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¿Alguna vez te has sentido menospreciado por las palabras hirientes de tu pareja? ¿Te preguntas si esos insultos constantes como «inútil» o «fracasado» constituyen un delito denunciable? No estás solo. Miles de personas en España sufren diariamente este tipo de violencia verbal que, aunque invisible, deja cicatrices profundas en la autoestima y bienestar emocional. La buena noticia es que el ordenamiento jurídico español sí contempla protección legal frente a estas situaciones, aunque muchas víctimas desconocen sus derechos o dudan sobre cómo proceder.

¿Es denunciable que mi pareja me insulte llamándome inútil o fracasado?

La respuesta corta es sí, es denunciable. Pero vayamos por partes. El maltrato psicológico, que incluye insultos reiterados, humillaciones y menosprecios, está tipificado en nuestro Código Penal como una forma de violencia que puede ser perseguida legalmente. No se trata de un simple desacuerdo o una discusión acalorada, sino de un patrón de comportamiento sistemático destinado a socavar tu valor como persona.

Según el artículo 173.2 del Código Penal (actualizado tras las reformas de la Ley Orgánica 1/2015), quien habitualmente ejerza violencia psíquica sobre su cónyuge o persona ligada por análoga relación de afectividad será castigado con penas de prisión de seis meses a tres años. Este artículo específicamente protege contra la violencia habitual en el ámbito familiar, incluyendo el maltrato psicológico.

Además, si eres mujer y sufres este tipo de maltrato por parte de tu pareja o expareja masculina, la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género te ofrece protección adicional, considerando estas conductas como manifestaciones de discriminación y desigualdad en las relaciones de poder.

¿Cuándo los insultos como «inútil» o «fracasado» pueden considerarse delito?

No todos los insultos aislados constituyen un delito perseguible, pero ¿cuándo cruzan esa línea? Aquí está lo que debes saber:

  • Habitualidad: El factor clave es la repetición. Un insulto ocasional, aunque reprobable, no constituye delito. La ley exige un patrón sistemático.
  • Intencionalidad: Debe existir voluntad de humillar, degradar o dominar psicológicamente.
  • Contexto de la relación: Los insultos se evalúan dentro del marco completo de la relación, considerando otros comportamientos abusivos.
  • Impacto psicológico: Se valora el daño emocional causado, que puede requerir informes psicológicos para su acreditación.

Según la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo (como la Sentencia 677/2018), para apreciar habitualidad no se requiere un número concreto de actos violentos, sino la creación de un estado permanente de violencia que genera un clima de temor constante.

Tipos de maltrato verbal que pueden ser denunciados

Los insultos como «inútil» o «fracasado» no son los únicos que pueden constituir maltrato psicológico. La casuística es amplia y variada:

¿Te resulta familiar alguna de estas situaciones? Continúa leyendo para descubrir cómo actuar legalmente.

Marco legal: ¿Qué dice exactamente la ley sobre los insultos en la pareja?

El ordenamiento jurídico español aborda esta problemática desde diferentes ángulos. Veamos con precisión qué artículos pueden aplicarse cuando tu pareja te llama constantemente «inútil» o «fracasado»:

Artículo Contenido Penas
Art. 173.2 CP Violencia psíquica habitual en el ámbito familiar Prisión de 6 meses a 3 años
Art. 153.1 CP Maltrato de obra o psicológico (no habitual) en contexto de violencia de género Prisión de 6 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad
Art. 208 CP Injurias graves Multa de 3 a 7 meses

El artículo 173.2 del Código Penal establece:

«El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia […] será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres a cinco años y, en su caso, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de uno a cinco años, sin perjuicio de las penas que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de violencia física o psíquica.»

Por su parte, el artículo 153.1 (modificado por la LO 1/2015) castiga con pena de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad a quien «por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad […] o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia».

Adicionalmente, el artículo 208 del Código Penal define la injuria como «la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación», siendo punibles como delito las injurias graves hechas con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

Diferencia entre maltrato psicológico habitual y ocasional

Es fundamental entender la distinción legal entre el maltrato psicológico habitual y el ocasional:

  • Maltrato habitual (Art. 173.2 CP): Requiere un patrón sistemático de conducta. Según la jurisprudencia, la habitualidad no se determina por un número concreto de agresiones, sino por la creación de un estado permanente de violencia.
  • Maltrato ocasional (Art. 153.1 CP): Se refiere a actos aislados que, aunque no constituyan un patrón, siguen siendo punibles cuando ocurren en el contexto de una relación de pareja.

¿Sorprendido por el alcance de la protección legal? Y aún hay más…

Pasos para denunciar si tu pareja te insulta constantemente

Si has decidido que es momento de actuar legalmente contra los insultos constantes de tu pareja, estos son los pasos que debes seguir:

  1. Recopila pruebas: Mensajes de texto, correos electrónicos, grabaciones (siempre que sean legales), testimonios de testigos. Todo puede ser crucial para demostrar la habitualidad.
  2. Busca ayuda psicológica: Un informe profesional puede documentar el daño emocional sufrido.
  3. Acude a las autoridades: Puedes presentar la denuncia en:
    • Comisaría de Policía Nacional o puesto de la Guardia Civil
    • Juzgado de Guardia
    • Juzgado de Violencia sobre la Mujer (en caso de violencia de género)
  4. Solicita medidas de protección: Si temes por tu seguridad, puedes solicitar una orden de protección según el artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Según el artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cualquier persona que presencie la comisión de un delito público está obligada a denunciarlo, lo que refuerza la importancia de no permanecer en silencio ante estas situaciones.

¿Qué pruebas necesito para denunciar los insultos de mi pareja?

La cuestión probatoria es fundamental en estos casos. Aquí tienes una guía detallada sobre las pruebas más efectivas:

  • Mensajes y comunicaciones: Conserva capturas de pantalla de mensajes de texto, WhatsApp, correos electrónicos o publicaciones en redes sociales donde se evidencien los insultos.
  • Grabaciones: En España, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 678/2014), puedes grabar conversaciones en las que participes sin informar a la otra parte, siempre que sea para proteger tus derechos legítimos.
  • Testigos: Personas que hayan presenciado los insultos o el estado emocional posterior.
  • Informes médicos y psicológicos: Documentación profesional que acredite el impacto en tu salud mental.
  • Diario de incidentes: Registro detallado con fechas, horas y descripción de los episodios de maltrato verbal.

Recuerda que no necesitas tener todas estas pruebas para presentar una denuncia. La investigación policial y judicial puede ayudar a recabarlas.

Consecuencias legales para quien insulta constantemente a su pareja

¿Qué ocurre después de la denuncia? Las consecuencias para la persona denunciada pueden ser diversas:

  • Penas privativas de libertad: De 6 meses a 3 años de prisión en casos de maltrato habitual (Art. 173.2 CP).
  • Orden de alejamiento: Prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad: Como alternativa o complemento a otras penas.
  • Programas de reeducación: Participación obligatoria en programas específicos de tratamiento psicológico.
  • Privación del derecho a tenencia de armas: Durante 3 a 5 años.
  • Posibles efectos en la custodia de hijos: Inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad en casos graves.

Según estadísticas del Consejo General del Poder Judicial, aproximadamente el 70% de las denuncias por violencia psicológica en el ámbito de la pareja resultan en algún tipo de medida de protección para la víctima.

¿Puedo retirar la denuncia si me arrepiento?

Esta es una duda frecuente. Técnicamente, no puedes «retirar» una denuncia una vez presentada, ya que los delitos de maltrato se persiguen de oficio. Esto significa que, aunque decidas no continuar con el proceso, el Ministerio Fiscal puede seguir adelante con la acusación si considera que hay indicios suficientes de delito.

Sin embargo, en la práctica, tu colaboración es fundamental para el éxito del proceso. Si decides no declarar acogiéndote a la dispensa del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (que exime de la obligación de declarar contra tu cónyuge o pareja), el caso podría debilitarse considerablemente.

Es importante que sepas que muchas víctimas experimentan ambivalencia durante el proceso legal, lo cual es completamente normal. Por eso, el acompañamiento psicológico y legal es fundamental.

Apoyo legal y psicológico: No estás solo ante los insultos de tu pareja

Enfrentar una situación de maltrato psicológico no es fácil, pero existen numerosos recursos disponibles:

  • Servicios de asistencia jurídica gratuita: Si no dispones de recursos económicos, tienes derecho a asistencia letrada gratuita especializada.
  • Oficinas de Atención a las Víctimas: Ofrecen información, orientación y apoyo.
  • Teléfono 016: Servicio de información y asesoramiento jurídico gratuito y confidencial.
  • Centros de la Mujer: Proporcionan atención integral a mujeres víctimas de violencia de género.
  • Asociaciones especializadas: Ofrecen grupos de apoyo y acompañamiento durante el proceso.

En AbogadoPenal.Madrid entendemos la complejidad de estas situaciones. Nuestro equipo de abogados especializados en violencia psicológica ofrece asesoramiento personalizado para cada caso, garantizando la máxima confidencialidad y un enfoque sensible a las necesidades emocionales de las víctimas.

Proporcionamos representación legal completa, desde la presentación de la denuncia hasta la finalización del procedimiento, incluyendo la solicitud de medidas de protección urgentes cuando sean necesarias. Nuestros profesionales están actualizados en las últimas modificaciones legislativas y jurisprudenciales en materia de violencia psicológica.

Preguntas frecuentes sobre denuncias por insultos en la pareja

¿Es necesario tener lesiones físicas para denunciar los insultos de mi pareja?

No, en absoluto. El maltrato psicológico está tipificado como delito independiente en nuestro Código Penal, sin necesidad de que exista violencia física. Los insultos reiterados, humillaciones y menosprecios pueden constituir delito por sí mismos cuando crean un patrón de abuso. El artículo 173.2 CP distingue claramente entre violencia física y psíquica, otorgándoles la misma relevancia penal.

¿Cuánto tiempo tengo para denunciar los insultos continuados de mi pareja?

Los plazos de prescripción varían según la calificación del delito. Para el delito de maltrato habitual del artículo 173.2 CP, el plazo de prescripción es de 5 años desde el último episodio de maltrato. Para las injurias graves, el plazo es de 1 año. Sin embargo, en casos de maltrato continuado, el plazo comienza a contar desde el último episodio, lo que facilita la denuncia de situaciones prolongadas en el tiempo.

¿Qué ocurre si mis hijos presencian los insultos que me dirige mi pareja?

Cuando los menores presencian situaciones de maltrato verbal entre sus progenitores, la ley considera que también son víctimas directas. El artículo 173.2 CP prevé una agravación de la pena cuando los hechos se cometen en presencia de menores. Además, tras la reforma de la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia, se refuerza la consideración de los menores como víctimas directas de la violencia ejercida en su entorno familiar, lo que puede tener importantes consecuencias en materia de custodia y régimen de visitas.

Conclusiones: Tus derechos frente a los insultos de tu pareja

Llamarte «inútil» o «fracasado» de forma sistemática no es normal ni aceptable en una relación de pareja. El ordenamiento jurídico español reconoce el maltrato psicológico como una forma grave de violencia que merece protección legal.

Si estás viviendo esta situación, es importante que sepas que:

  • Los insultos reiterados pueden constituir un delito de maltrato psicológico habitual.
  • Tienes derecho a denunciar y a solicitar medidas de protección.
  • Existen recursos legales y psicológicos para apoyarte durante todo el proceso.
  • No necesitas tener lesiones físicas para que tu denuncia sea válida.
  • La recopilación de pruebas es importante, pero no imprescindible para iniciar el proceso.

Dar el paso de denunciar no es fácil, pero puede ser el comienzo de una vida libre de violencia. Recuerda que no estás solo/a en este camino y que existen profesionales preparados para acompañarte en cada etapa del proceso.

En AbogadoPenal.Madrid estamos comprometidos con la defensa de las víctimas de maltrato psicológico. Nuestro equipo de abogados especializados está a tu disposición para ofrecerte el asesoramiento legal que necesitas, con un enfoque humano y comprensivo de tu situación particular.

El primer paso para romper el ciclo de la violencia verbal es reconocerla. El segundo, buscar ayuda. Y recuerda: mereces respeto y una relación libre de cualquier forma de abuso.