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Aún recuerdo el caso de María, quien llegó a mi despacho con lágrimas en los ojos y moretones en los brazos. «No pedí medidas de protección cuando puse la denuncia porque pensé que se calmaría», me confesó. ¿Qué pasa si no pido medidas de protección desde el inicio del proceso? Esta pregunta, aparentemente simple, esconde consecuencias que pueden marcar la diferencia entre la seguridad y el peligro continuado para muchas víctimas de violencia de género.

Entiendo perfectamente esa duda. Ya sea porque temes las repercusiones, porque aún hay sentimientos encontrados hacia tu agresor o porque simplemente desconoces tus derechos, decidir no solicitar protección inmediata es más común de lo que imaginas. También comprendo la perspectiva de quienes son acusados y se enfrentan a medidas que pueden cambiar drásticamente su vida cotidiana.

En este artículo, te explicaré con detalle las consecuencias de no solicitar medidas de protección desde el inicio, tanto si eres víctima como si has sido denunciado. Te prometo información clara, basada en mi experiencia como abogado penalista especializado en estos casos, para que puedas tomar decisiones informadas en un momento tan delicado.

Consecuencias de no solicitar medidas de protección inmediatas en casos de violencia de género

Cuando una persona sufre violencia en el ámbito familiar o de pareja y decide denunciar, uno de los primeros pasos que suele recomendarse es la solicitud de medidas de protección. Sin embargo, muchas víctimas deciden no hacerlo por diversos motivos: miedo a represalias, dependencia emocional o económica, preocupación por los hijos comunes, o simplemente desconocimiento del procedimiento.

En mi experiencia como abogado penalista especializado en violencia de género, he observado que esta decisión puede tener consecuencias significativas:

  • Mayor riesgo de reiteración de conductas violentas, especialmente en el periodo posterior a la denuncia
  • Dificultad para probar incidentes posteriores que podrían constituir quebrantamiento
  • Complicaciones para solicitar medidas más adelante, cuando la situación puede haberse agravado
  • Posible interpretación negativa por parte del juzgado sobre la gravedad de los hechos

El Artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece el marco legal para la orden de protección, señalando que ésta puede solicitarse desde el primer momento. No aprovechar esta posibilidad puede crear una situación de desprotección que, en casos graves, tiene consecuencias irreparables.

¿Quieres saber por qué este detalle marca la diferencia? Porque el periodo inmediatamente posterior a la denuncia suele ser el de mayor riesgo para la víctima, según indican todos los estudios criminológicos sobre violencia de género.

¿Puedo solicitar medidas de protección después de iniciado el procedimiento?

Una pregunta frecuente que recibo en mi despacho es si existe la posibilidad de solicitar medidas de protección una vez que el procedimiento ya está en marcha. La respuesta es afirmativa, pero con matices importantes que debes conocer.

Técnicamente, las medidas de protección pueden solicitarse en cualquier momento del procedimiento, incluso meses después de la denuncia inicial. El Artículo 544 bis de la LECrim no establece un plazo límite para esta solicitud. Sin embargo, aquí viene lo que nadie te cuenta…

Dificultades para obtener medidas tardías

Solicitar medidas de protección cuando el procedimiento ya está avanzado presenta varios obstáculos:

  • El juzgado puede cuestionar por qué no se solicitaron inicialmente si la situación era de riesgo
  • Se requerirá justificar nuevos hechos o circunstancias que evidencien un riesgo actual
  • El procedimiento para su adopción puede ser más lento y complejo que en la fase inicial
  • La defensa del denunciado tendrá más argumentos para oponerse a su adopción

Como defensor en procedimientos penales por violencia doméstica, considero fundamental explicar a mis clientes que el momento procesal en que se solicitan las medidas influye significativamente en la probabilidad de que sean concedidas y en su alcance.

¿Te acusan de violencia de género? Implicaciones de las medidas de protección en tu defensa

Si has sido denunciado por violencia de género, comprender qué ocurre cuando la otra parte no solicita medidas de protección también resulta crucial para tu estrategia de defensa.

Cuando la denunciante no solicita medidas de protección inicialmente, esto puede interpretarse de diversas maneras en el procedimiento:

  • Puede ser un elemento favorable para argumentar la menor gravedad de los hechos denunciados
  • Podría reforzar la presunción de inocencia en determinados contextos
  • Facilita mantener la normalidad en las relaciones familiares, especialmente cuando hay hijos comunes
  • Evita las consecuencias inmediatas que suelen acompañar a las medidas cautelares (abandono del domicilio, prohibición de comunicación, etc.)

Sin embargo, esto puede cambiar drásticamente si las medidas se solicitan posteriormente. En mi experiencia representando a personas acusadas, he observado que los juzgados suelen ser más cautelosos cuando las medidas se solicitan tras un periodo sin protección, lo que puede llevar a la adopción de medidas más restrictivas si se percibe un incremento del riesgo.

El valor probatorio de la ausencia inicial de medidas

Desde la perspectiva de la defensa, la ausencia de solicitud inicial de medidas puede utilizarse como argumento, pero con prudencia. No es determinante por sí sola, ya que los tribunales son conscientes de que muchas víctimas no las solicitan por miedo, dependencia o desconocimiento.

Esto puede cambiar el rumbo de tu caso… La estrategia de defensa debe considerar este factor dentro de un conjunto más amplio de elementos probatorios, sin centrarse exclusivamente en él.

Marco legal de las medidas de protección en violencia de género

Para entender completamente qué pasa si no pido medidas de protección desde el inicio del proceso, es fundamental conocer el marco legal que las regula. La legislación española contempla diversos mecanismos de protección:

Tipo de medida Base legal Características
Orden de protección Art. 544 ter LECrim Resolución judicial que integra medidas penales y civiles
Medidas cautelares Art. 544 bis LECrim Prohibiciones de aproximación y comunicación
Protección a testigos LO 19/1994 Medidas para proteger a testigos en procedimientos penales
Medidas civiles urgentes Art. 158 Código Civil Protección de menores en situaciones de riesgo

La Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género establece un sistema completo de protección que abarca medidas judiciales, asistenciales y sociales. No solicitar estas medidas desde el inicio significa renunciar temporalmente a este sistema integral de protección.

¿Has sido víctima de violencia y no solicitaste protección? Pasos a seguir ahora

Si eres víctima de violencia de género y no solicitaste medidas de protección cuando presentaste la denuncia, debes saber que aún estás a tiempo de hacerlo. Estos son los pasos que recomiendo seguir:

  1. Contacta con un abogado especializado inmediatamente para valorar tu situación
  2. Documenta cualquier nuevo incidente (mensajes, llamadas, testigos) que pueda justificar la necesidad actual de protección
  3. Presenta un escrito formal solicitando la orden de protección, detallando los hechos y el riesgo actual
  4. Prepárate para la comparecencia donde deberás explicar por qué no solicitaste las medidas inicialmente y por qué son necesarias ahora
  5. Considera solicitar una evaluación de riesgo actualizada por parte de las unidades especializadas

En mi opinión como abogado penalista especializado en violencia de género, lo más importante al solicitar medidas tardías es justificar adecuadamente el cambio de circunstancias o la persistencia del riesgo que no fue inicialmente valorado.

Evaluación del riesgo: clave para las medidas tardías

Cuando las medidas no se solicitan inicialmente, la evaluación del riesgo actual cobra especial relevancia. Los juzgados suelen solicitar informes a:

  • Unidades de Valoración Forense Integral
  • UFAM (Unidades de Familia y Mujer) de la Policía Nacional
  • EMUME (Equipos Mujer-Menor) de la Guardia Civil
  • Servicios sociales que hayan intervenido en el caso

Estos informes profesionales pueden compensar la ausencia de solicitud inicial y proporcionar al juzgado elementos objetivos para valorar la necesidad actual de protección.

Impacto de la ausencia de medidas en el desarrollo del procedimiento judicial

No solicitar medidas de protección desde el inicio tiene un impacto significativo en cómo se desarrolla el procedimiento judicial por violencia de género. Estos efectos se manifiestan en diferentes aspectos:

En la instrucción del caso

Durante la fase de instrucción, la ausencia de medidas puede influir en:

  • La prioridad que el juzgado asigna al caso (los casos con medidas suelen tramitarse con mayor urgencia)
  • La percepción inicial del juez instructor sobre la gravedad de los hechos
  • La recopilación de pruebas, especialmente si se producen nuevos incidentes que podrían haberse evitado
  • La declaración de testigos, que pueden verse influenciados por el contacto continuado entre las partes

Aquí viene lo que nadie te cuenta… Los juzgados de Violencia sobre la Mujer suelen establecer un sistema de prioridades basado en el riesgo percibido, y la ausencia de medidas puede situar el caso en un nivel de prioridad menor.

En la fase de juicio oral

Cuando el caso llega a juicio, la ausencia inicial de medidas puede tener estas consecuencias:

  • Puede ser utilizada por la defensa como argumento para cuestionar la gravedad o veracidad de los hechos
  • La valoración de la prueba puede verse afectada, especialmente si ha habido contacto entre las partes
  • La credibilidad del testimonio de la víctima podría ser cuestionada (aunque no debería ser así)
  • Puede influir en la determinación de la pena en caso de condena

Cuando una persona llega al despacho tras ser denunciada por su pareja por violencia de género, lo primero que explicamos es que la ausencia de medidas no garantiza la absolución, pero puede ser un elemento a considerar en la estrategia de defensa.

Medidas de protección y su relación con los hijos menores

Un aspecto particularmente delicado de no solicitar medidas de protección desde el inicio del proceso es el impacto que esto puede tener cuando hay hijos menores comunes. Esta decisión afecta a:

Régimen de custodia y visitas

La ausencia de medidas iniciales puede complicar la posterior regulación de la custodia:

  • Se mantiene la situación preexistente sin regulación judicial, lo que puede generar conflictos
  • Si posteriormente se solicitan medidas, puede ser más difícil justificar cambios drásticos en el régimen de contacto con los menores
  • Los menores pueden quedar expuestos a situaciones de tensión o incluso presenciar nuevos episodios violentos
  • Se pierde la oportunidad de establecer un Punto de Encuentro Familiar supervisado desde el inicio

El Artículo 158 del Código Civil permite adoptar medidas de protección de menores en cualquier momento, pero la experiencia demuestra que es más efectivo establecerlas desde el principio del procedimiento.

Valoración del interés superior del menor

Los juzgados deben priorizar siempre el interés superior del menor, pero la ausencia de medidas iniciales puede complicar esta valoración:

  • Se carece de informes iniciales sobre el impacto de la violencia en los menores
  • Puede producirse instrumentalización de los hijos durante el periodo sin regulación
  • Los equipos psicosociales tienen menos elementos para valorar la situación familiar completa
  • Puede generarse una normalización de la situación conflictiva que afecte al desarrollo emocional de los menores

Esto puede cambiar el rumbo de tu caso… Cuando hay menores involucrados, la decisión de no solicitar medidas debe evaluarse con especial cuidado, considerando siempre el impacto que la situación de violencia puede tener en ellos, incluso cuando no son víctimas directas.

¿Estás implicado en un procedimiento por violencia de género? Estrategias según tu situación

Dependiendo de si eres la persona denunciante o denunciada, las estrategias a seguir cuando no se han solicitado medidas de protección iniciales varían significativamente.

Para la persona denunciante

Si has denunciado pero no solicitaste medidas de protección, considera estas estrategias:

  • Mantén un registro detallado de cualquier contacto o incidente posterior a la denuncia
  • Comunica a tu abogado cualquier cambio en tu percepción del riesgo
  • Contacta con servicios de apoyo a víctimas para recibir asesoramiento continuo
  • Evalúa periódicamente si tu situación requiere solicitar medidas sobrevenidas
  • Prepara argumentos sólidos que justifiquen por qué no solicitaste medidas inicialmente

Desde mi experiencia en este tipo de casos familiares relacionados con violencia de género, suelo recomendar que, aunque no se hayan solicitado medidas iniciales, se mantenga informado al juzgado de cualquier circunstancia relevante que pueda indicar un incremento del riesgo.

Para la persona denunciada

Si has sido denunciado y no se han solicitado medidas contra ti:

  • Evita absolutamente cualquier contacto que pueda interpretarse como intimidatorio
  • Documenta todas las comunicaciones que mantengas con la denunciante, siempre respetuosas
  • Sigue estrictamente las indicaciones de tu abogado sobre cómo comportarte
  • No interpretes la ausencia de medidas como una señal de que el caso es menos serio
  • Prepárate para la posibilidad de que se soliciten medidas en cualquier momento del procedimiento

La ausencia de medidas no significa que el procedimiento sea menos grave o que vaya a resolverse favorablemente. Mantener una actitud respetuosa y prudente es fundamental para tu defensa.

Aspectos probatorios: cómo afecta la ausencia de medidas a la prueba

Un aspecto crucial de no solicitar medidas de protección desde el inicio del proceso es su impacto en la actividad probatoria. Este impacto se manifiesta de diferentes formas:

Continuidad del contacto y contaminación probatoria

Cuando no existen medidas que impidan el contacto entre las partes:

  • Puede producirse contaminación de testimonios por conversaciones posteriores a la denuncia
  • Existe riesgo de presiones sobre la víctima o testigos para modificar sus declaraciones
  • Se pueden generar nuevas pruebas ambiguas (mensajes conciliadores, encuentros voluntarios) que compliquen el caso
  • La cronología de los hechos puede volverse confusa al mezclarse incidentes previos y posteriores a la denuncia

¿Quieres saber por qué esto es tan importante? Porque la calidad y fiabilidad de la prueba es determinante en procedimientos por violencia de género, donde frecuentemente nos encontramos ante versiones contradictorias de los hechos.

Oportunidad para recabar nuevas pruebas

Por otro lado, la ausencia de medidas también puede proporcionar oportunidades probatorias:

  • Permite documentar nuevos incidentes que refuercen la denuncia inicial
  • Posibilita grabar comunicaciones amenazantes o coactivas (siempre respetando la legalidad)
  • Facilita la intervención de testigos que puedan presenciar comportamientos posteriores
  • Puede revelar patrones de conducta que no fueron evidentes en un incidente aislado

En mi opinión como abogado especializado, este aspecto probatorio es uno de los más complejos de gestionar cuando no se han solicitado medidas iniciales, y requiere un asesoramiento legal continuo para evitar que perjudique a la parte que representamos.

Cómo solicitar medidas de protección de forma sobrevenida

Si inicialmente decidiste no solicitar medidas de protección pero ahora consideras necesario hacerlo, el procedimiento a seguir es específico y requiere una justificación adecuada.

Procedimiento formal para solicitar medidas tardías

El proceso para solicitar medidas de protección una vez iniciado el procedimiento incluye estos pasos:

  1. Presentación de solicitud formal ante el Juzgado que conoce de la causa
  2. Justificación detallada de las razones para solicitar medidas ahora y no antes
  3. Aportación de nuevos elementos que evidencien el riesgo actual
  4. Celebración de comparecencia específica para la adopción de medidas
  5. Declaración de la víctima explicando la situación actual de riesgo

El Artículo 544 ter de la LECrim establece que la orden de protección puede solicitarse directamente ante la autoridad judicial, el Ministerio Fiscal, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, las oficinas de atención a la víctima o los servicios sociales.

Elementos que refuerzan la solicitud tardía

Para aumentar las probabilidades de que se concedan medidas solicitadas tardíamente, es recomendable:

  • Aportar informes médicos o psicológicos que documenten el impacto de la situación
  • Presentar denuncias por nuevos hechos ocurridos tras la denuncia inicial
  • Incluir testimonios de testigos sobre incidentes recientes
  • Solicitar informes de valoración de riesgo actualizados
  • Explicar cambios en las circunstancias que justifiquen la necesidad actual de protección

Veamos por qué este detalle marca la diferencia… Los juzgados son más receptivos a conceder medidas tardías cuando se evidencia un incremento del riesgo o nuevos incidentes, que cuando simplemente se alega que se debieron solicitar desde el principio.

Conclusiones: balanceando protección y derechos en el proceso

Tras analizar en profundidad qué pasa si no pido medidas de protección desde el inicio del proceso, podemos extraer algunas conclusiones importantes:

  • La decisión de no solicitar medidas iniciales tiene consecuencias significativas en todo el procedimiento
  • Aunque es posible solicitar medidas posteriormente, hacerlo presenta mayores dificultades y requiere justificación adicional
  • El impacto en los menores debe ser considerado prioritariamente al tomar esta decisión
  • La estrategia probatoria se ve sustancialmente afectada por la ausencia de medidas
  • Tanto para víctimas como para denunciados, es fundamental contar con asesoramiento legal especializado desde el primer momento

Como abogado que ha representado a ambas partes en estos procedimientos, puedo afirmar que cada caso tiene sus particularidades y que no existe una regla universal. Sin embargo, la protección inmediata suele ser la opción más segura cuando existe un riesgo real.

Si te encuentras en esta situación, ya sea como denunciante o como denunciado, no estás solo. En AbogadoPenal.Madrid ofrecemos un enfoque personalizado que considera todas las circunstancias de tu caso para desarrollar la estrategia más adecuada.

Asistencia legal especializada en casos de violencia de género

En AbogadoPenal.Madrid, bajo mi dirección como abogado especializado, ofrecemos asistencia integral tanto para personas denunciadas como para víctimas de violencia de género. Nuestro enfoque incluye:

  • Evaluación inicial exhaustiva del caso, analizando todos los elementos probatorios disponibles
  • Asesoramiento sobre la conveniencia de solicitar o no medidas de protección según las circunstancias
  • Acompañamiento en todas las comparecencias, desde la denuncia inicial hasta el juicio
  • Preparación de solicitudes de medidas en cualquier fase del procedimiento, con la justificación adecuada
  • Estrategias de defensa específicas para casos donde no se solicitaron medidas iniciales
  • Recursos contra resoluciones sobre medidas de protección cuando no sean ajustadas a derecho

Entendemos la complejidad emocional y legal de estos procedimientos y trabajamos para ofrecer no solo representación técnica, sino también el apoyo humano necesario en momentos tan difíciles.

Preguntas frecuentes sobre medidas de protección en violencia de género

¿Qué hago si me han denunciado por violencia de género pero no han solicitado medidas de protección contra mí?

Si has sido denunciado pero no se han solicitado medidas de protección, es fundamental que mantengas una actitud prudente. Evita cualquier contacto que pueda interpretarse como intimidatorio o que pueda generar nuevos incidentes. Busca asesoramiento legal inmediato para preparar tu defensa. No interpretes la ausencia de medidas como un indicio de que el caso es menos grave o de que se resolverá favorablemente. Sigue estrictamente las indicaciones de tu abogado y prepárate para la posibilidad de que se soliciten medidas en cualquier fase del procedimiento.

¿Puedo solicitar una orden de protección semanas después de haber presentado la denuncia por violencia de género?

Sí, puedes solicitar medidas de protección en cualquier momento del procedimiento, incluso semanas o meses después de la denuncia inicial. Sin embargo, deberás justificar por qué no las solicitaste inicialmente y, preferiblemente, aportar nuevos elementos que evidencien la situación de riesgo actual. El juzgado evaluará si existen razones objetivas para conceder las medidas en ese momento. Es recomendable contar con asesoramiento legal para preparar adecuadamente esta solicitud tardía y aumentar las probabilidades de que sea concedida.

¿Qué consecuencias tiene para el proceso judicial que no se hayan solicitado medidas de protección desde el inicio?

La ausencia de medidas de protección desde el inicio del proceso puede tener diversas consecuencias en el procedimiento judicial. Puede afectar a la prioridad con que se tramita el caso, a la percepción inicial sobre su gravedad, a la calidad de la prueba por el contacto continuado entre las partes, y a la posterior valoración judicial de los hechos. También puede complicar la situación cuando hay menores involucrados, al mantenerse una situación sin regulación judicial. Sin embargo, no predetermina el resultado final del procedimiento, que dependerá fundamentalmente de las pruebas aportadas sobre los hechos denunciados.