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Cuando me siento frente a una madre o un padre desesperado porque su ex pareja no paga la pensión de alimentos, veo en sus ojos la misma pregunta: ¿qué hacer si no pagan la pensión de alimentos? Entiendo perfectamente esa sensación de impotencia y frustración. Como abogado especializado en estos casos, puedo asegurarte que existen soluciones efectivas. En este artículo, te mostraré paso a paso todas las vías legales disponibles para reclamar lo que por derecho corresponde a tus hijos.

Entendiendo el impago de la pensión de alimentos: más que un problema económico

El impago de la pensión alimenticia no es solo un problema económico, sino que representa un incumplimiento grave de las responsabilidades parentales. Cuando una persona deja de pagar la pensión establecida por un juez, está vulnerando un derecho fundamental de los menores: su manutención.

En mi experiencia como abogado especializado en casos de impago de pensiones alimenticias, he observado que muchas personas desconocen que este incumplimiento puede tener consecuencias tanto en el ámbito civil como en el penal. Y es que, ¿sabías que el impago reiterado puede constituir un delito de abandono de familia?

Antes de explicar las diferentes vías de reclamación, es importante tener claros algunos conceptos:

  • La pensión de alimentos comprende todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación del menor.
  • El impago puede ser total (no se abona nada) o parcial (se paga menos de lo establecido).
  • La obligación de pago persiste independientemente de la situación personal o laboral del progenitor, salvo casos excepcionales debidamente justificados.

Primeros pasos cuando no te pagan la pensión de alimentos

Cuando te enfrentas a un impago de la pensión alimenticia, es fundamental actuar con rapidez pero también con estrategia. Estos son los primeros pasos que recomiendo a mis clientes:

1. Documentar meticulosamente todos los impagos

Antes de iniciar cualquier acción legal, necesitas pruebas sólidas:

  • Guarda un registro detallado de todos los pagos recibidos y los impagos.
  • Conserva extractos bancarios que demuestren la ausencia de transferencias.
  • Archiva cualquier comunicación (mensajes, correos, etc.) donde el otro progenitor mencione o reconozca el impago.
  • Si los pagos se realizaban en efectivo, documenta la ausencia de estos mediante testigos o cualquier otro medio disponible.

¿Quieres saber por qué esto es tan importante? Porque la carga de la prueba recae principalmente en quien reclama. Cuanta más documentación tengas, más sólido será tu caso.

2. Intentar una solución amistosa (opcional pero recomendable)

Aunque no siempre es posible, intentar una solución extrajudicial puede ahorrarte tiempo y dinero:

  • Envía un burofax formal reclamando las cantidades adeudadas.
  • Propón un plan de pagos para regularizar la situación si el otro progenitor alega dificultades económicas temporales.
  • Considera la mediación familiar como vía para alcanzar acuerdos.

En mi experiencia como abogado de familia, he comprobado que este paso, aunque no siempre fructífero, puede servir como prueba de tu buena fe ante el juez en caso de tener que acudir a instancias judiciales posteriormente.

Vías legales para reclamar cuando no pagan la pensión de alimentos

Si los intentos amistosos no dan resultado, es momento de recurrir a las vías legales. Existen principalmente dos caminos: la vía civil y la vía penal.

La vía civil: ejecución de sentencia

La ejecución de sentencia es generalmente el primer recurso legal que recomiendo cuando no se paga la pensión alimenticia. Este procedimiento busca hacer cumplir lo establecido en la sentencia o convenio regulador:

  1. Presentación de demanda ejecutiva: Se solicita al juzgado que ejecute forzosamente la sentencia que estableció la pensión.
  2. Reclamación de cantidades: Se pueden reclamar tanto las pensiones impagadas como los intereses legales generados.
  3. Medidas ejecutivas: El juez puede ordenar:
    • Embargo de cuentas bancarias
    • Embargo de nómina o pensión
    • Embargo de bienes muebles o inmuebles
    • Retención de devoluciones fiscales

Un aspecto importante a tener en cuenta es que las pensiones de alimentos tienen carácter preferente en los embargos, según establece el artículo 607.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que significa que tienen prioridad sobre otras deudas.

Veamos por qué este detalle marca la diferencia… Si el deudor tiene otras obligaciones económicas, el embargo por pensiones alimenticias se ejecutará antes que otros embargos, lo que aumenta las posibilidades de cobro efectivo.

¿Qué hacer si no pagan la pensión de alimentos de forma reiterada? La vía penal

Cuando el impago es reiterado y deliberado, podemos recurrir a la vía penal. El Código Penal español tipifica el impago de pensiones como un delito de abandono de familia en su artículo 227:

«El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.»

Para que se considere delito, deben cumplirse estos requisitos:

  • Existencia de una resolución judicial que establezca la obligación de pago.
  • Impago durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos.
  • Voluntariedad en el impago (capacidad económica para pagar pero negativa a hacerlo).

Aquí viene lo que nadie te cuenta… La vía penal no solo busca el cobro de lo adeudado, sino que tiene un componente punitivo para el deudor. Esto suele funcionar como un poderoso incentivo para regularizar los pagos.

Procedimiento para denunciar penalmente el impago

Si decides optar por la vía penal, estos son los pasos a seguir:

  1. Presentación de denuncia o querella: Puedes presentarla en el juzgado de guardia, comisaría o ante la Fiscalía.
  2. Aportación de pruebas: Deberás adjuntar la sentencia o convenio que establece la pensión, así como las pruebas de los impagos.
  3. Declaración: Es probable que debas prestar declaración detallando la situación.
  4. Juicio: Si el caso prospera, se celebrará un juicio donde podrás reclamar no solo la responsabilidad penal sino también la responsabilidad civil (las cantidades adeudadas).

Como abogado especializado en delitos por impago de la pensión de alimentos, considero fundamental analizar bien cada caso antes de optar por la vía penal, ya que esta debe reservarse para situaciones de verdadera gravedad y voluntariedad en el incumplimiento.

El Fondo de Garantía del Pago de Alimentos: cuando todas las vías fallan

Existe una opción adicional cuando las vías anteriores no dan resultado: el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos. Este es un fondo público gestionado por el Estado que adelanta las pensiones impagadas en determinadas circunstancias.

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Requisitos para acceder al Fondo

  • Ser beneficiario de una pensión alimenticia reconocida judicialmente e impagada.
  • Que la unidad familiar tenga ingresos económicos que no superen cierto límite (actualmente, 1,5 veces el IPREM).
  • Haber agotado las vías de ejecución sin conseguir el cobro.
  • El beneficiario debe ser español o residir legalmente en España.

Características del anticipo

Es importante entender que este fondo:

  • Proporciona anticipos mensuales con un máximo de 100€ por hijo.
  • Tiene una duración máxima de 18 meses.
  • No es una ayuda a fondo perdido, sino que el Estado se subroga en el derecho a reclamar al deudor las cantidades anticipadas.

La solicitud se presenta ante la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda.

Estrategias efectivas para aumentar las posibilidades de cobro cuando no pagan la pensión de alimentos

Basándome en mi experiencia con numerosos casos de impago de pensiones alimenticias, puedo compartir algunas estrategias que han demostrado ser efectivas:

1. Actuar con rapidez ante los primeros impagos

No esperes a que se acumulen varios meses de impago. Cuanto antes actúes, más fácil será recuperar las cantidades adeudadas y evitar que la situación se cronifique.

2. Investigar la situación patrimonial del deudor

Conocer los bienes y fuentes de ingresos del deudor es fundamental para dirigir eficazmente las medidas ejecutivas:

  • Solicita una investigación patrimonial a través del juzgado.
  • Averigua si existen bienes a nombre de terceros que en realidad pertenezcan al deudor.
  • Investiga posibles ingresos no declarados o economía sumergida.

3. Combinar estratégicamente las vías civil y penal

En algunos casos, iniciar simultáneamente procedimientos civiles y penales puede ser la estrategia más efectiva:

  • La vía civil para recuperar lo adeudado.
  • La vía penal como medida de presión ante la posibilidad de una condena.

4. Solicitar medidas cautelares

En casos de riesgo de insolvencia deliberada, puedes solicitar medidas cautelares como:

  • Anotaciones preventivas de embargo.
  • Prohibiciones de disponer de determinados bienes.
  • Retenciones preventivas de cuentas o ingresos.

¿Has sido víctima de impago de pensión de alimentos? Qué pasos puedes dar con respaldo legal

Si te encuentras en esta situación, estos son los pasos concretos que recomiendo seguir:

  1. Consulta con un abogado especializado que evalúe tu caso particular.
  2. Recopila toda la documentación relevante: sentencia, convenio, pruebas de impagos, comunicaciones, etc.
  3. Decide la vía más adecuada según tu situación específica (civil, penal o ambas).
  4. Prepárate emocionalmente para un proceso que puede ser largo, pero que vale la pena por el bienestar de tus hijos.
  5. Mantén informados a tus hijos de forma adecuada a su edad, sin transmitirles ansiedad ni utilizarlos como arma contra el otro progenitor.

Recuerda que el objetivo principal es garantizar el bienestar de los menores, no castigar al otro progenitor.

Casos reales: ejemplos de éxito en reclamaciones por impago de pensión alimenticia

A lo largo de mi carrera he tratado numerosos casos de impago de pensiones. Estos ejemplos ilustran diferentes situaciones y soluciones:

Caso 1: Elena y la ocultación de ingresos

Elena llevaba dos años sin recibir la pensión de sus dos hijos. Su ex marido, Carlos, alegaba desempleo, pero sospechábamos que trabajaba en la economía sumergida. Tras una investigación patrimonial, descubrimos que había adquirido un vehículo de alta gama y realizaba viajes frecuentes. Presentamos una demanda ejecutiva y simultáneamente una denuncia penal. Ante la evidencia y la presión del procedimiento penal, Carlos regularizó los pagos atrasados y estableció un sistema de domiciliación bancaria para los futuros.

Caso 2: Miguel y la modificación de medidas

Miguel realmente había perdido su empleo y no podía hacer frente a la pensión establecida. En lugar de dejar de pagar, acudió a nuestro despacho y le recomendamos solicitar una modificación de medidas por cambio sustancial de circunstancias. Mientras se tramitaba, acordamos con la madre de sus hijos un pago reducido temporal. El juzgado finalmente adaptó la pensión a su nueva situación económica, evitando así un procedimiento penal y manteniendo una relación cordial con su ex pareja.

Caso 3: Laura y el Fondo de Garantía

Laura era madre soltera de una niña de 5 años. El padre, tras mudarse al extranjero, dejó de pagar la pensión y resultaba muy difícil ejecutar medidas contra él. Tras agotar las vías de ejecución sin éxito, solicitamos el acceso al Fondo de Garantía del Pago de Alimentos. Laura pudo recibir anticipos durante 18 meses, lo que le dio estabilidad mientras buscábamos otras soluciones a largo plazo.

¿Qué hacer si no pagan la pensión de alimentos y el deudor alega imposibilidad económica?

Una situación frecuente es que el deudor alegue que no puede pagar por dificultades económicas. En estos casos:

  1. Evalúa si la imposibilidad es real: Solicita pruebas de su situación económica (declaración de la renta, nóminas, certificado de prestaciones, etc.).
  2. Considera una modificación temporal: Si la imposibilidad es real pero temporal, puede ser mejor acordar una reducción provisional que quedarse sin recibir nada.
  3. Propón pagos parciales: Mejor recibir una parte que nada, especialmente si hay voluntad de cumplimiento.
  4. Recuerda que la obligación persiste: Incluso en caso de dificultades económicas, la obligación no desaparece, solo podría modificarse su cuantía mediante el procedimiento adecuado.

Es importante diferenciar entre quien realmente no puede pagar y quien utiliza excusas para eludir su responsabilidad. Para el primero, existen soluciones como la modificación de medidas; para el segundo, la vía judicial es inevitable.

Situación Vía recomendada Tiempo estimado Probabilidad de éxito
Impago reciente (1-3 meses) Reclamación extrajudicial + preparación de ejecución 1-3 meses Alta si hay bienes/ingresos embargables
Impago prolongado sin justificación Ejecución civil + vía penal 6-18 meses Media-alta
Deudor en situación de insolvencia real Ejecución civil + Fondo de Garantía 3-6 meses para el Fondo Alta para el Fondo, baja para recuperar todo lo adeudado
Deudor con ocultación de bienes Investigación patrimonial + ejecución civil + vía penal 12-24 meses Variable según el caso

Cómo AbogadoPenal.Madrid puede ayudarte si no te pagan la pensión de alimentos

En AbogadoPenal.Madrid, bajo mi dirección, ofrecemos un servicio integral para casos de impago de pensiones alimenticias. Nuestra experiencia nos permite abordar cada caso de forma personalizada:

  • Evaluación inicial gratuita para determinar la mejor estrategia en tu caso particular.
  • Representación en procedimientos civiles de ejecución de sentencia para reclamar las cantidades adeudadas.
  • Asesoramiento y representación en la vía penal cuando el impago es deliberado y reiterado.
  • Negociación con la parte contraria para buscar soluciones que eviten procesos judiciales largos y costosos.
  • Tramitación de solicitudes al Fondo de Garantía cuando otras vías no dan resultado.
  • Seguimiento continuo del caso hasta su resolución definitiva.

Nuestro enfoque combina el rigor jurídico con la empatía hacia la situación personal y emocional de nuestros clientes. Entendemos que detrás de cada caso hay familias y, sobre todo, menores cuyo bienestar es la prioridad absoluta.

Preguntas frecuentes sobre qué hacer si no pagan la pensión de alimentos

¿Puedo negarme a que el otro progenitor vea a los niños si no paga la pensión de alimentos?

No. El régimen de visitas y la obligación de pago de la pensión son derechos y obligaciones independientes. Impedir las visitas por impago de la pensión podría acarrearte problemas legales e incluso una modificación del régimen de custodia. La vía correcta es reclamar el pago por los cauces legales explicados en este artículo.

¿Qué hacer si no pagan la pensión de alimentos porque el deudor se ha trasladado al extranjero?

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Si el deudor reside en un país de la Unión Europea, puedes solicitar la ejecución de la sentencia española a través del Reglamento Europeo 4/2009. Para países fuera de la UE, dependerá de los convenios bilaterales existentes. En estos casos, es recomendable solicitar el acceso al Fondo de Garantía mientras se tramitan las reclamaciones internacionales, que suelen ser más complejas y lentas.

¿Prescriben las pensiones alimenticias impagadas? ¿Hasta cuándo puedo reclamarlas?

Las pensiones alimenticias impagadas prescriben a los cinco años según el artículo 1966 del Código Civil. Esto significa que tienes cinco años desde que cada mensualidad debió ser pagada para reclamarla judicialmente. Por ello, es importante no dejar pasar demasiado tiempo antes de iniciar acciones legales.

Conclusión: actuar con determinación frente al impago de la pensión alimenticia

Enfrentarse a un impago de pensión de alimentos es una situación difícil que requiere determinación y conocimiento de las vías legales disponibles. Como hemos visto, existen múltiples opciones, desde la reclamación amistosa hasta la vía penal, pasando por la ejecución civil y el recurso al Fondo de Garantía.

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Lo más importante es no quedarse de brazos cruzados ante esta situación. El impago de la pensión alimenticia no solo afecta a tu economía, sino principalmente al bienestar de tus hijos, que tienen derecho a recibir el apoyo económico de ambos progenitores.

En AbogadoPenal.Madrid estamos comprometidos con la defensa de los derechos de los menores y de los progenitores que cumplen con sus responsabilidades. Si te encuentras ante la pregunta de qué hacer si no pagan la pensión de alimentos, no dudes en contactarnos para recibir asesoramiento personalizado y poner en marcha las acciones legales más adecuadas para tu caso particular.

Recuerda que cada paso que des en la reclamación no solo busca recuperar lo que legítimamente corresponde a tus hijos, sino también establecer un precedente de responsabilidad y cumplimiento que beneficiará su desarrollo futuro.