este procedimiento podría suponer una vulneración de los derechos del conductor y, potencialmente, la nulidad de las pruebas obtenidas.

Garantías Procesales en el Control de Drogas y Alcohol en Carretera

Durante un control de drogas y alcohol, el conductor goza de diversas garantías procesales que incluyen:

  • Derecho a ser informado de la naturaleza y motivo del control.
  • Derecho a conocer los resultados de las pruebas realizadas.
  • Derecho a una segunda prueba de contraste.
  • Derecho a solicitar la presencia de un abogado en caso de detención.
  • Derecho a no declarar contra sí mismo.

Estas garantías están respaldadas por la Constitución Española y diversas sentencias del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo que han ido perfilando su alcance y contenido.

Derechos Fundamentales del Conductor ante el Control de Drogas y Alcohol

Uno de los aspectos más importantes en los controles de drogas y alcohol es conocer qué derechos tienes como conductor y cómo puedes ejercerlos adecuadamente.

Derecho a la Información en Control de Drogas y Alcohol

El conductor tiene derecho a ser informado sobre:

  • El motivo del control (aleatorio o por sospecha).
  • El procedimiento que se va a seguir.
  • Los resultados de las pruebas realizadas.
  • Las consecuencias legales según el resultado.
  • Sus derechos durante todo el procedimiento.

La Ley de Seguridad Vial establece que esta información debe proporcionarse de manera clara y comprensible, garantizando que el conductor entienda completamente la situación.

Derecho a la Prueba de Contraste en Control de Drogas y Alcohol

Un derecho crucial es el de solicitar una prueba de contraste, específicamente un análisis de sangre, para verificar los resultados obtenidos con el etilómetro o las pruebas de drogas en saliva.

El artículo 14.5 del RDL 6/2015 establece que:

«A efectos de contraste, a petición del interesado, se podrán repetir las pruebas para la detección de alcohol o de drogas, que consistirán preferentemente en análisis de sangre, salvo causas excepcionales debidamente justificadas. Cuando la prueba de contraste arroje un resultado positivo será abonada por el interesado.»

Este derecho debe ser ejercido inmediatamente después de conocer el resultado positivo, y los gastos corren a cargo del conductor solo si el resultado confirma el positivo inicial.

Consecuencias de Negarse al Control de Drogas y Alcohol en Carretera

¿Qué ocurre si te niegas a someterte a un control de alcoholemia o drogas? Esta es una cuestión fundamental que muchos conductores desconocen.

Implicaciones Penales por Rechazo al Control de Drogas y Alcohol

La negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas está tipificada como delito en el artículo 383 del Código Penal, que establece:

«El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.»

Por lo tanto, negarse a realizar la prueba constituye un delito en sí mismo, independientemente de si el conductor ha consumido alcohol o drogas, con consecuencias que pueden incluir:

  • Pena de prisión de 6 meses a 1 año.
  • Privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
  • Antecedentes penales.

Excepciones Legítimas para Rechazar un Control de Drogas y Alcohol

Existen situaciones muy específicas en las que un conductor podría tener justificación para no someterse a las pruebas:

  • Imposibilidad física real (problemas respiratorios graves documentados médicamente).
  • Falta de homologación o calibración de los dispositivos utilizados.
  • Incumplimiento grave del protocolo por parte de los agentes.

Sin embargo, estas excepciones son interpretadas muy restrictivamente por los tribunales y deben ser acreditadas fehacientemente para tener alguna posibilidad de éxito como defensa.

Estrategias de Defensa Legal en Casos de Control de Drogas y Alcohol en Carretera

Si te encuentras en una situación legal complicada tras un control de drogas o alcohol, existen diversas estrategias de defensa que un abogado especializado en alcoholemias puede implementar.

Impugnación Técnica del Control de Drogas y Alcohol

Entre las posibles líneas de defensa se encuentran:

  1. Cuestionar la fiabilidad técnica de los dispositivos utilizados (falta de calibración, homologación o mantenimiento).
  2. Alegar irregularidades en el procedimiento (no realizar dos mediciones, no informar de derechos, etc.).
  3. Demostrar la existencia de factores externos que pudieron alterar el resultado (uso de enjuagues bucales, medicamentos, etc.).
  4. Solicitar la nulidad de las pruebas por vulneración de derechos fundamentales.

La jurisprudencia ha reconocido en numerosas ocasiones la invalidez de pruebas obtenidas sin seguir el procedimiento legalmente establecido. Por ejemplo, la Sentencia del Tribunal Supremo 210/2017 estableció la necesidad de dos mediciones con intervalo mínimo entre ambas para garantizar la fiabilidad del resultado.

Asesoramiento Legal Especializado en Control de Drogas y Alcohol

El papel de un abogado especializado en casos de tráfico y seguridad vial es crucial para:

  • Analizar las circunstancias específicas del caso.
  • Identificar posibles vulneraciones de derechos o procedimientos.
  • Preparar una estrategia de defensa adaptada a cada situación.
  • Representar al conductor en todas las fases del procedimiento.
  • Negociar posibles acuerdos con la fiscalía cuando sea conveniente.

En AbogadoPenal.Madrid, ofrecemos asesoramiento especializado para conductores que se enfrentan a problemas legales derivados de controles de drogas y alcohol en carretera. Nuestro equipo de abogados cuenta con amplia experiencia en la defensa de estos casos y conoce a fondo las últimas novedades legislativas y jurisprudenciales en la materia.

Novedades Legislativas en Control de Drogas y Alcohol en Carretera

La legislación sobre controles de drogas y alcohol en carretera ha experimentado modificaciones importantes en los últimos años, con tendencia hacia un endurecimiento de las sanciones y una mayor precisión en los procedimientos.

Entre las novedades más relevantes se encuentra la Ley Orgánica 2/2019, que modificó el Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor y ciclomotores, endureciendo las penas para los casos graves en que interviene el alcohol o las drogas.

También destaca la implementación progresiva de nuevos dispositivos de detección de drogas más precisos y con mayor capacidad para detectar un espectro más amplio de sustancias.

Estas modificaciones reflejan la creciente preocupación social por los accidentes relacionados con el consumo de alcohol y drogas, y la tendencia legislativa a incrementar tanto la prevención como la sanción de estas conductas.

Cómo Puede Ayudarte AbogadoPenal.Madrid en Casos de Control de Drogas y Alcohol

En AbogadoPenal.Madrid entendemos la complejidad legal de los casos relacionados con controles de drogas y alcohol en carretera, y ofrecemos un servicio integral para proteger tus derechos e intereses.

Nuestro equipo de abogados especializados en derecho penal y administrativo de tráfico proporciona:

  • Asesoramiento inmediato tras la detención o notificación de sanción.
  • Análisis exhaustivo de las circunstancias del control y las pruebas realizadas.
  • Estrategias de defensa personalizadas basadas en las particularidades de cada caso.
  • Representación en todas las fases del procedimiento, tanto administrativo como penal.
  • Seguimiento continuo del estado del caso y comunicación permanente con el cliente.

Nuestra experiencia en la defensa de casos relacionados con controles de drogas y alcohol en carretera nos permite identificar rápidamente posibles irregularidades procedimentales o vulneraciones de derechos que puedan favorecer tu defensa.

Preguntas Frecuentes sobre Control de Drogas y Alcohol en Carretera

¿Puedo negarme a realizar un control de alcoholemia o drogas?

No es recomendable negarse a realizar un control de alcoholemia o drogas, ya que esta negativa constituye un delito tipificado en el artículo 383 del Código Penal, castigado con penas de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años. Estas penas pueden ser incluso más graves que las que corresponderían por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas. Lo más aconsejable es someterse a las pruebas y, en caso de resultado positivo, ejercer tu derecho a una prueba de contraste (análisis de sangre).

¿Qué diferencia hay entre una infracción administrativa y un delito por alcoholemia?

La diferencia fundamental reside en las tasas de alcohol detectadas y en las consecuencias legales. Una infracción administrativa (tasas entre 0,25 y 0,50 mg/l para conductores generales) conlleva una multa económica y pérdida de puntos del carné, pero no genera antecedentes penales. Un delito penal (tasas superiores a 0,60 mg/l o conducción con síntomas evidentes de embriaguez) implica penas de prisión, multa o trabajos comunitarios, privación del derecho a conducir y antecedentes penales que pueden afectar tu vida laboral y personal.

¿Puedo solicitar la presencia de un abogado durante un control de alcoholemia?

Durante un simple control de alcoholemia en carretera, no existe derecho a la asistencia letrada inmediata, ya que no se considera una detención. Sin embargo, si el resultado es positivo y supera los límites penales, pasando a considerarse un posible delito, sí se tiene derecho a asistencia letrada a partir del momento en que se produce la detención. Es importante saber que, en cualquier caso, siempre tienes derecho a guardar silencio y a no declarar contra ti mismo, derechos que debes conocer y que los agentes deben informarte.


En AbogadoPenal.Madrid estamos comprometidos con la defensa de tus derechos como conductor. Si has sido sometido a un control de drogas o alcohol en carretera y necesitas asesoramiento legal, no dudes en contactar con nuestro equipo de abogados especializados. Recuerda que el conocimiento de tus derechos y una defensa adecuada pueden marcar la diferencia en el resultado de tu caso.

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