Cuando un cliente llega a mi despacho angustiado porque no puede pagar la totalidad de la pensión de alimentos de sus hijos, lo primero que percibo es su miedo. «Pablo, estoy pagando algo, pero no puedo con todo lo de la pensión de alimentos», me dicen con la voz entrecortada. Entiendo perfectamente esa situación: la economía familiar puede cambiar drásticamente y, de repente, lo que antes era viable ahora resulta imposible.
Si te encuentras en esta situación, donde puedes pagar solo una parte de la pensión alimenticia, quiero que sepas que existen alternativas legales antes de que la situación escale a un problema penal. En este artículo, te explicaré paso a paso qué opciones tienes, cómo protegerte legalmente y qué consecuencias podrías enfrentar si no actúas a tiempo.
¿Qué ocurre legalmente cuando no puedo pagar toda la pensión de alimentos?
El impago de la pensión de alimentos está tipificado en nuestro Código Penal, concretamente en el artículo 227 CP, como un delito de abandono de familia. Este delito se configura cuando una persona deja de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos cualquier tipo de prestación económica establecida en un convenio o resolución judicial.
Pero, ¿qué sucede cuando estás pagando parcialmente? Aquí es donde debemos hacer importantes matizaciones:
- El pago parcial no exime automáticamente de responsabilidad penal
- Los tribunales valoran la intencionalidad y capacidad económica real del obligado
- Es fundamental demostrar que existe voluntad de cumplimiento dentro de tus posibilidades
En mi experiencia como abogado especializado en estos casos, he comprobado que los jueces suelen distinguir entre quien no paga nada pudiendo hacerlo (aunque sea parcialmente) y quien hace un esfuerzo por cumplir dentro de sus posibilidades reales. Esta distinción puede ser crucial para tu defensa.
Medidas preventivas cuando solo puedes pagar parte de la pensión alimenticia
Si te encuentras en una situación donde no puedes abonar la totalidad de la pensión, lo peor que puedes hacer es quedarte de brazos cruzados. Veamos por qué este detalle marca la diferencia…
Estas son las acciones preventivas que recomiendo a mis clientes:
- Solicitar una modificación de medidas: Este procedimiento civil permite ajustar la cuantía de la pensión a tu nueva realidad económica.
- Documentar tu situación económica actual: Reúne nóminas, declaraciones de renta, certificados de prestaciones, finiquitos o cualquier documento que acredite tu cambio de circunstancias.
- Comunicar formalmente la situación: Informa por escrito (burofax preferiblemente) al otro progenitor sobre tu situación temporal y tu intención de cumplir en la medida de tus posibilidades.
- Establecer un plan de pagos parciales: Propón un calendario realista que puedas cumplir mientras se resuelve la modificación.
La importancia de solicitar la modificación de medidas a tiempo
Muchas personas cometen el error de esperar demasiado para solicitar la modificación de medidas. La solicitud de modificación no tiene efectos retroactivos, por lo que las cantidades ya devengadas seguirán siendo exigibles en su totalidad.
El procedimiento para solicitar esta modificación es el siguiente:
- Presentación de demanda de modificación de medidas ante el Juzgado de Familia que dictó la sentencia original.
- Aportación de pruebas del cambio sustancial de circunstancias (pérdida de empleo, reducción de ingresos, nuevas cargas familiares, etc.).
- Celebración de vista donde se practicarán las pruebas.
- Resolución judicial que establecerá, en su caso, la nueva cuantía.
Mientras este procedimiento se resuelve, que puede demorarse varios meses, es fundamental que sigas pagando lo que puedas de forma regular y documentada.
¿Puedo ir a prisión si pago solo una parte de la pensión de alimentos?
Esta es una de las preguntas que más angustia genera. La respuesta corta es: depende de varios factores. El delito de impago de pensiones está castigado en el artículo 227 CP con penas de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que:
- Para primeros delincuentes con penas inferiores a dos años, es habitual la suspensión de la pena de prisión condicionada al pago de las cantidades adeudadas.
- Los tribunales valoran positivamente el esfuerzo por pagar parcialmente cuando se demuestra imposibilidad real de abonar la totalidad.
- La intencionalidad es un elemento clave: no es lo mismo quien puede pagar y no quiere, que quien quiere pero solo puede parcialmente.
Desde mi experiencia como abogado penalista, puedo afirmar que los casos donde se produce ingreso efectivo en prisión suelen ser aquellos con impagos totales, reiterados y donde existe clara capacidad económica para hacer frente a la obligación.
El elemento subjetivo del delito: la voluntariedad del impago
Para que exista delito, debe demostrarse que el impago es voluntario y deliberado. Aquí radica una de las claves defensivas más importantes cuando solo puedes pagar parcialmente la pensión.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que debe existir una conducta omisiva consciente y voluntaria. Por ejemplo, en situaciones donde:
- Has perdido el empleo y solo cuentas con una prestación mínima
- Has sufrido una reducción significativa de ingresos
- Tienes nuevas cargas familiares ineludibles
- Padeces una enfermedad que limita tu capacidad laboral
Si puedes demostrar estas circunstancias y, además, has estado pagando lo que realmente podías, tendrás argumentos sólidos para tu defensa.
¿Te acusan de impago cuando has estado pagando parcialmente la pensión? Claves legales que debes conocer
Si has recibido una denuncia o querella por impago de pensión alimenticia a pesar de haber estado pagando parcialmente, es fundamental que conozcas estas claves defensivas:
Pruebas fundamentales para tu defensa
Deberás reunir y presentar:
- Justificantes de todas las transferencias o pagos realizados, por pequeños que sean
- Documentación económica completa: declaraciones de renta, nóminas, finiquitos, certificados de prestaciones, etc.
- Comunicaciones con el otro progenitor donde hayas explicado tu situación
- Solicitud de modificación de medidas (si la has presentado)
- Informes médicos en caso de enfermedad que afecte a tu capacidad laboral
Recuerda que la carga de la prueba en el proceso penal corresponde a la acusación, pero preparar una buena defensa con pruebas sólidas será determinante.
Situación | Riesgo penal | Estrategia recomendada |
---|---|---|
Impago total pudiendo pagar | Alto | Regularización inmediata + acuerdo |
Impago parcial con imposibilidad acreditada | Bajo-Medio | Modificación de medidas + pruebas de imposibilidad |
Impago parcial sin justificación | Medio-Alto | Regularización + modificación de medidas |
Pagos irregulares documentados | Medio | Demostrar voluntad de pago + regularización |
La importancia de la regularización antes del juicio cuando no has podido pagar toda la pensión
Una estrategia defensiva fundamental es la regularización de la situación antes del juicio oral. Esto significa hacer un esfuerzo por pagar la mayor cantidad posible de lo adeudado.
¿Por qué es tan importante? Aquí viene lo que nadie te cuenta…
El artículo 227.3 CP establece que «la reparación del daño procedente del delito comportará siempre el pago de las cuantías adeudadas». Esto significa que si regularizas la situación:
- Demuestras tu voluntad real de cumplimiento
- Reduces significativamente las consecuencias penales
- Aumentas las posibilidades de una sentencia absolutoria o más favorable
En muchos casos, he conseguido acuerdos con la acusación particular tras una regularización parcial pero significativa, evitando así la continuación del procedimiento penal.
Caso práctico: Manuel y su defensa por pago parcial
Manuel, cliente del despacho, perdió su empleo como comercial donde ganaba 2.500€ mensuales. Tras varios meses en paro, encontró trabajo como reponedor con un salario de 950€. Su pensión de alimentos estaba fijada en 400€ para sus dos hijos.
Durante ocho meses, solo pudo pagar 200€ mensuales. Su expareja le denunció por impago. Nuestra estrategia fue:
- Presentar inmediatamente una modificación de medidas
- Documentar exhaustivamente su nueva situación económica
- Demostrar que había estado pagando el máximo que podía (más del 20% de sus ingresos)
- Negociar un acuerdo para regularizar parcialmente lo adeudado en plazos asumibles
El resultado: el procedimiento penal se archivó y en la modificación de medidas se ajustó la pensión a 250€ mientras durara su situación económica actual, con cláusula de revisión automática si sus ingresos aumentaban.
Alternativas al proceso penal cuando no puedes pagar la totalidad de la pensión alimenticia
Antes de llegar al proceso penal, existen vías alternativas que pueden evitar consecuencias más graves:
La mediación familiar como solución
La mediación ofrece un espacio neutral donde ambos progenitores pueden:
- Exponer sus circunstancias y necesidades
- Negociar un acuerdo temporal mientras dure la situación económica adversa
- Establecer un calendario de pagos realista
- Explorar compensaciones alternativas (más tiempo de cuidado, asumir otros gastos, etc.)
Los acuerdos alcanzados en mediación pueden homologarse judicialmente, otorgándoles validez legal.
Acuerdos privados temporales
Otra opción es alcanzar un acuerdo privado con el otro progenitor. Recomiendo que estos acuerdos:
- Se formalicen por escrito
- Tengan carácter temporal y revisable
- Establezcan claramente las nuevas cantidades
- Incluyan un compromiso de regularización futura si mejora la situación
Aunque estos acuerdos no modifican formalmente la sentencia, pueden servir como prueba de buena fe en un eventual proceso penal.
Consecuencias civiles del impago parcial de la pensión de alimentos
Además de las posibles consecuencias penales, el impago parcial puede tener importantes repercusiones en el ámbito civil:
- Ejecución de sentencia: El otro progenitor puede solicitar la ejecución forzosa para cobrar lo adeudado.
- Embargo de bienes y cuentas: Pueden embargarse cuentas bancarias, salarios o bienes hasta cubrir la deuda.
- Intereses legales: Las cantidades adeudadas generan intereses.
- Anotación en registros de morosos: En algunos casos, puede producirse esta consecuencia que afecta a tu capacidad crediticia.
Es importante entender que estas consecuencias civiles son independientes del proceso penal y pueden darse incluso si no hay denuncia penal o si ésta no prospera.
¿Qué hacer si realmente no puedes pagar ni siquiera una parte de la pensión alimenticia?
Existen situaciones extremas donde una persona puede encontrarse temporalmente sin ninguna capacidad económica. En estos casos:
- Documenta exhaustivamente tu situación: Certificados de no percepción de ingresos, inscripción como demandante de empleo, solicitudes de ayudas sociales, etc.
- Solicita justicia gratuita para la modificación de medidas
- Comunica formalmente tu situación al otro progenitor y al juzgado
- Busca apoyo en servicios sociales que puedan acreditar tu situación
- Ofrece compensaciones no económicas: Mayor dedicación personal a los hijos, asunción de gastos en especie, etc.
En mi opinión como abogado especializado en casos de impago de pensión alimenticia, lo más importante en estas situaciones extremas es no desaparecer ni desentenderse. Mantén la comunicación y demuestra tu voluntad de cumplir en cuanto sea posible.
El mínimo vital y su consideración judicial
Los tribunales reconocen el concepto de «mínimo vital» del progenitor obligado al pago. Esto significa que no se puede exigir un pago que comprometa la propia subsistencia.
La jurisprudencia ha establecido que debe garantizarse al obligado al pago unos ingresos mínimos que le permitan cubrir sus necesidades básicas. Este principio puede ser fundamental en tu defensa si te encuentras en una situación económica extrema.
La perspectiva del progenitor que no recibe la pensión completa
Es importante también entender la situación del progenitor que no recibe la totalidad de la pensión:
- Los gastos de los hijos no disminuyen proporcionalmente a tu reducción de ingresos
- El otro progenitor puede estar asumiendo cargas económicas adicionales
- La falta de comunicación adecuada genera desconfianza y conflicto
Por ello, siempre recomiendo:
- Mantener una comunicación transparente sobre tu situación
- Demostrar con hechos tu voluntad de cumplimiento
- Buscar soluciones conjuntas que prioricen el bienestar de los hijos
Cómo documentar correctamente los pagos parciales de la pensión alimenticia
Un error común que veo en mi despacho es la falta de documentación adecuada de los pagos realizados. Para evitar problemas, siempre recomiendo:
- Utiliza transferencias bancarias con concepto claro: «Pensión alimentos [mes] [año] [nombre hijo/s]»
- Evita pagos en efectivo sin recibo
- Si pagas en mano, solicita un recibo firmado con fecha, concepto y cantidad
- Conserva todos los justificantes de forma ordenada
- Mantén un registro personal de todos los pagos realizados
Esta documentación será tu mejor defensa tanto en un procedimiento civil como penal.
Diferencias entre impago total y parcial de la pensión de alimentos ante los tribunales
Los tribunales suelen distinguir claramente entre:
Impago total | Impago parcial |
---|---|
Mayor probabilidad de condena penal | Valoración caso por caso según circunstancias |
Presunción de voluntariedad más fuerte | Análisis detallado de la capacidad económica real |
Menor consideración de atenuantes | Mayor receptividad a pruebas de imposibilidad |
Regularización previa más determinante | Valoración positiva del esfuerzo continuado |
¿Quieres saber por qué esto es tan importante? La diferencia puede estar entre una condena penal y una absolución, o entre una pena de prisión efectiva y una suspendida.
Nuestro enfoque en AbogadoPenal.Madrid para casos de impago parcial de pensiones
En AbogadoPenal.Madrid, bajo mi dirección, hemos desarrollado un enfoque integral para los casos donde el cliente no puede pagar la totalidad de la pensión alimenticia:
- Análisis exhaustivo de la situación económica real del cliente
- Evaluación de riesgos penales según las circunstancias específicas
- Estrategia dual civil-penal: actuamos simultáneamente en ambos frentes
- Documentación meticulosa de la capacidad económica y los pagos realizados
- Negociación con la parte contraria para alcanzar acuerdos viables
- Defensa técnica especializada en caso de juicio penal
Nuestro objetivo es siempre doble: proteger legalmente al cliente y garantizar que los hijos reciban el máximo apoyo económico posible dentro de las circunstancias reales.
Acompañamos a nuestros clientes desde la primera consulta, pasando por la preparación de la modificación de medidas, la negociación con la otra parte, la preparación de la defensa penal si es necesaria, y hasta la resolución definitiva del caso.
Preguntas frecuentes sobre el impago parcial de la pensión de alimentos
¿Puedo ir a la cárcel si pago solo una parte de la pensión de alimentos por imposibilidad económica?
Si puedes demostrar que realmente no tienes capacidad económica para pagar la totalidad y has estado pagando lo máximo que podías de forma regular, es poco probable que acabes en prisión. Los tribunales valoran la voluntad de cumplimiento y la imposibilidad real. No obstante, es fundamental solicitar cuanto antes una modificación de medidas y documentar exhaustivamente tu situación económica para fortalecer tu defensa.
¿Qué puedo hacer si el otro progenitor me ha denunciado a pesar de que estoy pagando lo que puedo de la pensión?
Lo primero es buscar asesoramiento legal especializado inmediatamente. Deberás reunir todas las pruebas de los pagos realizados y de tu situación económica actual. Es recomendable intentar un acuerdo extrajudicial mientras preparas tu defensa. Recuerda que tienes derecho a justicia gratuita si cumples los requisitos económicos. En muchos casos, podemos conseguir el archivo del procedimiento penal demostrando la ausencia de voluntariedad en el impago parcial.
¿Cómo afecta el impago parcial de la pensión a mi régimen de visitas con mis hijos?
Legalmente, el régimen de visitas y la obligación de pago de alimentos son independientes. El impago, incluso total, no justifica la restricción del régimen de visitas, ya que son derechos de los hijos. Sin embargo, en la práctica, puede generar conflictos que acaben afectando a la relación. Si estás en esta situación, es fundamental mantener una comunicación clara con el otro progenitor, cumplir escrupulosamente con el régimen de visitas, y demostrar tu compromiso con los hijos más allá del aspecto económico.
Conclusión: Actuar con responsabilidad ante la imposibilidad de pagar toda la pensión
Cuando te encuentras en la difícil situación de no poder pagar la totalidad de la pensión de alimentos, lo peor que puedes hacer es ignorar el problema. La clave está en actuar proactivamente, documentar tu situación, comunicarte adecuadamente y buscar soluciones legales.
Recuerda que el sistema judicial distingue entre quien no quiere pagar y quien no puede hacerlo completamente a pesar de su voluntad. Tu comportamiento, la transparencia y las pruebas que aportes serán determinantes.
En AbogadoPenal.Madrid entendemos la complejidad de estas situaciones y ofrecemos un asesoramiento personalizado que contempla tanto los aspectos civiles como penales del problema. No esperes a recibir una denuncia para actuar: la prevención y la actuación temprana son tus mejores aliados.
Si te encuentras en esta situación, te invito a contactar con nuestro despacho para analizar tu caso particular y diseñar la estrategia más adecuada que proteja tus derechos y garantice el bienestar de tus hijos.
Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en Derecho Penal. Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.