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Cuando te enfrentas a un proceso penal y sientes que la otra parte está faltando a la verdad, es natural preguntarse qué herramientas legales tienes a tu disposición. Una de las dudas más frecuentes que recibo en mi despacho es precisamente sobre la posibilidad de solicitar un careo cuando consideras que la persona que te ha denunciado está mintiendo. Esta situación genera una enorme angustia y sensación de indefensión que merece ser abordada con claridad y rigor jurídico.

A lo largo de mi trayectoria como abogado penalista, he representado a numerosas personas que se han visto en esta difícil situación. Te aseguro que entiendo perfectamente esa sensación de impotencia cuando sabes que alguien está faltando a la verdad y temes que el sistema judicial pueda no detectarlo. ¿Pero realmente puedes pedir un careo? ¿Es efectivo? ¿Cuándo conviene solicitarlo? Vamos a analizar a fondo esta cuestión para que puedas tomar decisiones informadas sobre tu defensa.

El careo en el proceso penal: concepto y regulación legal

El careo es una diligencia procesal mediante la cual se confronta a dos personas que han prestado declaraciones contradictorias sobre los mismos hechos, con el objetivo de aclarar las discrepancias existentes. No se trata de un simple «cara a cara» como muchas veces se piensa, sino de un acto procesal reglado que está específicamente regulado en nuestra legislación.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) regula esta figura en sus artículos 451 a 455, estableciendo tanto su finalidad como los requisitos para su práctica. Veamos qué dice exactamente la ley:

Artículo 451 LECrim: «Cuando los testigos o los procesados entre sí o aquéllos con éstos discordaren acerca de algún hecho o de alguna circunstancia que interese en el sumario, podrá el Juez celebrar careo entre los que estuvieren discordes, sin que esta diligencia deba tener lugar, por regla general, más que entre dos personas a la vez.»

Como puedes ver, el careo no es un derecho absoluto del investigado, sino una facultad discrecional del juez que puede acordarlo cuando existan contradicciones relevantes. Esto es fundamental entenderlo: no basta con que tú quieras confrontar a quien consideras que miente, sino que debe existir una base objetiva que justifique esta diligencia.

Requisitos legales para la práctica del careo

Para que un careo pueda ser acordado por el juez, deben cumplirse varios requisitos:

  • Existencia de declaraciones contradictorias sobre hechos o circunstancias relevantes para la causa
  • Que estas contradicciones no puedan aclararse por otros medios menos gravosos
  • Que el juez considere necesaria esta diligencia para el esclarecimiento de los hechos

Aquí viene lo que nadie te cuenta… El careo es considerado por la jurisprudencia como una diligencia de carácter excepcional y subsidiario. Esto significa que solo debe practicarse cuando no existan otros medios para esclarecer las contradicciones. El Tribunal Supremo ha reiterado en numerosas sentencias que el careo es «el último recurso» al que debe acudirse para resolver discrepancias testimoniales.

¿Cuándo puedo solicitar un careo con la persona denunciante?

Si estás siendo investigado en un procedimiento penal y consideras que la persona denunciante está faltando a la verdad, puedes solicitar un careo, pero debes tener en cuenta que no basta con tu simple petición. Es necesario que fundamentes adecuadamente tu solicitud.

Según mi experiencia en este tipo de casos, para que una solicitud de careo tenga posibilidades de ser admitida, es imprescindible:

  1. Identificar contradicciones concretas y relevantes en las declaraciones de la persona denunciante
  2. Explicar por qué estas contradicciones son importantes para tu defensa
  3. Argumentar por qué el careo es necesario y no puede sustituirse por otros medios probatorios

Es importante señalar que el momento procesal adecuado para solicitar un careo puede variar según la fase en que se encuentre el procedimiento:

  • Durante la fase de instrucción: puede solicitarse como diligencia de investigación
  • En el escrito de defensa: como medio de prueba para el acto del juicio oral
  • Durante el juicio oral: excepcionalmente, si surgen contradicciones en ese momento

Limitaciones legales al careo con la víctima o denunciante

Existe una importante limitación que debes conocer. El artículo 455 de la LECrim establece:

Artículo 455 LECrim: «No se practicarán careos sino cuando no fuere conocido otro modo de comprobar la existencia del delito o la culpabilidad de alguno de los procesados. No se practicarán careos con testigos que sean menores de edad salvo que el Juez lo considere imprescindible y no lesivo para el interés de dichos testigos, previo informe pericial.»

Además, la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, ha reforzado la protección de las víctimas, especialmente en casos de delitos violentos o contra la libertad sexual, limitando la posibilidad de confrontación directa con el investigado. En estos casos, el juez puede denegar la práctica del careo o establecer medidas para evitar la confrontación visual directa.

¿Quieres saber por qué esto es tan importante? Porque muchas veces los clientes llegan al despacho convencidos de que tienen derecho a «enfrentarse» a quien les acusa, y la realidad jurídica es mucho más compleja y llena de matices.

Efectividad real del careo como estrategia de defensa

Una cosa es que puedas solicitar un careo y otra muy distinta es que esta diligencia resulte efectiva para tu defensa. Como penalista con experiencia, considero que el careo es una herramienta que debe utilizarse con extrema cautela y solo en casos muy específicos.

La efectividad del careo como estrategia defensiva depende de múltiples factores:

Ventajas potenciales del careo

  • Puede evidenciar contradicciones flagrantes que de otro modo pasarían desapercibidas
  • En ocasiones, la presión del careo puede llevar a que la persona que falta a la verdad se retracte
  • Permite que el juez observe directamente el comportamiento de los intervinientes

Riesgos y desventajas del careo

  • Puede reforzar la credibilidad de la denunciante si mantiene su versión con firmeza
  • Existe el riesgo de que el investigado muestre nerviosismo o agresividad, perjudicando su imagen
  • En casos de denuncias falsas por motivos personales, el careo puede aumentar la tensión emocional
  • Los jueces suelen ser reacios a concederlos por su escasa utilidad práctica en muchos casos

Veamos por qué este detalle marca la diferencia… La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que el careo tiene un valor probatorio limitado. En la STS 1531/2000, de 5 de octubre, el Alto Tribunal señaló que «el careo no es una prueba autónoma, sino complementaria de las declaraciones contradictorias de los testigos o procesados».

Alternativas más efectivas cuando sospechas que la denunciante miente

Si consideras que la persona que te ha denunciado está faltando a la verdad, existen estrategias defensivas más efectivas que el careo:

  1. Análisis exhaustivo de contradicciones: Identificar y documentar todas las contradicciones en las diferentes declaraciones de la denunciante
  2. Prueba documental: Aportar documentos, mensajes, correos electrónicos o cualquier otro elemento que contradiga la versión de la denunciante
  3. Testigos: Proponer testigos que puedan desmentir hechos concretos alegados por la denunciante
  4. Pruebas periciales: En determinados casos, informes médicos, psicológicos o de otra índole pueden contradecir la versión acusatoria
  5. Interrogatorio técnico: Un interrogatorio bien preparado por tu abogado durante el juicio puede ser mucho más efectivo que un careo

Lo que suelo recomendar a mis clientes en estos casos es centrarse en construir una estrategia defensiva integral que no dependa exclusivamente de confrontar a la denunciante. La experiencia demuestra que una defensa técnica bien estructurada, que combine diferentes medios probatorios, es mucho más efectiva que apostar todo a un careo que puede no ser concedido o no dar los resultados esperados.

El procedimiento para solicitar formalmente un careo

Si después de valorar los pros y contras decides solicitar un careo, debes conocer el procedimiento formal para hacerlo:

Durante la fase de instrucción

En esta fase, debes presentar un escrito solicitando diligencia de investigación dirigido al Juzgado de Instrucción que lleva tu caso. Este escrito debe contener:

  • Identificación clara de las personas entre las que se solicita el careo
  • Exposición detallada de las contradicciones existentes
  • Justificación de la relevancia de estas contradicciones para la causa
  • Argumentación sobre por qué el careo es necesario y no puede sustituirse por otros medios

El juez resolverá mediante auto, estimando o desestimando la solicitud. En caso de denegación, puedes recurrir en reforma y, subsidiariamente, en apelación.

En la fase de preparación del juicio oral

Si ya se ha concluido la instrucción, puedes solicitar el careo en tu escrito de defensa, como uno de los medios de prueba para el acto del juicio oral. En este caso, deberás:

  • Incluir el careo entre los medios de prueba que propones
  • Justificar su pertinencia y utilidad
  • Identificar las contradicciones concretas que pretenden aclararse

El tribunal decidirá sobre la admisión de esta prueba en el auto de admisión de pruebas.

Casos especiales: denuncias por violencia de género y delitos sexuales

En determinados tipos de procedimientos, especialmente en casos de violencia de género o delitos contra la libertad sexual, existen limitaciones adicionales para la práctica del careo.

La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y la posterior legislación de protección a las víctimas, han establecido mecanismos para evitar la confrontación directa entre víctima y agresor. Esto se traduce en que, en estos casos, los jueces son especialmente reacios a acordar careos.

Aquí viene lo que nadie te cuenta… En mi experiencia profesional, he observado que en estos procedimientos es extremadamente difícil que se acuerde un careo, incluso cuando existen contradicciones evidentes. Los tribunales tienden a proteger a la presunta víctima de una posible victimización secundaria, y consideran que el careo puede constituir una experiencia traumática.

En estos casos, es fundamental desarrollar estrategias alternativas, como:

  • Solicitar que la declaración de la denunciante en juicio sea exhaustiva y detallada
  • Preparar un interrogatorio técnico que, sin necesidad de confrontación directa, permita evidenciar contradicciones
  • Reforzar la prueba documental y testifical que contradiga la versión acusatoria
  • En casos apropiados, solicitar pruebas periciales psicológicas

Jurisprudencia relevante sobre el careo y su valor probatorio

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido perfilando los contornos del careo como diligencia procesal. Algunas sentencias relevantes que debes conocer son:

  • STS 670/2015, de 30 de octubre: Establece que «el careo es una diligencia de carácter excepcional y subsidiario, que solo debe practicarse cuando no exista otro medio de comprobar la existencia del delito o la culpabilidad de los procesados»
  • STS 132/2007, de 16 de febrero: Señala que la denegación del careo no vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva ni el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes cuando existen otros elementos probatorios suficientes
  • STS 96/2009, de 10 de marzo: Indica que «el careo no constituye una prueba autónoma, sino un medio de contrastar y valorar otras pruebas ya practicadas»

Esta jurisprudencia consolida la idea de que el careo tiene un carácter excepcional y un valor probatorio limitado, lo que refuerza la necesidad de no basar toda la estrategia defensiva en esta diligencia.

Mi experiencia profesional con los careos: casos reales

A lo largo de mi carrera como abogado penalista, he solicitado careos en diversas ocasiones, con resultados variables. Permíteme compartir algunas experiencias que pueden ilustrar la realidad práctica de esta diligencia:

Caso 1: En un procedimiento por estafa, conseguimos que se acordara un careo entre mi cliente y el denunciante, quien había incurrido en contradicciones flagrantes sobre las condiciones de un contrato. Durante el careo, el denunciante terminó reconociendo que había «interpretado» erróneamente algunas cláusulas, lo que debilitó significativamente la acusación.

Caso 2: En un procedimiento por lesiones, solicité un careo entre la denunciante y un testigo presencial que contradecía frontalmente su versión. El juez denegó el careo, pero admitió un exhaustivo interrogatorio cruzado durante el juicio, que resultó igualmente efectivo para evidenciar las contradicciones.

Caso 3: En un caso de denuncia por amenazas, el careo entre mi cliente y la denunciante resultó contraproducente, ya que la tensión emocional del momento hizo que mi cliente mostrara una actitud que el juez interpretó como agresiva, reforzando paradójicamente la credibilidad de la denuncia.

Estos ejemplos reales muestran que el careo puede ser útil en determinadas circunstancias, pero también puede resultar ineficaz o incluso contraproducente. Mi valoración personal como abogado en este ámbito es que el careo debe ser considerado como una herramienta más dentro del arsenal defensivo, pero nunca como la pieza central de la estrategia.

Preguntas frecuentes sobre el careo en procesos penales

¿Tengo derecho a un careo si la denunciante miente?

No existe un «derecho al careo» como tal. Puedes solicitarlo, pero es una facultad discrecional del juez acordarlo o no. Para que sea admitido, debes demostrar que existen contradicciones relevantes y que no hay otra forma de esclarecerlas. El juez valorará si es necesario y pertinente en función de las circunstancias concretas del caso.

¿Qué ocurre si el juez deniega mi solicitud de careo?

Si el juez deniega tu solicitud de careo, puedes recurrir esta decisión. Durante la instrucción, mediante recurso de reforma y subsidiario de apelación. Si la denegación se produce en el auto de admisión de pruebas para el juicio, mediante protesta formal que permita luego alegar esta cuestión en un posible recurso contra la sentencia. No obstante, los tribunales superiores raramente revocan estas decisiones, salvo que la denegación carezca absolutamente de motivación o sea arbitraria.

¿El careo puede perjudicar mi situación procesal?

Sí, el careo puede resultar contraproducente en determinadas circunstancias. Si durante el careo muestras nerviosismo, agresividad o contradicciones en tu propio relato, esto puede perjudicar tu credibilidad ante el juez. Además, si la denunciante mantiene su versión con firmeza y coherencia durante el careo, esto puede reforzar su credibilidad. Por eso es fundamental valorar cuidadosamente, junto con tu abogado, si solicitar un careo es realmente beneficioso para tu defensa.

Conclusión: valoración estratégica del careo como herramienta defensiva

Después de analizar en profundidad la figura del careo, podemos concluir que, si bien es una herramienta disponible cuando consideras que la persona denunciante está faltando a la verdad, su efectividad y conveniencia deben ser valoradas cuidadosamente en cada caso concreto.

El careo no es un derecho absoluto ni una panacea para los casos de denuncias falsas. Es una diligencia excepcional y subsidiaria que los jueces conceden con cautela y cuyo valor probatorio es limitado.

Si te encuentras en la situación de considerar que estás siendo acusado falsamente, mi recomendación es que:

  1. Consultes con un abogado especializado en derecho penal
  2. Analices junto a él todas las pruebas disponibles y las contradicciones existentes
  3. Desarrolles una estrategia defensiva integral que no dependa exclusivamente del careo
  4. Valores los pros y contras de solicitar un careo en tu caso específico

Recuerda que cada caso es único y requiere un análisis personalizado. En AbogadoPenal.Madrid ofrecemos asesoramiento especializado para personas que se enfrentan a acusaciones que consideran falsas o injustas. Nuestro equipo, bajo mi dirección, analiza minuciosamente cada caso para desarrollar la estrategia defensiva más adecuada, que puede incluir o no la solicitud de un careo, dependiendo de las circunstancias específicas.

Acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso penal, desde la fase de investigación hasta el juicio oral y posibles recursos, garantizando una defensa técnica y rigurosa que maximice las posibilidades de un resultado favorable.