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Recuerdo perfectamente el día en que Laura entró a mi despacho, visiblemente angustiada. Su exmarido llevaba meses sin pagar la pensión alimenticia de sus dos hijos, pero ella tampoco estaba cumpliendo con el régimen de visitas acordado. Casos donde ambas partes incumplen el convenio de pensión alimenticia son más frecuentes de lo que imaginamos, y generan situaciones de gran complejidad legal y emocional para todos los implicados, especialmente para los menores.

Si estás leyendo esto, probablemente te encuentres en una situación similar: un convenio regulador que no se está respetando por ninguna de las partes y la incertidumbre sobre cómo proceder. Te entiendo perfectamente. En este artículo, te explicaré las implicaciones legales cuando ambos progenitores fallan en sus obligaciones, qué opciones tienes a tu disposición y cómo podemos ayudarte a encontrar una solución que proteja, ante todo, el interés superior de los menores.

El doble incumplimiento del convenio regulador: una realidad compleja

Cuando ambas partes incumplen sus obligaciones establecidas en un convenio de pensión alimenticia, nos encontramos ante una situación jurídicamente compleja que requiere un análisis detallado. Por un lado, el progenitor obligado al pago puede estar incumpliendo su deber de abonar la pensión alimenticia. Por otro, el progenitor custodio podría estar obstaculizando el régimen de visitas o incumpliendo otras obligaciones establecidas en el convenio.

En mi experiencia como abogado especializado en derecho de familia, he observado que estos casos de incumplimiento mutuo suelen estar marcados por un alto componente emocional y resentimiento entre las partes, lo que dificulta encontrar soluciones consensuadas. Sin embargo, es fundamental recordar que, independientemente de los conflictos entre adultos, el bienestar de los hijos debe ser siempre la prioridad.

El Código Civil establece claramente en su artículo 90 y siguientes las obligaciones derivadas del convenio regulador, mientras que el artículo 227 del Código Penal tipifica el delito de impago de pensiones. Pero, ¿qué ocurre cuando ambas partes fallan en sus obligaciones? ¿Puede una parte alegar el incumplimiento de la otra para justificar el suyo propio?

Marco legal: ¿Qué dice la ley cuando ambas partes incumplen el convenio de pensión alimenticia?

El principio fundamental que debemos tener claro es que las obligaciones establecidas en un convenio regulador son independientes entre sí. Esto significa que el incumplimiento de una de las partes no justifica legalmente el incumplimiento de la otra. Este principio ha sido reiterado en numerosas ocasiones por el Tribunal Supremo.

Desde el punto de vista legal, podemos distinguir dos tipos de incumplimientos:

  • Incumplimiento del pago de la pensión alimenticia: Regulado en el artículo 227 del Código Penal, puede constituir un delito de abandono de familia cuando se produce de forma reiterada durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos.
  • Incumplimiento del régimen de visitas: Puede dar lugar a responsabilidades civiles e incluso, en casos graves y reiterados, a un delito de desobediencia (art. 556 CP) o de sustracción de menores (art. 225 bis CP).

Es importante destacar que la jurisprudencia ha establecido que el impago de la pensión no puede justificarse por el incumplimiento del régimen de visitas, y viceversa. Cada obligación debe cumplirse independientemente de la conducta de la otra parte.

La doctrina de los actos propios y su aplicación en estos casos

En el ámbito civil, existe la doctrina de los actos propios, según la cual nadie puede ir contra sus propios actos. Sin embargo, esta doctrina tiene una aplicación limitada en los casos de incumplimiento mutuo del convenio de pensión alimenticia.

Los tribunales han sido claros al establecer que el derecho de los menores a recibir alimentos es irrenunciable y no puede verse afectado por las actuaciones de los progenitores. Por tanto, aunque exista un incumplimiento del régimen de visitas, esto no exime al progenitor no custodio de su obligación de pagar la pensión alimenticia.

¿Quieres saber por qué esto es tan importante? Porque los tribunales priorizan siempre el interés superior del menor por encima de cualquier conflicto entre los progenitores.

¿Estás implicado en un procedimiento por incumplimiento mutuo del convenio de pensión alimenticia? Esto es lo que debes saber

Si te encuentras en una situación donde ambas partes están incumpliendo el convenio regulador, es fundamental que conozcas las posibles consecuencias y las vías legales disponibles para resolver esta situación.

Consecuencias legales del incumplimiento para cada parte

Para el progenitor que incumple el pago de la pensión:

  • Vía civil: Ejecución forzosa del título judicial, con posibilidad de embargo de bienes y cuentas bancarias.
  • Vía penal: Posible condena por delito de abandono de familia (art. 227 CP), que puede acarrear penas de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.
  • Posible modificación de medidas, incluyendo un aumento de la pensión para compensar los impagos.

Para el progenitor que obstaculiza el régimen de visitas:

  • Vía civil: Posible modificación de medidas, incluyendo cambios en la custodia en casos graves.
  • Vía penal: En casos extremos, posible condena por desobediencia (art. 556 CP) o sustracción de menores (art. 225 bis CP).
  • Imposición de multas coercitivas.

Aquí viene lo que nadie te cuenta: en muchos casos, los tribunales están aplicando un enfoque más integral, analizando el comportamiento de ambas partes antes de tomar decisiones. Esto no significa que justifiquen un incumplimiento con otro, pero sí que consideran el contexto completo de la situación familiar.

Estrategias legales cuando ambas partes incumplen el convenio de pensión alimenticia

En mi opinión como abogado especializado en delitos por impago de la pensión de alimentos, lo más importante al inicio es intentar una solución negociada antes de acudir a los tribunales. Sin embargo, cuando esto no es posible, existen diferentes estrategias legales dependiendo de tu situación.

Si eres el progenitor que no recibe la pensión pero obstaculiza las visitas

En este caso, debes ser consciente de que tu comportamiento respecto al régimen de visitas puede ser utilizado en tu contra, aunque legalmente no justifique el impago. Te recomiendo:

  1. Regularizar inmediatamente la situación de las visitas, permitiendo el contacto del otro progenitor con los hijos según lo establecido en el convenio.
  2. Documentar todos los impagos de la pensión de forma detallada.
  3. Presentar una demanda de ejecución de sentencia por los impagos.
  4. Valorar la presentación de una denuncia penal por el delito de impago de pensiones, teniendo en cuenta que tu propio incumplimiento podría ser utilizado en la estrategia de defensa de la otra parte.

Recuerda que cumplir con tus obligaciones fortalece tu posición legal para exigir el cumplimiento de las obligaciones de la otra parte.

Si eres el progenitor que no paga la pensión pero se le niegan las visitas

Si te encuentras en esta situación, debes tener claro que el impago de la pensión no está justificado legalmente por la obstaculización de las visitas. Te recomiendo:

  1. Regularizar lo antes posible la situación de los pagos, incluso si es necesario negociar un plan de pagos para las cantidades atrasadas.
  2. Documentar todos los intentos fallidos de ejercer el régimen de visitas (mensajes, correos, testigos, etc.).
  3. Presentar una demanda de ejecución de sentencia por el incumplimiento del régimen de visitas.
  4. Si la situación económica ha cambiado sustancialmente, valorar la presentación de una demanda de modificación de medidas para ajustar la pensión a tu capacidad económica actual.

Veamos por qué este detalle marca la diferencia: regularizar tu situación de pago, aunque sea parcialmente, demuestra tu buena fe y fortalece significativamente tu posición para reclamar el cumplimiento del régimen de visitas.

Incumplimiento Vía civil Vía penal Estrategia recomendada
Impago de pensión Ejecución de sentencia
Embargo de bienes
Delito de abandono de familia
(Art. 227 CP)
Regularizar pagos
Solicitar modificación si procede
Obstaculización de visitas Ejecución de sentencia
Multas coercitivas
Posible desobediencia
(Art. 556 CP)
Documentar intentos
Cumplir estrictamente el régimen

Mediación familiar: una alternativa efectiva cuando ambas partes fallan

Cuando ambas partes incumplen el convenio de pensión alimenticia, la mediación familiar puede ser una herramienta extraordinariamente útil para encontrar soluciones consensuadas que beneficien a todos, especialmente a los menores.

La mediación ofrece numerosas ventajas en estos casos:

  • Reduce la confrontación y mejora la comunicación entre las partes.
  • Permite encontrar soluciones adaptadas a la situación real de cada familia.
  • Es más rápida y económica que los procedimientos judiciales.
  • Facilita acuerdos que tienen mayor probabilidad de ser cumplidos voluntariamente.
  • Protege mejor el bienestar emocional de los menores.

En mi experiencia, he visto cómo la mediación ha transformado situaciones aparentemente irresolubles en acuerdos viables que han permitido normalizar las relaciones familiares. El mediador, como tercero imparcial, ayuda a las partes a identificar sus intereses comunes (principalmente el bienestar de los hijos) y a buscar soluciones que satisfagan las necesidades de todos.

Casos prácticos de mediación en incumplimientos mutuos

El caso de Miguel y Carmen es un buen ejemplo. Miguel había dejado de pagar la pensión alimenticia de sus dos hijas porque Carmen sistemáticamente cancelaba las visitas a último momento. Tras varias sesiones de mediación, acordaron un nuevo calendario de visitas más flexible y un plan de pagos para las pensiones atrasadas. Lo más importante: establecieron un protocolo de comunicación que les permitió gestionar mejor los imprevistos.

Otro caso ilustrativo es el de Javier y Ana. Javier había perdido su empleo y no podía hacer frente a la pensión completa, mientras que Ana, resentida por los impagos, dificultaba las visitas. En mediación, acordaron una reducción temporal de la pensión con un compromiso de revisión cuando Javier encontrara trabajo, y establecieron un régimen de visitas supervisado por los abuelos para garantizar su cumplimiento.

Modificación del convenio regulador: adaptándolo a la nueva realidad

Cuando ambas partes incumplen sistemáticamente el convenio, puede ser un indicador de que las condiciones establecidas ya no se ajustan a la realidad familiar. En estos casos, la modificación de medidas puede ser la solución más adecuada.

El artículo 91 del Código Civil establece que las medidas acordadas en el convenio regulador pueden ser modificadas cuando se alteren sustancialmente las circunstancias. Algunos supuestos que pueden justificar esta modificación son:

  • Cambios significativos en la situación económica de cualquiera de los progenitores.
  • Alteraciones en las necesidades de los hijos (edad, educación, salud).
  • Cambios en la disponibilidad horaria de los progenitores que afecten al régimen de visitas.
  • Traslado de domicilio de alguna de las partes.
  • Nuevas circunstancias familiares (nuevas parejas, nacimiento de otros hijos).

La ventaja de la modificación de medidas es que permite adaptar el convenio a la situación actual de la familia, estableciendo obligaciones que ambas partes puedan cumplir realmente, lo que reduce la probabilidad de futuros incumplimientos.

Pasos para solicitar una modificación de medidas

  1. Intentar llegar a un acuerdo con la otra parte sobre las nuevas condiciones.
  2. Si hay acuerdo, presentar una demanda de modificación de medidas de mutuo acuerdo.
  3. Si no hay acuerdo, presentar una demanda de modificación de medidas contenciosa, aportando pruebas de las circunstancias que justifican el cambio.
  4. Participar en la vista judicial donde ambas partes expondrán sus argumentos.
  5. El juez dictará una sentencia estableciendo las nuevas medidas.

Es importante destacar que, mientras se tramita la modificación, las medidas anteriores siguen vigentes y deben cumplirse. El incumplimiento durante este período puede perjudicar seriamente la posición de la parte incumplidora en el procedimiento.

¿Te acusan de incumplir el convenio mientras la otra parte también lo incumple? Claves legales que debes conocer

Si te encuentras en la situación de ser acusado de incumplir tus obligaciones mientras la otra parte también está incumpliendo las suyas, es fundamental que conozcas cómo proteger tus derechos sin perjudicar a los menores.

Defensa frente a una denuncia por impago de pensión

Si has sido denunciado por impago de la pensión alimenticia mientras el otro progenitor obstaculiza las visitas, tu defensa debe centrarse en los siguientes aspectos:

  • Imposibilidad económica real: Si el impago se debe a una imposibilidad económica sobrevenida, deberás acreditarla con documentación (despido, reducción de ingresos, enfermedad, etc.).
  • Intentos de pago parcial: Demostrar que has intentado cumplir parcialmente con tu obligación en la medida de tus posibilidades.
  • Solicitud previa de modificación: Es muy favorable haber solicitado una modificación de la pensión antes de producirse los impagos.
  • Documentación del incumplimiento de visitas: Aunque no justifica legalmente el impago, puede contextualizar la situación.

Recuerda que el delito de impago de pensiones requiere dolo o intencionalidad, por lo que si puedes demostrar que el impago no fue voluntario sino consecuencia de una imposibilidad real, podrías evitar una condena penal.

Defensa frente a una acusación de obstaculizar las visitas

Si eres el progenitor custodio y se te acusa de obstaculizar las visitas mientras el otro progenitor no paga la pensión, tu defensa puede basarse en:

  • Justificación de las cancelaciones: Si las visitas se han cancelado por motivos justificados (enfermedad del menor, actividades escolares ineludibles, etc.).
  • Voluntad del menor: En algunos casos, especialmente con adolescentes, la negativa del menor a las visitas puede ser relevante, aunque no determinante.
  • Comportamientos inadecuados del otro progenitor durante las visitas que puedan poner en riesgo el bienestar del menor.
  • Intentos de reprogramación de las visitas canceladas.

Es importante destacar que, salvo casos excepcionales donde exista riesgo para el menor, el impago de la pensión no justifica la obstaculización de las visitas.

El interés superior del menor: la brújula en los casos de incumplimiento mutuo

Cuando ambas partes incumplen el convenio de pensión alimenticia, es fundamental recordar que el verdadero perjudicado es el menor. Los tribunales siempre orientarán sus decisiones basándose en el principio del interés superior del menor, recogido en el artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor.

Este principio implica que, independientemente de los conflictos entre los progenitores, las decisiones judiciales priorizarán:

  • La estabilidad emocional y material del menor.
  • El mantenimiento de relaciones con ambos progenitores.
  • La satisfacción de sus necesidades básicas, incluyendo las afectivas.
  • La continuidad de su entorno educativo y social.

Por ello, aunque legalmente cada incumplimiento se trata de forma independiente, en la práctica los tribunales están adoptando un enfoque más holístico, buscando soluciones que restablezcan el equilibrio familiar y protejan a los menores de los efectos negativos del conflicto entre sus progenitores.

El impacto psicológico en los menores

Los niños que viven situaciones donde ambos progenitores incumplen sus obligaciones suelen experimentar:

  • Sentimientos de abandono por parte del progenitor que no cumple con las visitas o no proporciona apoyo económico.
  • Conflictos de lealtad cuando se ven en medio de las disputas entre sus padres.
  • Inseguridad material cuando la pensión alimenticia no se paga regularmente.
  • Problemas de autoestima al sentirse responsables del conflicto.

Por eso, más allá de las estrategias legales, es fundamental que ambos progenitores sean conscientes del daño que sus incumplimientos pueden causar a los hijos y prioricen el bienestar de estos por encima de sus propios conflictos.

Cómo documentar adecuadamente los incumplimientos mutuos

Tanto si eres el progenitor que no recibe la pensión como si eres quien ve obstaculizado su derecho de visitas, documentar adecuadamente los incumplimientos es crucial para defender tu posición legal.

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Documentación del impago de pensiones

  • Extractos bancarios que muestren la ausencia de transferencias.
  • Requerimientos de pago enviados por burofax o medios fehacientes.
  • Comunicaciones (mensajes, correos) donde se mencione el impago.
  • Facturas de gastos extraordinarios no cubiertos.

Documentación de la obstaculización de visitas

  • Mensajes o correos donde se cancelen o modifiquen las visitas.
  • Actas de presencia notarial que acrediten que acudiste al punto de encuentro y el menor no estaba.
  • Testigos que puedan confirmar los intentos fallidos de ejercer las visitas.
  • Informes escolares o médicos que contradigan las justificaciones dadas para cancelar visitas.

Esta documentación será fundamental tanto para los procedimientos de ejecución de sentencia como para posibles denuncias penales o solicitudes de modificación de medidas.

Nuestra experiencia en AbogadoPenal.Madrid con casos de incumplimiento mutuo

En AbogadoPenal.Madrid, bajo mi dirección, hemos gestionado numerosos casos donde ambas partes incumplen el convenio de pensión alimenticia. Nuestra aproximación siempre se basa en un análisis integral de la situación, buscando soluciones que protejan los derechos de nuestro cliente sin perder de vista el interés superior de los menores.

Nuestro equipo ofrece un acompañamiento completo en todas las fases del procedimiento:

  • Asesoramiento inicial para evaluar la situación y definir la mejor estrategia.
  • Negociación con la otra parte para intentar alcanzar acuerdos extrajudiciales.
  • Representación en procedimientos de ejecución de sentencia.
  • Defensa penal en casos de denuncias por impago de pensiones.
  • Tramitación de modificaciones de medidas cuando las circunstancias lo requieren.

Nuestra experiencia nos ha demostrado que, en muchos casos, es posible encontrar soluciones que satisfagan a ambas partes y, sobre todo, que garanticen el bienestar de los menores. Para ello, combinamos un profundo conocimiento técnico del derecho de familia con una sensibilidad especial hacia las circunstancias personales de cada caso.

Preguntas frecuentes sobre incumplimiento mutuo del convenio de pensión alimenticia

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¿Puedo negarme a pagar la pensión si no me dejan ver a mis hijos?

No. Legalmente, la obligación de pagar la pensión alimenticia es independiente del régimen de visitas. El incumplimiento del régimen de visitas por parte del otro progenitor no justifica el impago de la pensión. Lo correcto es cumplir con tu obligación de pago y, paralelamente, solicitar la ejecución forzosa del régimen de visitas a través de tu abogado.

¿Qué puedo hacer si ambos estamos incumpliendo el convenio y queremos solucionarlo?

La mejor opción es acudir a un proceso de mediación familiar, donde un profesional neutral os ayudará a encontrar soluciones consensuadas. Si llegáis a un acuerdo, podéis presentar una modificación de medidas de mutuo acuerdo para adaptar el convenio a vuestra situación actual. Esto suele ser más rápido, económico y menos traumático que un procedimiento contencioso.

¿Puede el juez modificar la custodia si ambas partes incumplen el convenio de pensión alimenticia?

Sí, en casos graves de incumplimiento por ambas partes, el juez puede modificar las medidas relativas a la custodia si considera que es lo mejor para el interés del menor. Esto podría incluir un cambio en la custodia, la imposición de una custodia compartida o, en casos extremos, la intervención de los servicios sociales. El criterio fundamental siempre será el bienestar del menor, no el castigo a los progenitores incumplidores.

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Conclusión: Priorizando soluciones constructivas en situaciones de incumplimiento mutuo

Cuando ambas partes incumplen el convenio de pensión alimenticia, es fácil caer en un círculo vicioso de reproches y represalias que solo perjudica a los menores. Mi recomendación, basada en años de experiencia en estos casos, es siempre priorizar soluciones constructivas que permitan restablecer el equilibrio familiar.

Recuerda que, independientemente del comportamiento de la otra parte, cumplir con tus propias obligaciones siempre fortalecerá tu posición legal. Al mismo tiempo, es legítimo utilizar las herramientas legales disponibles para exigir el cumplimiento de las obligaciones de la otra parte.

En AbogadoPenal.Madrid entendemos la complejidad emocional y legal de estas situaciones y estamos preparados para ofrecerte el asesoramiento personalizado que necesitas. Ya sea que busques defender tus derechos frente a una acusación injusta o que necesites hacer valer los derechos de tus hijos frente a un progenitor incumplidor, nuestro equipo está aquí para acompañarte en todo el proceso.

No dudes en contactarnos para una primera consulta donde analizaremos tu caso particular y te ofreceremos las opciones más adecuadas para tu situación. Recuerda que una asesoría legal temprana puede marcar la diferencia en la resolución de estos complejos conflictos familiares.