Seleccionar página

¿Qué relevancia tiene el historial médico o psicológico de la víctima en casos de acoso sexual? Esta es una pregunta que me plantean con frecuencia tanto víctimas como acusados que llegan a mi despacho. Entiendo perfectamente la inquietud que genera este tema, pues toca fibras sensibles relacionadas con la intimidad, la credibilidad y la justicia.

Como abogado especializado en delitos contra la libertad sexual, he visto cómo este asunto puede convertirse en un campo de batalla legal donde se mezclan derechos fundamentales, prejuicios y estrategias procesales. Te prometo que en este artículo analizaremos a fondo esta cuestión desde todas las perspectivas posibles, ofreciéndote una visión completa sobre cuándo y cómo el historial médico o psicológico de una víctima puede ser relevante en un proceso judicial por acoso sexual, y qué límites existen para proteger la dignidad de las personas afectadas.

El dilema entre el derecho a la intimidad y el derecho de defensa

Uno de los aspectos más controvertidos en los casos de acoso sexual es el equilibrio entre dos derechos fundamentales que parecen entrar en conflicto: el derecho a la intimidad de la víctima y el derecho a la defensa del acusado. Este dilema se manifiesta con especial intensidad cuando se debate sobre la pertinencia de incorporar al proceso el historial médico o psicológico de quien ha sufrido el presunto acoso.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 2, establece que «todas las autoridades y funcionarios que intervengan en el procedimiento penal cuidarán, dentro de los límites de su respectiva competencia, de consignar y apreciar las circunstancias así adversas como favorables al presunto reo». Esto implica que, en principio, cualquier prueba que pueda ser relevante para determinar la verdad de los hechos debería ser admitida.

Sin embargo, la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y el Estatuto de la Víctima del Delito (Ley 4/2015) han reforzado significativamente la protección de la intimidad de las víctimas, especialmente en delitos de naturaleza sexual. Estas normas establecen límites claros a la investigación sobre aspectos de la vida privada de la víctima que no tengan relación directa con los hechos investigados.

En mi experiencia como abogado penalista, he observado que los tribunales cada vez son más restrictivos a la hora de admitir pruebas relacionadas con el historial médico o psicológico de la víctima, salvo que exista una conexión directa y relevante con los hechos denunciados.

¿Cuándo puede ser relevante el historial médico o psicológico en casos de acoso sexual?

Aunque la tendencia actual es proteger la intimidad de la víctima, existen situaciones específicas en las que el historial médico o psicológico puede tener relevancia legítima en un proceso por acoso sexual:

  • Cuando existe una patología que afecta directamente a la percepción o interpretación de los hechos. Por ejemplo, si la persona tiene documentados episodios de psicosis con ideas delirantes que pudieran afectar a su capacidad para percibir la realidad de forma objetiva.
  • Cuando hay antecedentes de denuncias falsas documentadas como parte de un patrón de conducta vinculado a un trastorno psicológico específico.
  • Cuando el historial médico puede explicar lesiones o síntomas que se atribuyen al acoso pero que podrían tener otro origen.
  • Cuando es necesario evaluar el impacto real del acoso en la salud mental de la víctima para determinar la gravedad del daño causado.

Es importante destacar que, en cualquier caso, el acceso a esta información debe ser proporcionado, justificado y limitado a lo estrictamente necesario para el esclarecimiento de los hechos.

El principio de mínima intervención en la intimidad de la víctima

El Tribunal Supremo ha establecido en numerosas sentencias, como la STS 1029/2021, que debe aplicarse un principio de mínima intervención en lo que respecta a la intimidad de las víctimas de delitos sexuales. Esto significa que solo se debe acceder a aquella información médica o psicológica que sea verdaderamente relevante para el caso, y siempre mediante procedimientos que garanticen la confidencialidad.

Veamos por qué este detalle marca la diferencia: cuando una víctima denuncia un acoso sexual, ya está sometiéndose a un proceso doloroso y potencialmente revictimizante. Si además se ve obligada a exponer aspectos íntimos de su salud mental o física que no tienen relación directa con los hechos, el daño puede multiplicarse y disuadir a otras víctimas de denunciar.

La victimización secundaria: cuando el proceso judicial se convierte en un nuevo trauma

Uno de los aspectos que más me preocupa como abogado especializado en delitos sexuales es la victimización secundaria. Este fenómeno se produce cuando la persona que ha sufrido acoso sexual experimenta un nuevo daño psicológico derivado del propio proceso judicial.

La indagación excesiva o injustificada en el historial médico o psicológico de la víctima puede constituir una forma grave de victimización secundaria. Imagina tener que exponer ante desconocidos tus tratamientos por depresión, tus visitas al psicólogo tras un divorcio traumático o tus problemas de ansiedad, cuando estos aspectos no tienen relación con el acoso que has sufrido.

El Estatuto de la Víctima del Delito, en su artículo 19, establece el derecho a la protección de la intimidad de las víctimas, señalando que «los Jueces, Tribunales, Fiscales y las demás autoridades y funcionarios encargados de la investigación penal, así como todos aquellos que de cualquier modo intervengan o participen en el proceso, adoptarán, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley, las medidas necesarias para proteger la intimidad de todas las víctimas y de sus familiares».

Desde mi experiencia en casos de acoso sexual, suelo recomendar a las víctimas que se asesoren adecuadamente antes de autorizar el acceso a su historial médico, y que soliciten medidas de protección específicas cuando sea inevitable aportar cierta documentación médica al procedimiento.

El uso de los antecedentes psicológicos como estrategia de desacreditación

Aquí viene lo que nadie te cuenta: en muchos casos, la solicitud de acceso al historial psicológico de la víctima no busca realmente esclarecer los hechos, sino que forma parte de una estrategia de desacreditación. Se trata de lo que en el ámbito jurídico conocemos como «fishing expedition» o expedición de pesca: buscar cualquier elemento que pueda sembrar dudas sobre la credibilidad del testimonio de la víctima.

Esta práctica se basa en prejuicios profundamente arraigados que asocian los problemas de salud mental con la falta de credibilidad. Por ejemplo, si se descubre que la víctima ha recibido tratamiento por ansiedad o depresión, se intenta sugerir que su percepción de los hechos podría estar distorsionada, cuando la realidad es que muchos de estos trastornos no afectan en absoluto a la capacidad de la persona para percibir y relatar hechos de forma fidedigna.

Los tribunales cada vez son más conscientes de estas estrategias y tienden a rechazar las solicitudes de prueba que no justifican adecuadamente la relevancia del historial médico para el caso concreto.

¿Has sido víctima de acoso sexual? Qué pasos puedes dar con respaldo legal respecto a tu historial médico

Si has sufrido acoso sexual y estás preocupado/a por la posibilidad de que se acceda a tu historial médico o psicológico durante el proceso, es importante que conozcas tus derechos y las medidas que puedes tomar:

  1. Derecho a la asistencia jurídica especializada: Tienes derecho a contar con un abogado especializado en delitos sexuales que defienda tu intimidad y se oponga a las solicitudes de prueba que considere desproporcionadas o irrelevantes.
  2. Derecho a ser informado/a: Cualquier solicitud de acceso a tu historial médico debe ser notificada a ti o a tu representante legal, y tienes derecho a oponerte.
  3. Solicitud de medidas de protección específicas: Puedes solicitar que, en caso de que se admita alguna prueba relacionada con tu historial médico, esta se examine con las máximas garantías de confidencialidad, por ejemplo, mediante un perito designado por el juzgado que solo informe sobre aspectos concretos relevantes para el caso.
  4. Aportación voluntaria y selectiva: En algunos casos, puede ser estratégicamente conveniente aportar voluntariamente informes médicos específicos que documenten el impacto del acoso en tu salud, evitando así que se acceda a tu historial completo.

Como abogado penalista experto en delitos sexuales, considero fundamental que las víctimas comprendan que tienen derecho a proteger su intimidad sin que esto perjudique la investigación de los hechos denunciados.

El marco legal sobre la relevancia del historial médico en casos de acoso sexual

Para entender mejor la cuestión, es necesario conocer el marco normativo que regula el acceso al historial médico o psicológico de la víctima en casos de acoso sexual:

  • La Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente, establece en su artículo 7 que «toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la Ley».
  • El artículo 18 de la Constitución Española garantiza el derecho a la intimidad personal y familiar.
  • La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 588 bis a, establece que cualquier medida de investigación limitativa de derechos fundamentales debe cumplir con los principios de especialidad, idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad.
  • El Estatuto de la Víctima del Delito (Ley 4/2015) refuerza la protección de la intimidad de las víctimas, especialmente en delitos sexuales.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido estableciendo criterios cada vez más claros sobre esta cuestión. Por ejemplo, la STS 389/2020 establece que «no es admisible la investigación genérica del historial clínico de la víctima con la finalidad de buscar cualquier dato que pudiera afectar a su credibilidad, sino que debe existir una vinculación concreta y específica entre la información médica solicitada y los hechos objeto de enjuiciamiento».

El impacto de la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual

La reciente Ley Orgánica 10/2022, conocida como «ley del solo sí es sí», ha reforzado aún más la protección de las víctimas de delitos sexuales frente a prácticas revictimizantes. Esta norma establece en su artículo 54 que «en los procedimientos seguidos por delitos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ley orgánica, la autoridad judicial solo podrá admitir la práctica de pruebas relativas al comportamiento sexual y la intimidad de la víctima cuando resulten pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos».

Esta disposición supone un avance significativo, ya que establece expresamente que no se admitirán pruebas sobre el historial sexual, médico o psicológico de la víctima que no tengan una relación directa con los hechos investigados.

¿Te acusan de acoso sexual? Claves legales sobre el historial médico de la víctima que debes conocer

Si te encuentras en la situación de haber sido acusado de acoso sexual y consideras que el historial médico o psicológico de la denunciante podría ser relevante para tu defensa, es fundamental que comprendas los límites legales y éticos de esta estrategia:

  • Justificación de la relevancia: No basta con solicitar genéricamente el historial médico de la víctima. Tu abogado deberá justificar de forma concreta y específica por qué determinada información médica es relevante para el caso.
  • Proporcionalidad: La solicitud debe limitarse a aquellos aspectos del historial que puedan tener una relación directa con los hechos, no puede ser una «expedición de pesca» en busca de cualquier elemento que pueda desacreditar a la víctima.
  • Respeto a la dignidad: Incluso en el ejercicio legítimo del derecho de defensa, existe la obligación de respetar la dignidad de la persona denunciante.

En mi opinión como abogado penalista experto en delitos sexuales, lo más importante al inicio es evaluar si realmente existe una conexión relevante entre algún aspecto del historial médico de la denunciante y los hechos investigados. En muchos casos, esta estrategia no solo resulta infructuosa sino que puede volverse en contra del acusado, generando una impresión negativa en el tribunal.

La evaluación pericial psicológica: una alternativa más equilibrada

Una alternativa más equilibrada al acceso directo al historial médico o psicológico de la víctima es la evaluación pericial psicológica específica para el caso. Esta evaluación, realizada por profesionales designados por el juzgado, permite valorar aspectos relevantes para el proceso sin necesidad de exponer todo el historial médico de la persona.

La pericial psicológica puede abordar cuestiones como:

  • La credibilidad del testimonio de la víctima
  • El impacto psicológico del presunto acoso
  • La existencia de secuelas psicológicas compatibles con haber sufrido acoso sexual
  • La capacidad de la persona para percibir y recordar los hechos de forma fidedigna

Esta vía permite obtener información relevante para el proceso respetando al máximo la intimidad de la víctima, ya que el perito solo informará sobre aquellos aspectos específicamente solicitados por el juzgado.

El caso de María: un ejemplo de equilibrio entre derechos

Para ilustrar mejor cómo se aplican estos principios en la práctica, permíteme compartir un caso real (con nombres ficticios) que llevé en mi despacho:

María denunció a su superior jerárquico por acoso sexual continuado en el entorno laboral. Durante el proceso, la defensa del acusado solicitó acceso a su historial médico completo, alegando que María había estado de baja por ansiedad antes de los hechos denunciados y que esto podría afectar a su percepción de la realidad.

En lugar de permitir un acceso indiscriminado al historial médico, el juzgado acordó la realización de una pericial psicológica específica que evaluara la credibilidad del testimonio de María y determinara si sus problemas de ansiedad previos podían haber afectado a su capacidad para percibir correctamente los hechos denunciados.

El informe pericial concluyó que, aunque María efectivamente había sufrido problemas de ansiedad anteriores, estos no afectaban a su capacidad para percibir y relatar los hechos de forma fidedigna. Además, el perito encontró que María presentaba síntomas de estrés postraumático compatibles con haber sufrido acoso sexual.

Este enfoque permitió proteger la intimidad de María, limitando el acceso a su historial médico, a la vez que se garantizaba el derecho de defensa del acusado mediante una evaluación profesional de los aspectos relevantes para el caso.

El impacto de la perspectiva de género en la valoración del historial médico de las víctimas

La incorporación de la perspectiva de género en la administración de justicia ha supuesto un cambio significativo en la forma de abordar la relevancia del historial médico o psicológico de las víctimas en casos de acoso sexual.

Tradicionalmente, existía una tendencia a cuestionar la credibilidad de las mujeres que denunciaban delitos sexuales, especialmente si tenían antecedentes de problemas de salud mental. Esta tendencia estaba basada en estereotipos de género que asociaban la inestabilidad emocional con la falta de credibilidad.

La Ley Orgánica 5/2018, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introdujo la formación obligatoria en perspectiva de género para todos los operadores jurídicos. Esto ha contribuido a que los tribunales sean más conscientes de estos sesgos y más cuidadosos a la hora de valorar la pertinencia de acceder al historial médico de las víctimas.

¿Quieres saber por qué esto es tan importante? Porque muchas víctimas de acoso sexual desarrollan problemas de salud mental como consecuencia del propio acoso (ansiedad, depresión, estrés postraumático), y utilizar estos problemas para desacreditarlas supone, en la práctica, una forma de revictimización y un obstáculo para el acceso a la justicia.

¿Estás implicado en un procedimiento por acoso sexual? Esto es lo que debes saber sobre el historial médico

Tanto si eres víctima como si has sido acusado de acoso sexual, es fundamental que comprendas algunos aspectos clave sobre el tratamiento del historial médico o psicológico en estos procesos:

  • La carga de la prueba: Quien solicita el acceso al historial médico debe justificar su relevancia para el caso concreto.
  • El principio de intervención mínima: Solo se debe acceder a aquella información médica que sea estrictamente necesaria para el esclarecimiento de los hechos.
  • La confidencialidad: Incluso cuando se admite el acceso a cierta información médica, esta debe tratarse con la máxima confidencialidad, limitando su conocimiento a las partes directamente implicadas y a los profesionales que deban valorarla.
  • La posibilidad de recursos: Las decisiones judiciales sobre la admisión o inadmisión de pruebas relacionadas con el historial médico pueden ser recurridas.

Es importante destacar que la tendencia actual de los tribunales es cada vez más restrictiva respecto al acceso al historial médico de las víctimas, priorizando su derecho a la intimidad siempre que esto no suponga una merma significativa del derecho de defensa.

Recomendaciones prácticas para la protección de la intimidad

Si eres víctima de acoso sexual y te preocupa la posibilidad de que se acceda a tu historial médico, estas son algunas recomendaciones prácticas:

  • Consulta con un abogado especializado antes de autorizar cualquier acceso a tu historial médico.
  • Solicita que, en caso de que se admita alguna prueba relacionada con tu historial, esta se practique con las máximas garantías de confidencialidad.
  • Considera la posibilidad de aportar voluntariamente informes médicos específicos sobre el impacto del acoso en tu salud, evitando así que se acceda a tu historial completo.
  • Si consideras que alguna solicitud de prueba vulnera tu derecho a la intimidad, no dudes en recurrir la decisión judicial que la admita.

Si has sido acusado de acoso sexual y consideras que algún aspecto del historial médico de la denunciante podría ser relevante para tu defensa:

  • Asegúrate de que tu abogado justifique de forma concreta y específica la relevancia de esa información para el caso.
  • Considera alternativas menos invasivas, como solicitar una pericial psicológica específica en lugar del acceso al historial médico completo.
  • Ten en cuenta que una estrategia de defensa basada en desacreditar a la víctima a través de su historial médico puede volverse en tu contra si el tribunal la percibe como un intento de revictimización.

Cómo abordamos en AbogadoPenal.Madrid los casos relacionados con el historial médico en acoso sexual

En mi despacho, AbogadoPenal.Madrid, abordamos los casos de acoso sexual con un enfoque equilibrado que busca proteger tanto los derechos de las víctimas como las garantías procesales de los acusados.

Cuando representamos a víctimas de acoso sexual, nos aseguramos de proteger su intimidad frente a solicitudes desproporcionadas de acceso a su historial médico. Esto incluye:

  • Oponernos a las «expediciones de pesca» en el historial médico que no justifiquen adecuadamente su relevancia.
  • Solicitar medidas de protección específicas cuando sea inevitable aportar cierta documentación médica.
  • Proponer alternativas menos invasivas, como periciales psicológicas específicas.
  • Recurrir las decisiones judiciales que consideremos que vulneran el derecho a la intimidad de nuestro cliente.

Cuando defendemos a personas acusadas de acoso sexual, adoptamos un enfoque ético y respetuoso con la dignidad de la denunciante:

  • Evaluamos cuidadosamente si realmente existe una conexión relevante entre algún aspecto del historial médico de la denunciante y los hechos investigados.
  • Si consideramos necesario solicitar acceso a cierta información médica, justificamos de forma concreta y específica su relevancia para el caso.
  • Priorizamos alternativas menos invasivas, como solicitar periciales psicológicas específicas en lugar del acceso al historial médico completo.
  • Tratamos con el máximo respeto y confidencialidad cualquier información médica a la que tengamos acceso en el ejercicio de la defensa.

Nuestro compromiso es con la justicia y con el respeto a la dignidad de todas las personas implicadas en el proceso, independientemente del lado en el que nos encontremos.

Preguntas frecuentes sobre la relevancia del historial médico en casos de acoso sexual

¿Puede la defensa del acusado acceder a todo mi historial médico si denuncio un acoso sexual?

No. La defensa no tiene derecho a acceder a todo tu historial médico por el mero hecho de haber presentado una denuncia. Solo podrá acceder a aquella información médica que el juez considere directamente relevante para el caso, tras una solicitud debidamente justificada. La tendencia actual de los tribunales es proteger la intimidad de las víctimas, limitando el acceso a su historial médico a lo estrictamente necesario.

¿Qué relevancia tiene el historial médico o psicológico de la víctima si muestra trastornos previos no relacionados con los hechos?

En principio, los trastornos médicos o psicológicos previos que no afecten a la capacidad de la víctima para percibir y relatar los hechos no deberían tener relevancia en el proceso. Los tribunales cada vez son más conscientes de que sufrir un trastorno psicológico no resta credibilidad automáticamente al testimonio de una persona. Solo serían relevantes aquellos trastornos que afecten específicamente a la capacidad de percepción o que puedan explicar de forma alternativa los hechos denunciados.

¿Qué relevancia tiene el historial médico o psicológico de la víctima para determinar las secuelas del acoso sexual?

El historial médico o psicológico puede ser relevante para determinar las secuelas del acoso sexual, especialmente para distinguir entre problemas preexistentes y aquellos causados o agravados por el acoso. Esto puede ser importante para establecer la responsabilidad civil derivada del delito. Sin embargo, incluso en estos casos, el acceso al historial debe limitarse a lo estrictamente necesario para esta valoración, y puede optarse por alternativas como una pericial psicológica específica.

Conclusión: hacia un equilibrio entre la protección de la intimidad y el derecho de defensa

La relevancia del historial médico o psicológico de la víctima en casos de acoso sexual debe evaluarse siempre desde una perspectiva de equilibrio entre derechos fundamentales: el derecho a la intimidad de la víctima y el derecho de defensa del acusado.

La tendencia actual, tanto legislativa como jurisprudencial, es clara: proteger la intimidad de las víctimas frente a intromisiones injustificadas en su historial médico, limitando el acceso a aquella información que sea verdaderamente relevante para el esclarecimiento de los hechos.

Esta tendencia no solo responde a la necesidad de proteger a las víctimas de la revictimización, sino también a la constatación de que muchas solicitudes de acceso al historial médico no buscan realmente esclarecer los hechos, sino desacreditar a la víctima basándose en prejuicios sobre la salud mental.

Si te encuentras implicado en un caso de acoso sexual, ya sea como víctima o como acusado, es fundamental que cuentes con asesoramiento legal especializado que te ayude a navegar por estas complejas cuestiones, protegiendo tus derechos y garantizando un proceso justo.

En AbogadoPenal.Madrid estamos comprometidos con ofrecer este asesoramiento especializado, siempre desde el respeto a la dignidad de todas las personas implicadas y con el objetivo de contribuir a una justicia más humana y efectiva.